﻿_id	ponencia	votado_en	fecha_de_resolucion	tipo	expediente	so	ambito	solicitud	sentido	sentido_acotado	tema_general	tema_particular_covid	informacion_publica_de_oficio	entrego_informacion	voto_diferenciado	controversia	instruccion	favor_persona	anio	desechamientos_y_o_sobreseimiento_por_suspension
1	EBPH	PONENCIA	2018-06-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1708/2019	Alcaldia Coyoacan	Alcaldías	"""SOLICITUD: “…
Proveer documentos que respondan las preguntas:
1.- Proporcionar copia del dictamen hecho por autoridades que certifiquen los daños ocasionados por el sismo del 19 de septiembre de 2017 en el Deportivo Francisco J. Mujica, ubicado en el cruce de Candelaria Pérez y Calzada la Virgen, a la altura de la Colonia Stunam.
2.- ¿Qué tipo de daños presenta dicho deportivo, el Deportivo Francisco J. Mujica, por el sismo del 19 de septiembre le 2017? 
3.- ¿El mencionado deportivo, el Francisco J. Mujica, está protegido por una póliza de seguro?, de ser así, proporcionar el monto de dinero por el que está asegurado, nombre de la empresa aseguradora y explicar toda la cobertura que tiene el seguro.
4.- Proporcionar copia del contrato de la póliza de seguro del mencionado deportivo realizado entre la empresa iseguradora y la Delegación Coyoacán o Alcaldía de Coyoacán.
5.- ¿Qué cobertura tiene la póliza de seguro del mencionado Deportivo, en que fecha, día, mes y año fue contratado, e cuánto es el deducible de la póliza, y qué funcionario de la Delegación o Alcaldía de Coyoacán firmó el contrato de 3 póliza?
6.- ¿Cuánto costó y pagó la Delegación Coyoacán o Alcaldía de Coyoacán por la mencionada póliza de seguro?
7.- ¿De cuánto es el monto de dinero de cobertura de la póliza de seguro, es decir, con cuánto dinero la empresa seguradora puede o debe cubrir los daños ocasionados por el sismo del 19 de septiembre del 2017?
8.- ¿Antes del 19 de septiembre de 2017, la estructura del mencionado deportivo fue reforzada contra sismos?, de ser así, ¿explicar en qué fecha fue realizado, qué tipo de trabajos se hicieron, cuánto costaron esos trabajos y qué empresa se encargó de hacerlos?
9.- Antes del 19 de septiembre de 2017, especificar en qué fechas fueron realizados trabajos de mantenimiento al mencionado deportivo,- detallar-en-qué consistieron, cuántos costaron los mencionados trabajos.
septiembre de 2017 y cuánto dinero se les dio en total por los trabajos referidos?
…” (Sic)
RESPUESTA: “…
La Unidad Departamental de Riesgos y Seguros hizo llegar el Dictamen Técnico de Riesgo del inmueble correspondiente al Deportivo Francisco J. Mujica, en el que indica el riesgo inminente siendo necesaria su evacuación por la inestabilidad de sus elementos estructurales. 
Para mayor detalle adjunto encontrará la atención brindada a su petición.
…”(Sic)
DGA/SPPA/462/2019 4 de abril de 2019 SUBDIRECTOR DE PLANES Y PROYECTOS DE ADMINISTRACIÓN
Al respecto le informo, que la Jefatura de Unidad Departamental de Riesgos y Seguros, de acuerdo al ámbito de su competenda ha realizado una búsqueda exhaustiva y razonable dentro de los archivos que la conforman en lo relativo a la solicitud de información requerida y de la misma, se anexa al presente oficio DGA/DRMSG/SSGIJUDRYS/218/19, mediante el cual se da respuesta a las preguntas 1 y 2 de la solicitud de información.
Referente a las preguntas 3, 4, 5, 6 y 7, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, su petición deberá canalizarse a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, ubicada en Dr. Lavista No. 144, Col. Doctores, Alcaldía de Cuauhtémoc, C.P. 06720, Tel. 5588-3388, las preguntas 8, 9 y 10 a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 3370, Col. Viejo Ejido de Santa Úrsula Coapa, C.P. 04980, tel.5658-5212 / 5658-5919,ya que podrían hacer algún pronunciamiento al respecto. 
…”(Sic)
Oficio No. DGA/DRMSG/SSG/JUDRYS/218/19
04 de abril de 2019
JEFA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE RIESGOS Y SEGUROS
Me refiero a la solicitud de acceso a la información pública número 0420000039619 y 0420000040619 de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante el cual solicitan diversa documentación relativa a póliza de seguro que cubrió el sismo del 2017.
Sobre el particular, se informa lo siguiente:
1. Copia de dictamen que certifique los daños ocasionados por el sismo del 19 de
septiembre de 2017 en el Deportivo Francisco J. Mujica.
Se adjunta copia simple del dictamen JEF/DPC/3114/2017 signado por el Director de Protección Civil de la otrora Delegación Coyoacán.
2. Daños que presenta dicho Deportivo
Según el dictamen mencionado, presenta daños estructurales con """"un nivel de RIESGO INMINENTE, siendo necesaria su evacuación por la inestabilidad en sus elementos estructurales y no estructurales, en columnas, trabes, muros y estructura”
3. ¿El Deportivo está protegido con póliza de seguro?, proporcionar monto, empresa aseguradora y explicar cobertura.
El inmueble sí está asegurado; sin embargo, no se puede proporcionar la información solicitada, toda vez que a la Alcaldía no le compete la licitación y/o adjudicación directa de contratación de las aseguradoras. El área competente es la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
4. Proporcionar copia del contrato de la póliza de seguro.
Como se mencionó en el punto anterior, la Alcaldía no realiza la contratación del seguro; derivado dé lo anterior, el área competente para solicitar didia póliza es la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
5. Cobertura de la póliza, fecha en que fue contratada, deducible y quién firmó.
Toda vez que la Alcaldía no realiza la contratación del seguro, el área competente para solicitar dicha información es la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
6, Cuánto erogó la otrora Delegación Coyoacán por la póliza.
Dado que la Alcaldía no realiza la contratación del seguro, el área competente para solicitar dicha información es la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
7. A cuánto asciende la cobertura de la aseguradora por los daños del sismo del 19 de
septiembre de 2017.
Como se ha mencionado anteriormente, la Alcaldía no realiza la contratación de la póliza de seguro; derivado de lo anterior, el área competente para solicitar dicha información es la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la ahora Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
8. Antes del sismo, la estructura del deportivo fue reforzada, especificar fechas, trabajos, costos empresa encargada.
Esta Jefatura no es competente para contestar lo solicitado toda vez que le corresponde a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
9. Antes del sismo, especificar en qué fechas se realizaron los trabajos de mantenimiento al Deportivo y detallar en qué consistieron y cuánto costaron.
Esta Jefatura no es competente para contestar lo solicitado toda vez que le corresponde a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
10. Cómo se llaman las empresas que realizaron los trabajos de mantenimiento antes del sismo mencionado y cuánto se les pagó.
Esta Jefatura no es competente para contestar lo solicitado toda vez que le corresponde a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano.
DGODU/SPP/0344/2019
24 de Abril de 2019
Enlace de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano ante la 
Subdirección de Transparencia
Al respecto anexo oficio número DOP/208/19, recibido el 24 de Abril del año en curso, emitido por el Director de Obras Públicas; … adscrito a esta Dirección General de  Obras y Desarrollo Urbano. 
DOP/ 208 /19
23 de abril de 2019
Director de Obras Públicas
Sobre el particular, le informó que después de haber realizado una revisión exhaustiva, minuciosa y razonable dentro de los archivos de las áreas de esta Dirección a mi cargo, se localizo lo siguiente:
Con respecto a sus cuestionamientos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
Respuesta: No se localizó antecedente alguno sobre el tema; a fin de garantizar el derecho de acceso a la información pública del solicitante, con base a lo establecido en el artículo 200 de la Ley Transparencia, Acceso a la Información Pública y rendición de Cuentas de la Ciudad de México, dicha petición deberá ser dirigida a la Dirección General de Administración y a la oficina de la Dirección de Protección Civil adscrita a la oficina de la Alcaldía Coyoacán para que dentro del ámbito de sus funciones y atribuciones emita la contestación que sea procedente.
8.- ¿Antes del 19 de septiembre de 2017, la estructura del mencionado deportivo fue reforzada contra sismos?, de ser así, ¿explicar en qué fecha fue realizado, qué tipo de trabajos se hicieron, cuánto costaron esos trabajos y qué empresa se encargó de hacerlos?
Respuesta: Por parte de la Dirección de Obras Públicas no se ha realizado Obra por Contrato para reforzar estructura contra sismos en el deportivo Francisco J. Mujica.
9.- Antes del 19 de septiembre de 2017, especificar en qué fechas fueron realizados trabajos de mantenimiento al mencionado deportivo, detallar en qué consistieron, cuántos costaron los
mencionados trabajos.
Respuesta: Se localizó el contrato DC-LP-PN-0-016-13, Trabajos de ampliación delegacional de Infraestructura Deportiva (Ampliación, Mantenimiento al deportivo """"Francisco J. Mujica') dentro del Perímetro Delegacional, con fecha de inicio 12-07-013 y fecha de termino el 03-12-13, con monto de $12,654,122.93, los trabajos consistieron en pintura a estructura, gradas, pintura epoxica a cancha de básquetbol, mantenimiento en baños dentro del gimnasio, y trabajos menores de mantenimiento; el contrato DC-AD-PF-0-050-13, Trabajos de Ampliación, Mantenimiento y Rehabilitación al Deportivo """"Francisco J. Mujica"""" 2da Etapa, ubicado en Calz. La Virgen, Canal Nacional y Candelaria Pérez, dentro del Perímetro Delegacional, con fecha de inicio 01-11-13 y fecha de termino el 31-12-13, con un monto de $6,176,470.59, los trabajos consistieron en construcción de una cancha de voleibol de playa, con baños y vestidores, construcción de trota pista, pintura en cancha de básquetbol entrºe otros trabajos.
10.- ¿Cómo se llaman las empresas que realizaron los trabajos de mantenimiento realizados antes del 19 de septiembre de 2017 y cuánto dinero se les dio en total por los trabajos referidos?"""".
Respuesta: Para los contratos DC-LP-PN-0-016-13 con monto final de $12,654,122.93 y AD-PF-O-050-13, con monto final de $6,176,470.59, los realizó la empresa Servicios Técnicos y Administrativos América S.A. de C.V.
Finalmente, cabe resaltar que la información proporcionada es otorgada sin omisión alguna con base a las fuentes consultadas en las áreas de la Dirección a mi cargo, lo anterior a fin de garantizar el acceso a la información pública del solicitante y en cumplimiento de los principios consagrados en el artículo 193 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
AGRAVIO: “… Advierto que la Alcaldía de Coyoacán presuntamente oculta información que debería ser pública y de fácil acceso.
Son un ente público, que debería facilitar este tipo de información.
…”(Sic)
RESOLUCION: Modifica
COMENTARIO: El pie de página no corresponde con el acordado (imagen del instituto); revisar que la resolución se ajuste al formato, letra, tamaño y espacios acordados. Falta mencionar a la comisiona EBPH antes de las firmas.
"""	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2018	
2	EBPH	PONENCIA	2018-06-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1608/2019	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"""SO: Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En El Distrito Federal.
¿Qué solicitó el particular?: “… 
Solicito atentamente la memoria de cálculo estructural del edificio 1-C del Multifamiliar Tlalpan. 
¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado? “…
Se informa al solicitante que recibida su solicitud se emitió el oficio ISCDFDG-
CJ-UT-2019-0181, dirigido a la Dirección de Revisión de Seguridad Estructural, quien emitió respuesta por la cual señaló que en los archivos de esa dirección no se encuentra la documentación solicitada. 
ISCDF-DG-DRSE-2019/29.
Me refiero a su solicitud realizada en vía ejecutiva, referente a la solicitud de información pública folio 0315600012319, ingresada a la Unidad de Transparencia de este Instituto, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; mediante el cual requiere lo siguiente:
""""Solicito la memoria de cálculo estructural del edificio 1-C del Multifamiliar Tlalpan""""
Al respecto le informo que en los archivos de esta Dirección a mi cargo no se encuentra la documentación solicitada. 
¿Qué hizo el particular? Al emitir la respuesta a mi solicitud, el sujeto obligado negó la entrega de la información exponiendo en su escrito que no tiene nada al respecto, situación imposible pues el sujeto obligado es el responsable de la seguridad de las construcciones y el edificio que señalo fue dañado por el sismo. 
¿Qué resuelve el Instituto? REVOCAR, se advierte respuesta que no cumple principios de transparencia, se determina que realice nueva búsqueda exhaustiva y remita a la Alcaldía de Coyoacán y al Instituto de Vivienda de la Ciudad de México para que emitan respuesta conforme a su competencia.
Opinión.- De acuerdo con el sentido de la resolución, recomiendo señalar procedimiento para declaración formal de inexistencia de información por parte del Comitè de Transparencia, en su caso, de manera fundad y motivada. Formato incorrecto del documento.
"""	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2018	
3	ARGG	PONENCIA	2018-06-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1491/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"""La persona recurrente solicitó el listado con el nombre de las empresas y el D. R. O. que realizarán las evaluaciones y elaborarán los dictámenes del estatus de las viviendas dañadas por los sismos del año 2017 en la alcaldía de Iztapalapa, especificando que colonia atenderá cada una y las fechas en que realizarán dichos trabajos. También solicitó el listado de las empresas designadas para realizar las reparaciones de las viviendas antes mencionados para cada colonia y las fechas programadas para que ejecuten las reparaciones.
En su respuesta el sujeto obligado respondió que la información requerida se encuentra disponible y libre para su consulta en la siguiente liga electrónica: https://www.reconstruccion.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Transparencia/Unifamiliar/base-de-datos-unifamillar-resumen-27-03-19.pdf documento en el cual se desglosa la lista de viviendas por alcaldía, así como por cuadrante, con las empresas constructoras y supervisoras asignadas, DRO y nombre del monitor. En cuanto a las fechas programas para que las empresas ejecuten las reparaciones, se comunica que esta Comisión no genera dicha información, siendo las propias empresas quienes realizan la programación.
En su recurso de revisión la persona recurrente señaló que había solicitado listados con información pública, no una dirección de Internet a la cual por cierto no se puede accesar. Respecto a las fechas en que las empresas laborarán, la comisión de reconstrucción como parte contratante y responsable de recursos públicos debe tener un calendario al menos provisional, para saber que cantidad de recursos utilizara en determinado periodo. Y reiteró su solicitud para que se le proporcionen los listados con la información solicitada.
Tras el análisis del expediente, el Instituto resolvió modificar la respuesta emitida por el sujeto obligado y se le ordena que emita una nueva en la que:
I. A efecto de dar cabal atención a la primer parte de la solicitud de información deberá proporcionar al particular el listado que contiene el número de viviendas dañadas en la alcaldía Iztapalapa, así como por cuadrante, con las empresas constructoras y supervisoras asignadas, DRO y nombre del monitor respecto de las viviendas que fueron dañadas por los sismos ocurridos en el año 2017, en la modalidad elegida por el particular puesto que, está ya se encuentra procesada.""
"	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Empresas de DRO	SÍ	SÍ	NA	NO CORRESPODE CON LO SOLICITADO	Dar Tramite		2018	
4	MASMR	PONENCIA	2018-06-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1459/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"""Sujeto Obligado.
Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una Ciudad más Resiliente
¿Qué solicitó el particular?
“Se le solicita imagen digitalizada del oficio que remitió esta Comisión de Reconstrucción al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México cuyo asunto versa sobre el Aviso o la Solicitud que hizo la Comisión al señalado Instituto para dejar de formar parte del Padrón de Sujetos Obligados en materia de Obligaciones de Transparencia y así pretender dejar de cumplir con sus obligaciones por razones y argumentos diversos. Se ignora la fecha del señalado oficio, pero en vista de las características del tema de relevancia y por su señalamiento en la Octava Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto referencia, es un documento que existe dentro de los archivos del la Comisión” (sic)
¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
“Al respecto hago de su conocimiento que las facultades de esta Comisión para la Reconstrucción se encuentran delimitadas dentro de los artículos 4, 54, 6, 7, 8, 9 y 10, ahora bien lo que hace a su solicitud hago de su conocimiento que el Plantel Educativo no ha recibido recurso alguno por esta Comisión para la Reconstrucción. 
¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad)
“AGRAVIOS
Agravio Uno.- l sujeto obligado incurrió en incumplimiento en cuanto al plazo para emitir respuesta. Al emitir una respuesta, lo hizo fuera del plazo, siendo que ello se encuentra bien definido en el artículo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Con ello, se cumple con lo previsto en la fracción VI del artículo 234 de la Ley de aplicación.
Agravio Dos.- Una vez que emitió la respuesta fuera de plazo, contestó sobre un asunto no solicitado, según puede verse en el contenido del mismo oficio CRCM/UT/262/2019, mismo que versa sobre recursos asignados a una escuela.”  (Sic)
¿Qué resuelve el Instituto?
Revoca
Comentarios: El Info tiene un criterio de que loa anexos forman parte del documento"	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Oficios	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2018	
5	MASMR	PONENCIA	2018-06-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1354/2019	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	"Sujeto Obligado: Congreso de la Ciudad de México (CCM) ¿Qué solicitó el particular? Vía INFOMEX (27 de febrero) <<la siguiente información en su versión pública. 1. Solicito copia los documentos a través de los cuáles la ALDF autorizó recursos contemplados en los Artículos 13 y 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos del año 2018” (sic) >> [recursos adicionales para el Destino de Gasto 70 ""Fortalecimiento de Acciones en las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones, Entidades y Órganos Autónomos y de Gobierno"", ""Fondo para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México"" (con destino preferente ""para las acciones de reconstrucción por los efectos causados por el sismo del 19 de septiembre de 2017""), ""fortalecer las acciones que el Gobierno de la Ciudad realiza en materia de reconstrucción"", y "" Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social .... para las acciones de reconstrucción por los efectos causados por el sismo del 19 de septiembre de 2017""] ¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado? Informó (20 de marzo, tras notificar prórroga el 13) que la <<Junta de Coordinación Política se encuentra impedida materialmente para entregar el documento de referencia en virtud de que este Órgano Colegiado no recibió archivo físico ni electrónico de la información generada o recibida durante la VII Legislatura de la Asamblea Legislativa, en el proceso de transición a este Congreso de la Ciudad de México>>; asimismo, que la <<Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, del Congreso de la Ciudad de México I Legislatura no posee los documentos requeridos en la solicitud de información, por encontrarse bajo la custodia del Archivo Histórico del Proceso Parlamentario.>>, así como que <<el documento a través del cual la entonces Asamblea Legislativa del distrito Federal autorizó recursos contemplados en los artículos 13 y 14 del Decreto de Presupuesto de egresos del año 2018, se puede consultar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México [...], las cuales se encuentran disponibles en [...]>> y se indicó hipervínculo al Presupuesto de Egresos y Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2018. ¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad) La persona solicitante aclara que <<una de las áreas menciona que hay un archivo que podría tener la información que solicité pero en las respuestas no se observa que hayan solicitado la información a esa área. Aparentemente, el Congreso de la Ciudad de México no hizo una búsqueda exhaustiva de la información>>. ¿Qué resuelve el Instituto? MODIFICAR la respuesta, por tener la convicción de que el SO no realizó una búsqueda exhaustiva y razonableen todas las UA competentes para dar respuesta. Se le ordena al SO: a) Realice una nueva búsqueda en todas las UA competentes, lo que incluye al Archivo Histórico Administrativo (adscrito a la Oficialía Mayor), y el Archivo Histórico del Proceso Parlamentario (dependiente de la Coordinación de Servicios Parlamentarios), a efecto de localizar y proporcionar, en la modalidad de medio electrónico, los documentos a través de los cuales la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal autorizó recursos contemplados en los artículos 13 y 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos del año 2018. b) En el supuesto de no localizar dicha información deberá expedir una resolución fundada y motivada en la que declare la inexistencia de las documentales solicitadas con las razones por las que no se cuenta con ella. c) Por tratarse de información relacionada con el ejercicio de facultades de las que de acuerdo con la normativa aplicable presupone su existencia y que existen elementos que lo reafirman, de no localizarse la información, el Comité de Transparencia deberá notificar al OIC, o equivalente, del SO para que inicie procedimiento de responsabilidad administrativa que corresponda. Aunque el SO se pronunció sobre los puntos requeridos por el particular, en lo esencial no entregó la información que en el ámbito de sus facultades, competencias o funciones estaba en posibilidades de proporcionar, lo que se presume contrario a la obligación de preservar los archivos generados en el ámbito de sus atribuciones. La Comisión de Gobierno (ahora Junta de Coordinación Política) y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública contaban con facultades para aprobar y autorizar los recursos adicionales establecidos en los artículos 13 y 14 del Decreto del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal del 2018. El SO turnó la solicitud a la Coordinación de Servicios Parlamentarios, no hay constancia de que dicha UA haya efectuado una búsqueda en el Archivo Histórico del Proceso Parlamentario (encargado tanto de compilar y custodiar el acervo documental legislativo que las distintas áreas del Órgano Legislativo produjeron, como de coordinar los procesos de entrega-recepción entre legislaturas). El SO no turnó la solicitud a la totalidad de las UA competentes; omitió consultar, por ejemplo, a la Oficialía Mayor (encargada del Archivo Histórico Administrativo). Esa UA debía haber integrado y hecho entrega a la nueva legislatura del SO (al inicio de sus funciones y con riguroso inventario) de todo lo relativo a las memorias, oficios, comunicaciones y otros documentos que hubiere recibido. El SO, por ser la Institución que sustituyó a la Asamblea Legislativa, tenía la obligación normativa de colaborar en la defensa y conservación documental del archivo de esa Asamblea, y de adoptar las medidas necesarias para evitar su deterioro, pérdida o destrucción; máxime cuando esta autoridad encontró documentos que evidencian la existencia de la información, contrario a lo sostenido por el SO. (Las respuestas a dos solicitudes de información diversa de la que se discuten detectó varios oficios emitidos por órganos de la Asamblea Legislativa, relacionados con la autorización de recursos contemplados en el art. 14 del Presupuesto de Egresos)"	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2018	
6	-	JURÍDICO	2019-02-13 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.2184/2018	Fideicomiso Educacion Garantizada Del Distrito Federal	Fondos Y Fideicomisos	"ANTECEDENTES
PRIMERO
Dado que en el Capítulo Décimo de la NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA PARA LA REVISIÓN DE LA
SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LAS EDIFICACIONES (NTC-RSEE), publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México el 15 de diciembre de 2017 se establece que “El Instituto registrará el proyecto estructural y su Revisión, una vez que se haya cumplido con las condiciones administrativas establecidas en estas Normas y se haya efectuado el pago de derechos correspondiente. El Instituto emitirá una Constancia de Registro de Revisión de Proyecto Estructural, que deberá ser firmada por el Corresponsable”.
SEGUNDO
Dado que, conforme al Artículo Sexto Transitorio de las NORMAS PARA LA REHABILITACIÓN SÍSMICA DE EDIFICIOS DE CONCRETO DAÑADOS POR EL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de diciembre de 2017, que indica que el aviso que debe darse al Instituto para la Seguridad de las Construcciones para iniciar trabajos de rehabilitación debe contener “formato de aviso, acreditación del interés, dictamen de seguridad estructural, memoria de cálculo, planos de rehabilitación, carnet del Corresponsable en Seguridad Estructural y bitácora de obra (para que sea sellada por  Instituto)”.
TERCERO
Dado que el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, a través de su titular, Dr. Renato Berrón Ruiz, emitió el día 10 de septiembre de 2018 la Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable de Seguridad Estructural del Proyecto Estructural de Rehabilitación  orrespondiente al “Condominio Magno Tlalpan 550”, bajo el número de oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068; y que, por lo tanto, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones tiene constancia documental del proyecto estructural referido y de que cumple con las condiciones administrativas establecidas en la NTC-RSEE.
CUARTO
Dado que de los numerales anteriores de la presente solicitud se desprende que toda la información señalada en dichos numerales obra en poder del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México. 
SE SOLICITA A ESTE SUJETO OBLIGADO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
1. El proyecto de rehabilitación del inmueble “Condominio Magno Tlalpan 550”, sobre el cual el Instituto para la Seguridad de las Construcciones emitió la Constancia de Registro de la Revisión por parte del CSE del proyecto estructural de rehabilitación.
2. Oficio de ingreso del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550”, presentado ante el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, con fecha previa al 10 de septiembre de 2018, de acuerdo con la información contenida en el oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068
3. Memoria de cálculo del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550”
4. Planos de rehabilitación del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550” 5. Carnet del Corresponsable en Seguridad Estructural del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550” Datos para facilitar su localización Se anexa copia de la Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable de Seguridad Estructural del Proyecto Estructural de Rehabilitación correspondiente al “Condominio Magno Tlalpan 550”, bajo el número de oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068, con fecha 10 de septiembre de 2018."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Rehabilitación de inmueble	SÍ	SÍ	NA	N/A	Instruye nueva búsqueda, entrega de versiones públicas y clasificación de información		2019	
7	-	JURÍDICO	2019-02-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.2173/2018	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"ANTECEDENTES
PRIMERO
Dado que en el Capítulo Décimo de la NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA PARA LA REVISIÓN DE LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LAS EDIFICACIONES (NTC-RSEE), publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de diciembre de 2017 se establece que “El Instituto registrará el proyecto estructural y su Revisión,
una vez que se haya cumplido con las condiciones administrativas establecidas en estas Normas y se haya efectuado el pago de derechos correspondiente. El Instituto emitirá una Constancia de Registro de Revisión de Proyecto Estructural, que deberá ser firmada por el Corresponsable”.
SEGUNDO
Dado que, conforme al Artículo Sexto Transitorio de las NORMAS PARA LA REHABILITACIÓN SÍSMICA DE EDIFICIOS DE CONCRETO DAÑADOS POR EL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de diciembre de 2017, que indica que el aviso que debe darse al Instituto
para la Seguridad de las Construcciones para iniciar trabajos de rehabilitación debe contener “formato de aviso, acreditación del interés, dictamen de seguridad estructural, memoria de cálculo, planos de rehabilitación, carnet del Corresponsable en Seguridad Estructural y bitácora de obra (para que sea sellada por Instituto)”.
TERCERO
Dado que el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, a través de su titular, Dr. Renato Berrón Ruiz, emitió el día 10 de septiembre de 2018 la Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable de Seguridad Estructural del Proyecto Estructural de Rehabilitación correspondiente al “Condominio Magno Tlalpan 550”, bajo el número de oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068; y que, por lo tanto, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones tiene constancia documental del proyecto estructural referido y de que cumple con las condiciones administrativas establecidas en la NTC-RSEE.
CUARTO
Dado que de los numerales anteriores de la presente solicitud se desprende que toda la información señalada en dichos numerales obra en poder del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México. 
SE SOLICITA A ESTE SUJETO OBLIGADO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
1. El proyecto de rehabilitación del inmueble “Condominio Magno Tlalpan 550”, sobre el cual el Instituto para la Seguridad de las Construcciones emitió la Constancia de Registro de la Revisión por parte del CSE del proyecto estructural de rehabilitación.
2. Oficio de ingreso del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550”, presentado ante el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, con fecha previa al 10 de septiembre de 2018, de acuerdo con la información contenida en el oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068
3. Memoria de cálculo del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550”
4. Planos de rehabilitación del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550” 5. Carnet del Corresponsable en Seguridad Estructural del proyecto “Condominio Magno Tlalpan 550” Datos para facilitar su localización Se anexa copia de la Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable de Seguridad Estructural
del Proyecto Estructural de Rehabilitación correspondiente al “Condominio Magno Tlalpan 550”, bajo el número de oficio ISCDF-DG-CR-REH-2018/068, con fecha 10 de septiembre de 2018."	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Rehabilitación de inmueble	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
8	-	JURÍDICO	2019-03-06 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0385/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	Proporcionar la agenda, minuta, acuerdos y audios de la reunión del Comisionado César Cravioto con Damnificados Unidos Benito Juárez, misma que tuvo lugar el 7 de enero de 2019, de acuerdo con la información del sitio oficial de Facebook de la Comisión para la Reconstrucción https://www.facebook.com/ReconstruccionCDMX	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Acceso a documentos	SÍ	SÍ	NA	N/A	Ordena emitir respuesta y da vista a la Secretaría de la Contraloría General de la CDMX		2019	
9	-	JURÍDICO	2019-03-06 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0388/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Proporcionar la agenda, minuta, acuerdos y audios de la primera reunión extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso Público para la Reconstrucción y Rehabilitación de Viviendas de uso Habitacional, que tuvo lugar el 11 de enero de 2019, de acuerdo con la información del sitio oficial de Facebook de la Comisión para la Reconstrucción
https://www.facebook.com/ReconstruccionCDMX"	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Acceso a documentos	SÍ	SÍ	NA	N/A	Ordena emitir respuesta y da vista a la Secretaría de la Contraloría General de la CDMX		2019	
10	-	JURÍDICO	2019-03-06 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0389/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Proporcionar la agenda, minuta, acuerdos y audios de la reunión sostenida con las empresas y supervisores del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, para darles a conocer el plan de reconstrucción integral de la capital, misma que tuvo lugar el 11 de enero de 2019, de acuerdo con la información del sitio oficial de Facebook de la
Comisión para la Reconstrucción https://www.facebook.com/ReconstruccionCDMX"	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Acceso a documentos	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
11	MCNP	PONENCIA	2019-04-03 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0563/2019	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"Requirió en medio electrónico, acceso a la información que dé cuenta del avance en la reconstrucción de las escuelas afectadas por el sismo del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, el presupuesto ejercido en las labores de reconstrucción, la dependencia a cargo de las labores de reconstrucción en cada uno de los planteles, así como los recursos ejercidos para esas labores y a qué partida presupuestal pertenecen.
A través del sistema electrónico INFOMEX, notificó el oficio ISCDF-DG-UT-2019-0058 por el que informó que los inmuebles correspondientes al ámbito educativo, los centros educativos fueron atendidos por la Secretaría de Educación Pública, de forma local la Secretaría de Educación y el Instituto de Infraestructura, cuentan con información relativa a su solicitud. Por lo que hace a ese Instituto, señaló que, emite oficios dirigidos al Comité de Emergencias de Protección Civil de la Ciudad de México y que también ha realizado inspección ocular estructural para algunas escuelas, sin contar con atribución para la reconstrucción de las mismas, por lo anterior, con fundamento en el artículo 200 de la ley orientó al solicitante a efecto de que presentara su petición al Instituto Local de Infraestructura, proporcionando los datos de contacto respectivos.
Así mismo, el Sujeto Obligado precisó que por economía procesal no remitió la solicitud, toda vez que la misma fue atendida mediante el folio 03156000530 y remitida por la Secretaría de Obras y Servicios al Instituto Local de Infraestructura
El sujeto obligado reconoce que tiene información relacionada con la solicitud, pero no ofrece información documental que obra en sus archivos, pues el Instituto estuvo a cargo de los dictámenes de seguridad estructural de algunas de las escuelas afectadas por el sismo, ya que, de acuerdo con el Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México, las escuelas deben tener la evaluación de un experto en seguridad estructural y tuvo a su cargo la evaluación de algunas de las escuelas, por lo que, solicitó una búsqueda exhaustiva de dicha información.
Remitió a este Instituto el oficio ISCDF-DG-CJ-UT-2019-0160 por el que señala que una de las atribuciones del Instituto es emitir el estado estructural de inmuebles, a través del documento respectivo, lo cual no significa que tenga atribución para llevar a cabo reconstrucción de inmuebles, menos aun de escuelas, ejerce su presupuesto conforme a sus atribuciones, en ellas no está la ejecución de obra pública, por lo que, no es competente para detentar y proporcionar la información requerida y adjunta la ley correspondiente 
Del contraste hecho entre lo pedido y el agravio hecho valer, se advirtió que el recurrente modificó y amplió su solicitud inicial, toda vez que de la lectura íntegra dada a la solicitud de información no se desprende que la ahora recurrente hubiese requerido conocer los dictámenes de seguridad estructural y la evaluación que hizo el Sujeto Obligado a algunas de las escuelas, por lo que, no es posible ordenar realice una búsqueda exhaustiva de dicha información.
Resulta conforme a derecho SOBRESEER el recurso de revisión, únicamente por lo que hace a los nuevos requerimientos de información.
Al tenor de las atribuciones señaladas en los ordenamientos que regulan a cada sujeto Obligado competente en este caso si bien, el Sujeto Obligado se encarga de ordenar la evaluación de la seguridad estructural de las construcciones, así como de los permisos de estructura de los dictámenes de estabilidad y seguridad estructural, lo cierto es que, los requerimientos de la recurrente no van encaminados a conocer dicha información, sino a tener acceso a información que dé cuenta del avance en la reconstrucción de las escuelas afectadas por el sismo del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, el presupuesto ejercido en las labores de reconstrucción, la dependencia a cargo de las labores de reconstrucción en cada uno de los planteles, así como los recursos ejercidos para esas labores y a qué partida presupuestal pertenecen, información que compete al Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal, el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, la Secretaría de Educación Pública Federal, la Secretaría de Educación de la Ciudad de México y la Comisión para la Reconstrucción, pues dichas autoridades en conjunto se encargan de la reconstrucción de las escuelas afectadas por el sismo acontecido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete.
Al advertirse la notoria incompetencia del Sujeto Obligado, esta tuvo que someterse a consideración del Comité de Transparencia, lo anterior de conformidad con lo previsto en el artículo 90, fracción II de la Ley de Transparencia, mismo que dispone como competencia del Comité de Transparencia confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de incompetencia, sin embargo, ello no aconteció, motivo por el cual, su determinación no brindó certeza jurídica.
Revisada como fue la gestión hecha a la solicitud referida con el número de folio 0315200016418, se advirtió que el Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa, hizo del conocimiento la búsqueda y localización de información.

De conformidad con lo señalado, se determinó que, contrario a lo informado por el Sujeto Obligado, con las gestiones hechas a las solicitudes 03156000530 y 0315200016418, no se puede dar por atendida la que nos ocupa, toda vez que, se trata de actuaciones y solicitudes diferentes.

se advirtió que, si bien, esta corresponde con lo requerido en la solicitud que nos ocupa y que fue remitida por el Sujeto Obligado al Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal, y que, a su vez, dicho Instituto dio respuesta, ello no subsana el actuar del Sujeto Obligado en el presente medio de impugnación, pues aunque se trata de la misma solicitud, corresponde con números de folio distintos, y en se sentido, cada solicitud debe ser atendida de forma independiente.

Esta autoridad resolutora considera procedente MODIFICAR la respuesta del Sujeto Obligado y ordenarle emita una nueva en la que
De conformidad con los artículos 90, fracción II y 200, párrafo primero, de la Ley de Transparencia, en armonía con el numeral 10, fracción VII, párrafo primero de los Lineamientos, someta a consideración del Comité de Transparencia su incompetencia, haciendo del conocimiento de la recurrente la determinación tomada, y oriente la solicitud de forma fundada y motivada ante las Unidades de Transparencia del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, de la Secretaría de Educación Pública, de la Secretaría de Educación y de la Comisión para la Reconstrucción, proporcionado los datos de contacto respectivos.
El sobreseimiento es correcto.

Es cierto el análisis sobre falta de exhaustividad por parte del Sujeto Obligado al no remitir la solicitud de origen a los sujetos competentes, sin embargo no concuerdo en que se ordene que se someta al Comité de Transparencia, toda vez que se trata de una Notoria Incompetencia, la cual se tiene de las atribuciones que por normatividad se establecen para el sujeto Obligado, por lo que la ley no deja al arbitrio del mismo; el criterio jurídico con el cual debe operar la fracción II del artículo 90 de la ley de transparencia, en particular sobre la incompetencia que se somete a comité de transparencia, se refiere a dilucidar sobre la competencia que no queda plenamente establecida por ley. Debemos distinguir entre la “incompetencia” y la “notoria incompetencia”

El agravio expresaba que no se le había proporcionado la información de los archivos del sujeto obligado, no se agravio por la orientación, sin embargo se resolvió enfocándose en la orientación de la solicitud.
"	Sobreseer (+)	POSITIVO	Reconstruccion	Escuelas afectadas por sismo	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
12	ARGG	PONENCIA	2019-04-10 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.789/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Solicitó copia de agenda, minuta, acuerdos y audios de la segunda reunión extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso Público para la Reconstrucción y Rehabilitación de Viviendas de uso Habitacional
Se declaró incompetente para responder, orientando competencia a la Secretaria de Finanzas
Inconformidad ya que el SO si es competente para responder
SO.- reitera su respuesta.
1.- Se advierte competencia del SO ya que él es quien genera la información
2.- Se ordena la entrega de información.
De acuerdo con el sentido de la resolución, sugiero analizar la posibilidad de señalar apercibimiento."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Documentación del comité técnico del Fideicomiso	SÍ	SÍ	NA	N/A	Entrega de la información solicitada		2019	
13	EBPH	PONENCIA	2019-04-10 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0566/2019	Agencia De Gestion Urbana De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"Respecto a la reconstrucción de las escuelas afectadas por el sismo del 19S:
1.-Documentos que sustente el avance en la reconstrucción.
2.-Presupuesto ejercido en las labores de reconstrucción,
3.- Dependencia a cargo en cada uno de los planteles educativos. 
4.- Recursos ejercidos.
5.- Partida presupuestal.
El sujeto obligado se declara incompetente y recomienda dirigir su solicitud a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México y al Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal. 
No se proporcionó la información no obstante que el sujeto obligado tuvo a su cargo parte de los trabajos de reconstrucción de las escuelas involucradas; y que en la Cuenta Pública del año 2018 se observa el destino de recursos para la referida reconstrucción.
Respuesta complementaria, contenida en el oficio CDMX/SOBSE/SUT7569/2019 de fecha 8 de marzo de 2019, signado por la Subdirectora de la Unidad de Transparencia.
Se determina revocar la respuesta emitida por el sujeto obligado no obstante que este intento emitir respuesta complementaria pero de manera incompleta; por lo que al ser parcialmente competente se ordena que se pronuncie categóricamente respecto a lo peticionado en los numerales 1,3 y 4; remitiendo la solicitud de información que nos atiende al correo oficial de las unidades de transparencia de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, al Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal.
Se recomienda establecer que la Agencia de Gestión Urbana ya desaparecía cuando entró en vigor la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y hacer referencia a su artículo Vigésimo Transitorio; pues ahora las atribuciones de dicho desconcentrado recae en la Secretaria de Obras Publicas y Servicios de la Ciudad de México. Lo anterior para efecto del cumplimiento de la presente resolución.
No se refiere nada respecto a si el recurrente se pronunció o no en relación a la vista que se le dio con la respuesta complementaria."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción de escuelas	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
14	EBPH	PONENCIA	2019-04-24 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0791/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Proporcionar información especificar, preferentemente en formato de una base de datos, sobre 1) los cuadrantes de reconstrucción, particularmente qué empresas de construcción y supervisión de obra fueron asignados y aprobados para cada uno de dichos cuadrantes, y 2) los montos financieros asignados y aprobados para las obras de reconstrucción de cada uno de los cuadrantes..
En la respuesta proporciona una tabla con las siguientes columnas: zona, alcaldía/fundaciones, clave de cuadrantes, cuadrantes y total 
Primer Agravio.- La respuesta del sujeto obligado es nula de pleno derecho, en términos de lo que disponen los Art. 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, vigente. Ello, en vista de que no consta por escrito la respuesta, que indique la autoridad de la que emana, que contenga firma autógrafa o electrónica del servidor público correspondiente, que esté fundada y motivada, es decir, que cite con precisión el o los preceptos legales aplicables, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto. Asimismo, carece de validez, ya que por la completa omisión de respuesta escrita, no consta lugar y la fecha de su emisión, y no fue expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de la persona.
Segundo Agravio.-…
La atención a los damnificados debe hacerse a través de mecanismos que utilicen las tecnologías para generar mecanismos eficaces y eficientes; y, sin duda, la organización territorial de la atención, que en este caso se ha denominado 'cuadrante', entra plenamente dentro de lo contemplado en el artículo 19 de la Ley de Reconstrucción Integral de la Ciudad de México. A ello se añade el hecho de que la Comisión ha desplegado, como parte de su estrategia territorial, a los llamados ""promotores de participación ciudadana"", de acuerdo a la publicación que hizo la Comisión para la Reconstrucción a través del sitio comercial de Facebook
(https://www.facebook.com/ReconstruccionCDMX/posts/732295743824236), cuyo papel en la gestión de actividades en el marco de la reconstrucción, por cierto, no ha sido informado a través de medio oficial alguno; por ello, se solicitó información específica a través de la solicitud 0117000003519, sobre la cual se admitió el recurso de revisión RR.IP.0383-2019 por omisión de respuesta y está en proceso de revisión. En suplencia de la total carencia de información oficial por parte de la Comisión para la Reconstrucción en este ámbito de su actuación, se encuentra en notas de prensa tales como https://capita121.cclmx.gob.mx/primer-mes-de-trabajopara-la-reconstruccion-de-la-ciudad/, la información de que el número de dichos promotores es de 250  aunque su papel, atribuciones, labores y remuneración se mantiene en opacidad-. Sirva esta información contextual para mostrar cómo la estrategia territorial de intervención de la Comisión para la Reconstrucción es compleja, ya que tanto el número de cuadrantes y promotores excede los dos centenares, y las viviendas por reconstruir se cuentan por miles. Es imposible que esta Comisión cumpla adecuadamente con las atribuciones y responsabilidades que le confiere la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, sin una estrategia de gestión de datos, metas y registro de actividades.
Tercer Agravio.- La solicitud de información relativa a los cuadrantes de reconstrucción, indicando las empresas de construcción y supervisión de obra que fueron asignados y aprobados para cada uno de dichos cuadrantes, implica la presentación DESGLOSADA de cada cuadrante de reconstrucción, de manera que la información sobre el ejercicio de recursos públicos fuese completa, veraz, accesible, oportuna y comprensible, tal como lo establece la LTAIPRC en su Art. 5 Fracc. XII. Por el contrario, lo que se entregó es un AGREGADO del número de cuadrantes por delegación, OMITIENDO POR COMPLETO y de manera intencionada la información explícitamente solicitada con relación a las empresas de construcción y supervisión de obra que fueron asignadas y aprobadas para cada uno de dichos cuadrantes, así como a los montos financieros asignados y aprobados para las obras de reconstrucción de cada uno de los cuadrantes. En este sentido, la Comisión para la Reconstrucción incumple con las obligaciones de transparencia a las cuales está sujeta, de acuerdo a los Art. 3, 10, 37, 38, 39 de la Ley de Reconstrucción Integral de la Ciudad de México; así como el Art. 8 de la LTAIPRC…
oficio número CDMX/CRCMIDGGJ/UTI-300-12019 de fecha veintiocho de marzo de dos mil diecinueve mediante el cual se emiten manifestaciones y alegatos a través de dicho oficio, se pretende atender todos y cada uno de los agravios manifestados por la hoy recurrente. Emitió respuesta complementaria 
El alcance solo indica un liga para la consulta de la información, razón por la cual este Órgano Colegiado no advierte la actualización de alguna causal de improcedencia de las previstas en la Ley.
No se cumplió con los principios de certeza y legalidad, dejando en absoluta incertidumbre a la parte recurrente, por ende es preciso indicar que el agravio esgrimido es fundado, el sujeto recurrido emite una respuesta no congruente con lo solicitado y de la que se aprecia poca o nula exhaustividad en el análisis de la solicitud de información pública, así como en la integración de la respuesta y la respectiva información.
Falta la fecha de numerales VII y VIII de los resultandos.
El sentido está fundado y motivado"	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Empresas de constucción	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
15	MASMR	PONENCIA	2019-04-24 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0562/2019	Instituto Local De La Infraestructura Fisica Educativa De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"Derivado de las afectaciones del sismo del 19 de septiembre 1.- Avance en la reconstrucción de las escuelas afectadas. 2.- El presupuesto ejercido. 3.- La dependencia a cargo de las labores de reconstrucción en cada uno de los planteles. 4.- Los recursos ejercidos. 5.- Partida presupuestal pertenecen los recursos ejercidos.
Información incompleta y no es definitiva información solicitada, manifiesta que es de su competencia y orienta realizar la solicitud ante el Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa, así como ante la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México,
Respuesta incompleta, no proporciona la información, solicita se hagan públicos los documentos.
En manifestaciones el SO señala que realiza nueva búsqueda, responde a parte de la solicitud y manifiesta que es competencia de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.
1.- Se advierte en manifestaciones respuesta a los puntos 1, 2 y 4
2.  No se entregó al recurrente, faltan manifestaciones sobre punto 3 y 5.
De acuerdo con el sentido de la resolución. Opino que falta precisar, si revoca la respuesta deberá responder a toda y no solo a los puntos 3 y 5, solo debe precisar el sentido de su respuesta."	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Inmuebles afectados por el susmo del 19 de septiembre	SÍ	SÍ	NA	N/A	Entrega de versión pública		2019	
16	ARGG	PONENCIA	2019-05-02 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0996/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"Solicitud: En relación al inmueble que funge como edificio sede la de la Alcaldía, en relación con el terremoto del 19 de septiembre de 2017:  1.- Si hay documento en el que conste que se haya revisado su seguridad y estabilidad estructural; que documento es, quien lo elaboró y firmo; y quien lo avaló profesionalmente; versión publica de las concusiones y recomendaciones; 2.- Si la Directora General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos ha revisado dicho documento y si ha llevado a cabo alguna acción derivado de los resultados; pruebas de laboratorio que se hicieron para revisar la seguridad estructural; copias en versión pública de los documentos donde se reflejen las acciones realizadas con la respectiva leyenda; y en caso de no existir la documentación requerida, se envíe la declaración de inexistencia y el oficio turnado al órgano de control interno, como lo dispone la ley de la materia.
Respuesta: Contesto que obran dos ""Formatos de Inspección Post sísmica"" ambos de fecha 21 de septiembre de 2017 y fueron elaborados por el Ing. Sergio R. Vázquez Salas y Arq. Eduardo Beristaín, avalándolos con registro como DRO-1042 del Ing. Sergio R. Vázquez Salas y Registro como DRO-1453 del Arq. Eduardo Beristaín. Mientras que respecto a la información de la aludida Directora, indico que la información no fue localizada. 
Agravio: Información proporcionada resulta incompleta
Resolución: Primer Agravio consentido pues no se dolió de lo respondido respecto a este punto. Y respecto al segundo agravio, se declara parcialmente fundado, no obstante la respuesta complementaria, pues en ella se intentó mejorar su respuesta inicial."	Sobreseer y modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Inmueble que ocupa la alcaldía	NO	SÍ	NA	N/A	Entrega de versión pública		2019	
17	MASMR	PONENCIA	2019-05-02 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR IP 0721/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"La persona recurrente solicitó, en la modalidad de medios electrónicos: 1) El Programa Interno de Protección Civil para Obra, que se entregó a la Alcaldía de Benito Juárez, correspondiente a la obra de rehabilitación sísmica en un conjunto habitacional determinado; 2) Copia del o los documentos que avalan la autorización de dicho Programa Interno de Protección Civil; 3) En caso de que el Programa Interno de Protección Civil de Obra de este inmueble en condición de rehabilitación sísmica no exista; o de que se haya emitido sanciones relativas a cualquier otro tema referente a su implementación y/o cumplimiento, se solicita se entregue copia de la suspensión de actividades correspondiente.
 
 En su respuesta, el sujeto obligado informó que no es posible entregar la información solicitada ya que la misma se clasificó como reservada por razones de protección a la seguridad de las personas y del los inmuebles aledaños al predio del interés del particular.
 
 La persona recurrente interpuso recurso de revisión en el que presentó 12 agravios (del primero al quinto se relacionan con la clasificación reservada de la información solicitada y del sexto al decimo segundo sobre la falta de fundamentación y motivación en la respuesta otorgada por el sujeto obligado a su solicitud de información). La persona recurrente no impugnó la atención otorgada por el sujeto obligado a los puntos 2 y 3 de la solicitud de información, por lo que se tuvieron como actos consentidos.
 
 En sus alegatos, el sujeto obligado argumentó que además de reservar la información por cuestiones de seguridad de las personas, el Programa referido se encontraba en trámite dentro de un procedimiento administrativo en materia de protección civil, y que por estos motivos no se entregó la información solicitada. El sujeto obligado también manifestó que el Programa del interés de la persona recurrente presentado a la Alcaldía adolece de los requisitos necesarios para su autorización, por lo que se previno para que fueran subsanadas dichas irregularidades. Sin embargo, dicha prevención no fue desahogada por lo que se declaro la no procedencia del Programa.
 
 Tras analizar el caso, el Instituto declaró fundados los agravios de la persona recurrente (la clasificación de la información y la falta de fundamentación y motivación en la respuesta) ya que: 1) No acreditó la prueba de daños posible para reservar la información, es decir, el sujeto obligado no señaló un riesgo especifico real, demostrable e identificable que pudiera a las personas, por la divulgación de la información, por el contrario su publicación corrobora el cumplimiento de la Ley en materia de protección Civil lo que contribuye a la salvaguarda de la integridad física de las personas; 2) Tampoco es procedente reservar la información por tratarse de un procedimiento administrativo, ya que el mismo ha finalizado, de acuerdo a lo expuesto en el oficio que adjuntó a sus alegatos, de manera que se actualiza lo previsto en el artículo 171 de la Ley de Transparencia y procede ordenar que desclasifique la información y la misma sea entregada al particular; 3) Los agravios relacionados con la falta de fundamentación y motivación también son fundados ya que el sujeto obligado invocó preceptos no aplicables al caso en concreto en los que funda la clasificación de la información.
 
 Por lo tanto, el Instituto resolvió revocar la respuesta del sujeto obligado e instruye para que: 1) ordene la desclasificación de la información y 2) entregue al particular el Programa Interno de Protección Civil del inmueble del interés del particular. Toda vez que la información que se entregará contiene información confidencial, como el caso del nombre y firma de particulares, se deberá remitir dicha información en versión pública."	Modificar	POSITIVO	Acceso a documentos	Programa de protección civil	SÍ	SÍ	NA	CLASIFICACION COMO RESERVADA/FALTA DE FUNDAMENTACION Y/O MOTIVACION	Desclasificación		2019	
18	MCNP	PONENCIA	2019-05-08 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0949/19	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Solicitud En relacióna la estrategia para la reconstrucción de viviendaunifamiliar solicitaa) La cartografía en formato vectorial (.shp o similar) y/o desplegableen formato abierto (.kmz o similar), yb)La base de datos asociada a los archivos de cartografía, con lainformación relativa a dichos cuadrantes en versión publica
Respuesta2 oficios. 1.-No cuenta con la información en este momento y lapublicara en su página de internet cuando la tenga, y 2.-correspondea una solicitud y folio distinto.
RecursoRatifica susolicitud original ya que la respuesta no corresponde conlo solicitado.
ManifestacionesEl SO presento escrito 2 días después de su término–no seconsideraron--proporciona links de consulta que supuestamente obran en su portalde transparencia, se verificaron y solo uno está publicado, seencuentra en formato diferente pdf, diferente al solicitado
Resumen de la resolución:1.Se advierte agravio con apoyo de suplencia de la deficiencia.2.Respuesta no es fundada ni motivada3.No observa principiosde transparencia, exhaustividad,congruencia, y principios de legalidad y certeza jurídica.4.Se recomienda proporcionar enlaces con formato solicitado5. En caso de no contar con la información realizar manifestaciónformal a través de su Comité de Transparencia.6. Se advierte prorroga innecesaria"	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Estrategia de reconstrrucción	NO	SÍ	NA	NO CORRESPONDE CON LO SOLICITADO/FALTA DE FUNDAMENTACION Y/O MOTIVACION	Instruye nueva búsqueda		2019	
19	ARGG	PONENCIA	2019-06-04 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1326/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"SOLICITUD: “…
JOSE VAZQUEZ RODRIGUEZ, por mi propio derecho, para lo cual presento copia de mi identificación oficial (anexo 1), con fundamento en el artículo 9, fracción IX de la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más resillente, y en mi carácter de copropietario del bien inmueble ubicado en calle Pingüino, manzana 152, lote 18, Colonia del Mar, Alcaldía Tláhuac, personalidad que acredito con la escritura número doscientos quince, volumen cinco especial, pasada ante la fe del notario público número cinco, licenciado Victor Manuel Salas Cardoso, que ampara mi derecho, la que exhibo en copia certificada y pido me sea devuelta por requerirla para diversos trámites, y entrego copia fotostática para que se haga el cotejo de ambas (anexo 2). Expongo y solicito lo siguiente:
Primero. Que con fecha del 26 de enero de 2017 se presentó una denuncia ciudadana esto es, previo al sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, haciendo mención al predio señalado en el párrafo inmediato anterior, cuyo contenido fue el siguiente: ""Por medio de presente, solícito sea verificada la construcción de segundo nivel (sic) para saber si cuenta con e permiso correspondiente del domicilio antes citado ya que corre el riesgo de derrumbe ya que pasa una grieta por debajo del terreno e incluso hay un cuarto hundido, ya que dicha construcción está en la entrada de mi domicilio y hay riesgo de derrumbe por la grieta que pasa debajo del domicilio ya que es mi única salida y es muy estrecha,"" (Anexo 3). Dicha denuncia fue presentada por la C. Valeria Vázquez Jacinto, hija de Pedro Vázquez Rodríguez, copropietario del predio señalado, ésta aprovechando la circunstancia de que su padre había fallecido con fecha de! 01 de octubre de 2016 (Anexo 4). Lo anterior derivó en un procedimiento administrativo seguido en contra del suscrito, identificado con la clave: 13 0/DVR/014/2017, en el cual no se verificó ningún riesgo de derrumbe por parte de mi construcción, sin embargo se llegó a una resolución final donde, entre otras determinaciones, se colocaron unos sellos y se impuso el estado de clausura total de construcciones sobre el predio señalado (Anexo 5).
Segundo. Que teniendo como antecedente el pasado sismo del 19 de septiembre de 2017, es un hecho notorio la afectación de diversas zonas de la Ciudad de México, particularmente en la Colonia del Mar de la Alcaldía Tláhuac. Por cuanto hace a las primeras semanas después del sismo, para ser precisos en la fecha del 10 de octubre de 2017 alrededor de las 2:00 p.m., el entonces director del área de participación ciudadana de la delegación de Tláhuac, se presentó al domicilio del suscrito, con unos polines para apuntalar la vivienda del fondo donde antaño habitara mí hermano difunto Pedro Vázquez Rodríguez. Por lo cual, se aprovechó la ocasión para exponer que la C. Valeria Vázquez Jacinto, se negaba a permitirme reparar un miembro estructura! de mi casa, dañado con motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017, que colinda con la otra entrada de donde habitaba mi hermano (anexo 6). Asimismo, hago notar que la oposición derivaba, particularmente, de la ubicación de un medidor de luz, que no se encuentra visible a la entrada (anexo 7); sino que está instalado por dentro de la vivienda que habitara Pedro Vazquez Rodríguez, justamente a! otro lado de la misma pared de la columna en comento, debido a que no cuentan con contrabarda, y que a la fecha, ese medidor, cuyo servicio está a nombre de Patricia Jacinto Jacinto (madre de la C. Valeria Vazquez Jacinto), con número 1078365 no ha sido reubicado visiblemente (Anexo 8).
Tercero. Razón por lo cual avise, a la Alcaldía de la reparación de la columna mediante el formato 08-101, denominado Aviso de realización de obras que no requieren manifestación de construcción o licencia, al cual recayó el folio 3602117, el mismo que se sustenta en el articulo 62, fracción V, del Reglamento de construcciones para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, que a la letra versa: 'No se requiere manifestación de construcción ni licencia de construcción especial, para efectuar las siguientes obras: [...] Obras urgentes para la prevención de accidentes, a resma de dar aviso a la Delegación, dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles contadas a partir del inicio de las obras». Esto exclusivamente para la reparación de la columna señalada (anexo 9), sin embargo, el resarcimiento fue efectuado sin demoler ninguna pared, dada la persistente oposición de la mencionada C. Valeria Vazquez Jacinto, de no reubicar el medidor señalado, a la vista pública, manteniéndolo justamente por detrás de la pared de la misma columna objeto de la reparación.
Cuarto. Desde esa fecha en adelante, me he percatado en diversas ocasiones de que, a la entrada de la casa que habitara mi hermano y copropietario Pedro Vazquez Rodriguez, se han pegado diversos rótulos pidiendo el apoyo a favor de la C. Valeria Vazquez Jacinto para la reconstrucción de la vivienda con motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017, inclusive colgaron una manta que dice ""DAMNIFICADOS UNIDOS"" (anexo 10). Derivado de lo anterior, por la mudanza que han hecho las personas mencionadas (anexo 11), por algunas visitas al domicilio señalado (las cuales describiré más adelante), así como por diversas juntas de vecinos en la Colonia del Mar, en las que se han presentado la C. Valeria Vazquez Jacinto y su madre Patricia Jacinto Jacinto, es evidente que las mismas están interesadas o involucradas en la ayuda por concepto del Fondo de Reconstrucción, sin contar con título de propiedad. Ello obviando sus propias declaraciones de la denuncia ciudadana que realizaron, señalada en el primer punto de esta solicitud, las cuales contradicen los criterios para la reconstrucción por motivo del sismo del 16 de septiembre de 2017, específicamente, específicamente lo previsto en el artículo 37 de la Ley para la reconstrucción, recuperación y transformación de la ciudad de México en una cada vez más resiliente; del mismo modo evadiendo la circunstancia legal de que es una copropiedad, y de que, conforme al articulo 42, fracción I de dicha ley, se requiere la conformidad de por lo menos el 51% de los copropietarios. 
Quinto. Hago mención de que, con fecha del 7 de junio de 2018, alrededor de las 12:00 horas vinieron al domicilio señalado, unas personas que dijeron ser dependientes del bloque cuatro de supervisión externa de la coordinación para la reconstrucción de la vivienda, a cargo de la Arquitecta Liliana, con una supuesta orden para demoler parte de la construcción al fondo (anexo 12). Posteriormente, que con fecha del 18 de junio de 2018, alrededor de las 10:00 a.m. llegó una persona de nombre Héctor Figueroa Rosas (anexo 13) y su acompañante, diciendo que venían a demoler, porque había un expediente del cual se negaron a proporcionarme acceso y mayor información. En ambos casos, se apersonaron sin presentar ninguna orden de demolición, estudio de suelo, medida de seguridad para las propias construcciones ni para las construcciones colindantes, y en general, ningún cumplimiento de la normatividad de las construcciones, ante lo cual manifesté mi negativa.
Sexto. En razón de lo anterior, pido a esta Comisión se me dé a conocer el expediente legal y su número que en donde se encuentran integradas las constancias de lo que atañe al predio ubicado en la Calle Pingüino, manzana 152, lote 18, Colonia del Mar, Alcaldía Tláhuac, de la hoy Ciudad de México, Código Postal 13270, informándome con puntualidad el número de fojas de que consta, y otorgándome copias certificadas del mismo, previo pago de derechos. Autorizo a la C. Ariana Yazmín Vázquez Jacinto a recogerlas en la misma ubicación donde esta instalada esta Comisión, una vez que se me informe de su disponibilidad al correo advocati_ariana@hotmail.com.
Asimismo, se me dé a conocer por escrito quiénes han sido beneficiados ya por el Fondo para la Reconstrucción de la Vivienda, y la razón por la que no se me ha dado acceso a la documentación que está integrada. Solicito me den a conocer las fechas en las que se aportaron, quiénes han promovido y aportado toda la documentación constante en el mismo, los dictámenes en torno al predio señalado y quiénes los han elaborado, los directores responsables de obra que han intervenido, los estudios de suelo que en su caso hayan realizado, el monto que se haya otorgado a las personas a las personas a las que se les ha beneficiado, tanto por ayuda para el pago de rentas, como por concepto del fondo para dicha reconstrucción. Asimismo, se adjunte al expediente la denuncia ciudadana señalada en el primer punto de esta solicitud de información como prueba de que la C. Valeria Vazquez Jacinto no ha actuado de buena fe.
Séptimo. Del mismo modo, solicito en mi carácter de copropietario del predio señalado, se me proporcionen los datos de acceso y la posibilidad de su rectificación o cancelación, a la Plataforma CDMX en relación con el mismo, tales son el número de folio, el correo electrónico y la contraseña. Y en caso de tratarse de un procedimiento irregular, reitero mi negativa. 
…”(Sic).
RESPUESTA: El sujeto obligado fue omiso en dar respuesta.
AGRAVIOS: Con fundamento en: A) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 1°, párrafos 1 y 3; articulo 4' párrafo 7; articulo 6', párrafo 2, apartado A; articulo 8; artículo 14 y artículo 16. B) La Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 19. C) El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, articulo 19, D) La Convención Americana de los Derechos Humanos artículo 13, párrafo 1. E) En la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública articulo 1; artículo 2; artículo 3; artículo 4, fracción IV; articulo 6; artículo 8, párrafo segundo; artículo 9; artículo 12; artículo 13; articulo 14; artículo 15; artículo 61, fracción II, III, IV y V. F) La Ley Genera/ de Transparencia y Acceso a la Información Pública artículo 1; artículo 8, fracciones V, Vi, IX, artículo 12; artículo 13; articulo 26; articulo 81 y artículo 121. G) En la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados artículo 1, párrafos 1, 4, 5, articulo 2, fracción II, articulo 2, fracción IV; artículo 3 fracción Xl; articulo 16; articulo 19 artículo 26; articulo 43; artículo 46; artículo 47, fracciones I y II, artículo 49; artículo 53; artículo 72, fracción Hl; artículo 83 y articulo 85. H) La Constitución Política de la Ciudad de México articulo 7, apartado d), incisos d) y e); articulo 49, párrafos 1 y 3. 1) La Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una cada vez más Resiliente articulo 5; articulo 9; fracción IX; artículo 13; articulo 33; artículo 68; artículo 69; artículos 70-88; artículo 105; articulo 106 y artículos 111-116. J) La Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México artículo 1, párrafos 4 y 5; artículo 2, párrafo 1, fracciones IV, articulo 3, párrafo 1, fracción 1. XI, articulo 12, último párrafo; artículo 25, fracción IV; artículo 31, artículo 41; artículo 44; artículo 47; artículo 79, fracción IV. Y en K) La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México artículo 1 y demás relativos a esta ley, los cuales serán citados en este escrito.
Y teniendo como motivación, el aviso publicado en la Gaceta oficial de la Ciudad de México, número 195, con fecha del 9 de noviembre de 2017 de este instituto de Transparencia, Acceso a lo Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, por el cual se da a conocer la actualización del padrón de sujetos obligados, supeditados al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso o la Información Pública y rendición de cuentas de la Ciudad de México y de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de los sujetos obligados; entre los cuales se incluye a la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, en una Ciudad cada vez más resiliente, así como la solicitud de información presentada el día 13 de marzo de 2019 en la. Unidad de Transparencia de dicha Comisión, interpongo el presente:
Recurso de revisión
Primer apartado, De los requisitos para la interposición del recurso de revisión.
En los términos del articulo 237, fracciones] a Vil de la Ley de Transparencia„ Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en orden a las fracciones señaladas en dicho artículo, señalo lo siguiente:
Fracción I. José Vázquez Rodríguez por mi propio derecho, y señalando como terceros interesados, a la C. Valeria Vázquez Jacinto y a la C. Patricia Jacinto Jacinto, cuyo último domicilio anterior, que me constó hasta la fecha del 12 de junio del 2018 fue e de Calle Pingüino manzana 152, lote 18, Colonia del Mar, Alcaldía Tláhuac, C.P. 13270.
Fracción II. Manifiesto que, con fecha del miércoles 13 de marzo de 2019, me presenté personalmente en las instalaciones de la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más resiliente, ingresando a las instalaciones físicas de su Unidad de Transparencia, una solicitud de información por escrito, acreditando en el acto mi personalidad jurídica. Fui atendido personalmente por el C. Daniel Sangeado Estrada, ante quien presenté, original de mi credencial de elector y copia certificada de la escritura, que ampara mi derecho de propiedad, proveyendo de copias simples de ambos documentos una vez cotejados. 

El C. Daniel Sangeado Estrada, me orientó a remitir mi solicitud de información a ventanilla única de la propia comisión, en donde le asignaron el número de folio 1901.
Fracción III Señalo como medio electrónico para oír y recibir notificaciones el correo electrónico 0915.vazquezrodriguezjose@gmail.com
Fracción IV. La resolución o actos recurridos serán especificados en el siguiente apartado, con fundamento en el artículo 234, fracciones Vi, VII, VIII, IX, X, XI y XII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Asimismo, en la misma fecha del miércoles 13 de marzo en que acredité mi personalidad jurídica, opté por remitirla, junto con sus anexos, al correo oficial de la oficina de transparencia de dicha comisión ut.reconstruccion.cdmx@gmail.com, a fin de coadyuvar junto con la Unidad de Transparencia a que se siguiera el trámite dispuesto en el artículo 196, fracción II del párrafo 1, y párrafo segundo del mismo artículo, ambos relativos a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la ciudad de México, respondiéndome literalmente: ""Acuso de recibido. Una vez generada la respuesta a la Presente solicitud se le notificará por este medio. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.""
Fricción V. La fecha en que tuve conocimiento del acto reclamado o resolución recurrida es la del 28 de marzo de 2019, por no haber recibido respuesta en los términos en que señala el articulo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a lo Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de México; esto en contravención a los objetivos que señala el articulo 5, fracción IV de la misma, que a la letra versa: 'Garantizar el principio democrático de publicidad de los actos del Gobierno de la Ciudad de México transparentando el ejercicio de, la función pública a través de un flujo de información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral.""
Fracción VI. Las razones o motivos de inconformidad serán expuestos en el tercer apartado.
Fracción VII. En lo referente a la copia de la respuesta que se impugna, me apego a la excepción hecha en el articulo 237, fracción VII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, por no haber recibido respuesta a mi solicitud.
Segundo apartado. Exposición detallada del acto o resolución recurrida.

Para dar cumplimiento a lo concerniente a la descripción del acto o resolución impugnada, y de conformidad con el artículo 234, fracciones VI, VIII, IX, X, XI y XII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, a continuación, expongo lo siguiente:
Fracción VI. Por la falta de respuesta a la solicitud de acceso a la información señalada dentro de los plazos establecidos en la ley.
Fracción VIII, Por la falta de entrega o puesta a disposición de la información en un formato incomprensible y/o no accesible para el suscrito. Esto únicamente en el caso de que la Comisión por la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más resiliente haya dado trámite a lo dispuesto en el artículo 196, fracción U del párrafo 1, y párrafo segundo del mismo artículo, relativo a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. De ser el caso, considero que se está transgrediendo en mi perjuicio, lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de los principios los que la rigen, en tanto el sujeto obligado no me proporcionó acuse de la Plataforma de transparencia donde se generara et folio de mi solicitud de información.
Fracción IX. Por los costos o tiempo de entrega de la información. En función de que no me fueron comunicados a tiempo los costos, aun cuando lo solicité, así como tampoco se me ha hecho entrega de la información requerida. Por lo cual, lo expongo también como acto o resolución recurrido, lo anterior con fundamento en el artículo 214, en su párrafo tercero, y en el 252 ambos de la Ley Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Fracción X, La falta de trámite a una solicitud. Puesto que, con fundamento en el artículo 204 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, no se me comunicó e/ número de folio de 13 dígitos que, en su caso, se hubiese generado por la Plataforma de Acceso a la Información, Todo esto en contravención a los artículos 13 y 14 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de México y de los principios que la rigen.
Fracción XI. La negativa a permitirme la consulta directa de la información, esto en contravención de toda la fundamentación expuesta en el proemio, de este escrito.
Fracción XII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación de la respuesta. Porque en la actuación del sujeto obligado, particularmente derivado de la falta de contestación a la solicitud de información, señalada, no ha mediado fundamentación ni motivación alguna que esté debidamente justificada y sea de mi conocimiento.

Y de conformidad con el artículo 234, segundo párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, me reservo mi derecho a impugnar de nueva cuenta mediante recurso de revisión ante este Instituto.
Tercer apartado, Razones o motivos de inconformidad
Las razones o motivos de inconformidad serán argumentadas en orden a los artículos previstos en la Ley de Transparencia, Acceso o la información Pública y Rendición de Cuentas de la ciudad de México en relación con la exposición detallada en el apartado inmediato anterior y en el orden siguiente:
Articulo 4, párrafo segundo. Porque en lo relativo en lo concerniente a la actuación Izo omisión de la autoridad, no han prevalecido los principios de máxima publicidad y pro persona, ni se ha actuado conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en lo concerniente a la falta de fundamentación y motivación.
Articulo 6, fracción X. Dado que no se me ha respetado la prerrogativa que tiene toda persona de allegarse de información pública sin intermediarios.
Articulo 6, fracción XII. Ya que desconozco el uso que se esté dando a mis datos personales como son el domicilio y el teléfono.
Articulo 6, fracción XX. En función de que es posible que se me está aplicando un trato diferenciado injustificado en lo concerniente a la igualdad sustantiva, puesto que no se me ha dado el mismo, reconocimiento, goce y ejercicio del derecho de acceso a la información pública, con relación a los terceros interesados.
Artículo 13, En razón de que el sujeto obligado no ha habilitado todos los medios, acciones y esfuerzos disponibles para garantizarme la accesibilidad a la información pública que solicito.
Articulo 14, Puesto que en la generación, publicación y entrega de la información no se me ha garantizado que la misma sea accesible confiable, verificable, veraz, oportuna, ni se ha atendido a mis necesidades del derecho de acceso a la información pública.
Articulo 25 en relación con el artículo 195. Puesto que no se me prestaron servicios de orientación ni asesoría, adecuados para la presentación de mi solicitud de información, ni para la interposición del recurso de revisión. Debido a que la. Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más resiliente, no puso a mi disposición algún equipo de cómputo con acceso a internet para permitirme consultar la información durante mi visita en sus instalaciones. Tampoco me orientó sobre la manera de utilizar el sistema de solicitudes de acceso a la información en las oficinas de la unidad de transparencia en que me presenté, ni de los plazos de respuesta.
Cuarto apartado. Ofrecimiento de pruebas
Reservo mi derecho de ofrecer pruebas y alegatos a fin de ejercerlo dentro del plazo que señala la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México previsto en el artículo 243, fracciones II y III. Y, para su respectivo desahogo, se estará a lo dispuesto por el articulo 243, fracción IV de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México sin perjuicio de que pueda ampliar mis alegatos derivado de la audiencia celebrada.
Puntos petitorios al Instituto de Transparencia, Acceso a la información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Primero. Tenerme por interpuesto en tiempo y forma el presente recurso de revisión.
Segundo. Tenerme por designado y ratificado, ante este Instituto y ante la Comisión para la Reconstrucción. Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, en una CDMX cada vez más resiliente, como medio para oír y recibir notificaciones el correo electrónico 0915.vazquezrodriguezjose@gmail.com, a efecto de garantizarme mí derecho de acceso a la información pública, de conformidad a los principios que rigen la actuación del propio instituto y de los sujetos obligados.
Tercero. Que se conceda a mi favor los principios de interpretación pro persona y de máxima publicidad en todo lo que me beneficie, en lo relativo a mi solicitud de información y al presente recurso de revisión.
Cuarto. Se me dé a conocer el número de expediente legal y se me otorguen las copias certificadas del mismo, el cual fue motivo de mi solicitud de información, en el estado en que se garantice integridad, completitud y que no fue alterado o dañado por el sujeto o por las áreas responsables. Se me permita libremente y sin intermediarios el acceso permanente al C expediente y en general se cumplan con todas las obligaciones de transparencia y acceso a información pública a que está obligada la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, en una CDMX coda vez más resiliente, esto en relación con mi solicitud de información.

Quinto. Se me dé la vista correspondiente señalada en el articulo 258, segundo párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de México para manifestar lo que a mi derecho convenga.
Sexto. Se dejen a salvo mis derechos para ejercer las solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO), para estar en aptitud de ejercerlos, adecuadamente.
Séptimo. Se dejen a salvo mis derechos o acciones, incluyendo las de carácter civil, ya sea de los que guarden relación con: a) la solicitud de información objeto de este recurso, b) con el resultado del acto o resolución impugnado, o bien, c) con el recurso de revisión y/o de inconformidad.
..."" (Sic):
RESOLUCION: Ordena y da vista
COMENTARIO: Errores de dedo. No se trascribe parte esencial o medular de las manifestaciones y alegatos presentados por el SO. El pie de página no está en formato acordado (con imagen del Instituto). Las notas al pie de página están en diferentes tamaños. Diferentes tipos de letra en el contenido. Antes de la firmas debe decir las y los comisionados. Revisar transcripciones, ya que como se escanean, algunas palabras resultan incongruentes.
"	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Demolición	NO	SÍ	NA	N/A	Emita respuesta		2019	
20	JCBG	PONENCIA	2019-06-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1735/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"SOLICITUD: 1. Copia del dictamen hecho por autoridades que certifiquen los daños ocasionados por el sismo del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, en el Deportivo Francisco J. Mujica, ubicado en el cruce de Candelaria Pérez y Calzada la Virgen, a la altura de la Colonia Stunam.
 2. ¿Qué tipo de daños presenta dicho deportivo?
 3. ¿El mencionado deportivo, está protegido por una póliza de seguro?, de ser así, proporcionar el monto de dinero por el que está asegurado, nombre de la empresa aseguradora y explicar toda la cobertura que tiene el seguro.
 4. Copia del contrato de la póliza de seguro del mencionado deportivo realizado entre la empresa aseguradora y la Delegación Coyoacán o Alcaldía de Coyoacán.
 5. ¿Qué cobertura tiene la póliza de seguro del mencionado Deportivo, en qué fecha, día, mes y año fue contratado, de cuánto es el deducible de la póliza, y qué funcionario de la Delegación o Alcaldía de Coyoacán firmó el contrato de la póliza?
 6. ¿Cuánto costó y pagó la Delegación Coyoacán o Alcaldía de Coyoacán por la mencionada póliza de seguro?
 7. ¿Cuánto es el monto de dinero de cobertura de la póliza de seguro, es decir, con cuánto dinero la empresa aseguradora puede o debe cubrir los daños ocasionados por el sismo del diecinueve de septiembre del dos mil diecisiete?
 8. ¿Antes del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, la estructura del mencionado deportivo fue reforzada contra sismos?, de ser así, ¿explicar en qué fecha fue realizado, qué tipo de trabajos se hicieron, cuánto costaron esos trabajos y qué empresa se encargó de hacerlos?
 9. Antes del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, especificar en qué fechas fueron realizados trabajos de mantenimiento al mencionado deportivo, detallar en qué consistieron, cuánto costaron los mencionados trabajos.
 10. ¿Cómo se llaman las empresas que realizaron los trabajos de mantenimiento realizados antes del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete y cuánto dinero se les dio en total por los trabajos referidos?
 
 RESPUESTA: La Subdirección de Sistema de Datos informó respecto al punto 1, que no cuenta con el dictamen del Deportivo Francisco J. Mujica, ubicado en el cruce de Candelaria Pérez y Calzada la Virgen.
 
 Respecto a los puntos 2 al 10, hizo del conocimiento que de conformidad con sus atribuciones establecidas en los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, y 10 de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, no se encuentra la relativa a emitir o conocer pólizas de seguro de algún inmueble, la estructura o los trabajos realizados en Deportivos, y sus respectivos costos, razón por la cual, sugirió al recurrente dirigir su solicitud ante la Alcaldía Coyoacán, proporcionando para tal efecto los datos de contacto respectivos.
  
 AGRAVIO: “… 3. Acto o resolución que recurre (2), anexar copia de la respuesta
 Se viola mi derecho a la información pública. Se vulnera mi derecho como ciudadano mexicano contemplado en el Artículo 6 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
 
 6. Descripción de los hechos en que se funda la inconformidad y fecha de presentación de la solicitud.(De no contar con folio de solicitud, adjuntar documento que acredite la existencia de la solicitud) La Comisión de Reconstrucción es la instancia que acompaña a la reconstrucción y rehabilitación de inmuebles dañados por el sismo del 19 de septiembre de 2017.
 
 7. Razones o motivos de la inconformidad
 Se viola mi derecho a la información pública. Se vulnera mi derecho como ciudadano mexicano contemplado en el Artículo 6 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
 …” (Sic)
 
 RESOLUCION: Desecha.
 COMENTARIO: Quitar de glosario nombre del recurrente. No hay transcripción en los antecedentes de la respuesta del SO. El pie de página no corresponde con el formato acordado (imagen del instituto). Revisar y ajustar documento a formato, letra y espacios acordados. Manejan por unanimidad la decisión cuando aún no se vota y pudiera existir discernimiento de algún Comisionado (a). Creo que se debió haber admitido y no prevenido pues se desprende de los hechos en los que funda su inconformidad que señala que para el recurrente la Comisión es la instancia para conocer de sus requerimientos, así que se debió entrar al fondo del asunto y estudiar su competencia. No se precisa en los antecedentes el computo del plazo de prevención (notificación, inicio y termino), lo cual considero debe precisarse pues se trata de un desechamiento por omisión de desahogar prevención."	Desechar	DESECHAR	Na	N/A	NA	NA	NA	N/A	N/A		2019	
21	MASMR	PONENCIA	2019-06-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1464/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"Solicitud: El particular requirió en modalidad electrónica, información por el periodo del 1 de diciembre de 2018 a la fecha de presentación de la solicitud respecto delos siguientes puntos:1.Número de inmuebles para reconstrucción que recibieron recursos para iniciar la obra, detallando la dirección, monto asignado y fecha de la liberación de los recursos.2.Número de inmuebles para reforzamiento que recibieron recursos para iniciar la obra, de tallando dirección, monto asignado y fecha de la liberación de los recursos.3.Solicitomonto total de los recursos que la nueva administración ha entregado a damnificados del sismo, por concepto de reconstrucción y reforzamiento.4.Porcentaje de avance que lleva la reconstrucción de la ciudad, detallando el mismo en el periodo de su interés.5.Número de familias damnificadas que han regresado a sus hogares (ya sea por edificio reconstruido o reforzado).
Respuesta: En respuesta, el sujeto obligado por conducto de su Unidad de Transparencia, informó que el sujeto obligado se encontraba procesando la información requerida y señaló que los avances de la reconstrucción serían publicados periódicamente en el portal oficial de la Comisión para la Reconstrucción, otorgando el vínculo para su acceso. 
Recurso de revisión: Inconforme con la respuesta, el particular interpuso recurso de revisión ante este Instituto, señalando su inconformidad con los términos de la respuesta, al considerar que la información requerida debía encontrarse en posesión del sujeto obligado al corresponder al periodo de la actual administración.
Litis: Entrega de datos que no corresponden con lo solicitado
"	Sobreseer por respuesta complementaria	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
22	MASMR	PONENCIA	2019-06-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	"RR.IP1614/2019
"	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"Sujeto Obligado.
 Alcaldía Benito Juárez
 ¿Qué solicitó el particular?
 “La Alcaldía Benito Juárez, a respuesta de la solicitud 040300036619 sobre la seguridad estructural del edificio sede de la Alcaldía, envió dos documentos con el título de “Forma de inspección post-sísmica. Evaluación Rápida” elaboradas y firmadas por dos Directores Responsables de Obra, sobre esos documentos se solicita:
 1) La constancia de seguridad estructural que en las recomendaciones de la evaluación rápida pidió se realizara el DRO-1042 Ing. Sergio R Vázquez Salas
 2) El documento donde se verificó la revisión de las columnas del área de desarrollo urbano (1er nivel) y del acceso al área de jurídico (2o. nivel) que fue solicitado por el DRO-1453 Ing. Arq. Eduardo Beristain G.
 3) Al acudir a este edificio, he comprobado por ser visibles a simple vista, que en varias columnas se hicieron perforaciones cilíndricas y luego fueron rellenadas con cemento o concreto, ¿me pueden informar por qué razón se tuvieron que hacer perforaciones en muchas de las columnas de este edificio? ¿Son para hacer pruebas de laboratorio? de ser por pruebas de laboratorio solicito copia de esas pruebas. ¿Fueron el refuerzo que necesitaban estas columnas? de ser el refuerso, solicito me envíen el cálculo realizado por el profesionista capacitado para hacerlo.
 4) Me envíen el documento elaborado y firmado, donde un profesionista capacitado técnica y científicamente haya determinado que el edificio de la Alcaldía, objeto de esta solicitud y de la 0403000036619, donde despacha el C. Alcalde, cuenta con la seguridad estructural para su ocupación cumpliendo con lo que para tal fin dispongan las Normas Técnicas, reglamentos, lineamientos y leyes vigentes para revisar la seguridad estructural de edificios en esta ciudad.
 5) La seguridad estructural de este edificio y la seguridad de todos sus ocupantes, después de los daños originados por el Sismo del día 19 de septiembre del 2017 ¿se respaldan únicamente con dos documentos con el título de “Forma de inspección post-sísmica. Evaluación Rápida” elaboradas y firmadas por dos Directores Responsables de Obra? ¿Existe otro estudio de laboratorio y/o algún otro documento, revisión, análisis, dictamen, Constancia de Seguridad Estructural, que la Alcaldía y/o Delegación Benito Juárez haya elaborado y/o haya ordenado elaborar, avalada por un profesionista capacitado técnica y científicamente para eso, para asegurarse de las condiciones de seguridad y estabilidad de la estructura de este edificio y/o la seguridad de sus ocupantes/visitantes? De existir el documento se solicita enviar copia del mismo, de no existir se solicita la declaración de inexistencia de esta información como lo marca la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, solicitando se envíe el Acuerdo correspondiente, se señale el servidor público responsable y el oficio enviado al órgano de control interno.” (Sic)
 ¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
 1) La constancia de seguridad estructural que en las recomendaciones de la evaluación rápida pidió se realizara el DRO-1042 Ing. Sergio R Vázquez Salas.
 Toda vez que como bien refiere el solicitante, se hicieron “recomendaciones” el documento con el que se cuenta es el denominado Formato de Inspección Post-Sísmica Evaluación rápida mismo que se anexa para mayor referencia.
 2) El documento donde se verificó la revisión de las columnas del área de Desarrollo Urbano, (primer nivel) y el acceso Jurídico (segundo nivel) que fue solicitado por el DRO 1456 Ing. Arq. Eduardo Beristaín G.
 De lo anterior se hace de su conocimiento que después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos del área a mi cargo y de conformidad con lo establecido en el artículo 219 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se hace de su conocimiento que no obra un documento con las características establecidas por el peticionario.
 3) Al acudir a este edificio, he comprobado por ser visibles a simple vista, que varias columnas se hicieron perforaciones cilíndricas y luego fueron rellenadas con cemento o concreto y ¿me pueden informar por qué razón se tuvieron que hacer perforaciones en dichas columnas de este edificio? ¿son para hacer pruebas de laboratorio? de ser por pruebas de laboratorio solicito copia de esas pruebas. ¿Fueron el refuerzo que necesitaban estas columnas? de ser el refuerzo, solicito me envíen el cálculo realizado por el profesionista capacitado para hacerlo.
 Visto el contenido, se considera pertinente citar el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6º, fracciones XIII,, XIV y XXV; 13 y 17 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, de los preceptos legales transcritos, se entiende que el derecho de acceso a la información pública es la prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados; así como aquella que documente todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencia o funciones, con la única excepción de aquella considerada información de acceso restringido en cualquiera de sus modalidades.
 Así mismo, se advierte que la información pública como documento está integrada por los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones, competencias y decisiones de los sujetos obligado, sus personas servidoras públicas e integrantes, sin importar su fuente o fecha de elaboración; dichos documentos, puede constar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico informático y holográfico.
 De conformidad con el contenido de las disposiciones legales antes citadas y después de analizar los requerimientos de información en estudio, se determina que el particular no pretende acceder a información pública preexistente, generada por algún Sujeto Obligado y contenida en algún documento impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico, que este Instituto tenga la obligación generar, administrar, obtener, adquirir, transformar o poseer en virtud del ejercicio de las facultades, funciones, competencias concedidos por la Ley, sino que pretende obtener es un pronunciamiento categórico respecto a una o varias situaciones que no se encuentran amparadas algún documento en generado, administrado o en nuestro poder de conformidad con nuestras atribuciones, lo que contraviene precisamente el contenido de la normatividad antes transcrita, en consecuencia únicamente se obtendría una declaración o un pronunciamiento de índole subjetivo, carente de fundamentación y motivación, siendo éstos requisitos esenciales en la emisión de todo acto de autoridad.
 En este sentido y atendiendo a la respuesta proporcionada por el área, el cuestionamiento del particular, implica que el Sujeto Obligado, emita pronunciamientos que incluso pueden producir consecuencias jurídicas, en perjuicio del propio Sujeto Obligado. En esta tesitura si bien el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, permite a los particulares obtener información que generen, administren o posean los Sujetos Obligados, siempre que la misma no tenga el carácter de acceso restringido, e incluso obtener información relativa a su funcionamiento y actividades que desempeñen, ello no debe llevarse al extremo de que satisfagan consultas sobre casos específicos que impliquen un pronunciamiento del interés de los particulares, pues esto traería como consecuencia jurídica, el tener que reconocer los efectos jurídicos que se produzcan con la respuesta, lo que rebasaría el alcance del derecho de acceso a la información pública, lo cual de ninguna manera puede constituir un planteamiento atendible por la vía del derecho de acceso a la información pública.
 4) La seguridad estructural de este edificio y la seguridad de todos sus ocupantes, después de los daños originados por el Sismo del día 19 de septiembre del 2017 ¿se respaldan únicamente con dos documentos con el título de “Forma de inspección post sísmica Evaluación Rápida” elaboradas y firmadas por dos Directores Responsables de Obra ¿existe otro estudio de laboratorio y/o algún otro documento, revisión, análisis, dictamen, constancia de seguridad estructural, que la Alcaldía y/o Delegación Benito Juárez haya ordenado elaborar, avalada por un profesionista capacitado técnica y científicamente para eso, para asegurarse de las condiciones de seguridad y estabilidad de la estructura de este edificio y/o la seguridad de sus ocupantes/visitantes? De existir el documento se solicita enviar copia del mismo, de no existir se solicita la declaración de inexistencia de esta información como lo marca la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, solicitando se envíe el Acuerdo correspondiente, se señale el servidor público responsable y el oficio enviado al órgano de control interno.
 De lo anterior después de analizar los requerimientos de información en estudio, se determina que el particular no pretende acceder a información pública preexistente, generada por algún Sujeto Obligado y contenida en algún documento impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico, que este Instituto tenga la obligación generar, administrar, obtener, adquirir, transformar o poseer en virtud del ejercicio de las facultades, funciones, competencias concedidos por la Ley, sino que pretende obtener es un pronunciamiento categórico respecto a una o varias situaciones que no se encuentran amparadas algún documento en generado, administrado o en nuestro poder de conformidad con nuestras atribuciones, lo que contraviene precisamente el contenido de la normatividad antes transcrita, en consecuencia únicamente se obtendría una declaración o un pronunciamiento de índole subjetivo, carente de fundamentación y motivación, siendo éstos requisitos esenciales en la emisión de todo acto de autoridad, así mismo respecto a la declaratoria de inexistencia toda vez que no se advierte el ingreso, registro o que se detente documento al que hace referencia en elos archivos de esta Alcaldía, razón suficiente para estar imposibilitados a declarar la inexistencia del mismo.
 […]” (Sic)
 ¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad)
 La respuesta a la presente solicitud de información, no entrega lo solicitado, pues de manera indebidamente fundada y motivada, anuncia que lo solicitado no obra en algún documento generado o en posesión el sujeto obligado y no puede ser atendido en ejercicio del derecho de acceso a la información, sin embargo, como puede constatar ese Instituto, las preguntas son precisamente sobre documentos que previamente entró la Alcaldía.
 Por la respuesta a la pregunta 1) informan erróneamente que no existe el documento porque solo fue una recomendación del DRO, pero fue la entonces delegación Benito Juárez la que solicitó se revisara el edificio y el DRO recomendó elaborar la Constancia de Seguridad Estructural, luego entonces, dicho documento debe existir, mas sin embargo, informan que no obra dicho documento, pero solo en la oficina del Asesor, cosa que no fue lo solicitado, ya que se solicitó a la Alcaldía, no solo al Asesor para la Reconstrucción en Benito Juárez, por tanto, la respuesta es indebidamente fundada y motivada, incongruente y no se realizó una búsqueda exhaustiva para dar certidumbre. Después de lo cual debió hacerse la declaración de inexistencia del documento, cosa que se omitió en perjuicio del derecho de acceso a la información.
 Respecto de la respuesta a la pregunta 2) solo anuncia el Asesor que no obra en su oficina el documento solicitado, pero de nueva cuenta, la negligencia y omisión de la Unidad Departamental de Transparencia, omite hacer una búsqueda exhaustiva para localizar el documento y/o la información respecto de la Alcaldía, no solo de la oficina de quien firma la respuesta, o sea que no contestan por la Alcaldía, solo por la oficina del Asesor, en perjuicio del derecho de acceso a la información.
 de la pregunta 3) de plano la califican totalmente mal y de forma indebidamente fundada y motivada, resuelven no proporcionar la información porque, según el Asesor y Comisionado para la Reconstrucción, se trata de una requerimiento que no versa sobre algún documento elaborado o en posesión de la Alcaldía, perdiendo de vista que fue la propia Alcaldía la que entregó el documento sobre el cual se hacen los requerimientos de información, por lo tanto, no es procedente los motivos y fundamentos que aplica, porque se basan en la premisa errónea de que no se requiere información que conste an algún documento en posesión del sujeto obligado, cosa que como se acredit, es errónea.” (Sic)
 ¿Qué resuelve el Instituto?
 Modifica
 COMENTARIOS: Pagina 18 si menciona la ampliación y fecha del cierre, le falta mencionar la fecha de notificación"	Modificar	POSITIVO	Seguridad	Estructura de edificio	SÍ	SÍ	NA	N/A	Entrega dela información solicitada		2019	
23	ARGG	PONENCIA	2019-06-26 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1473/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	Comisión de Reconstrucción Unidad de Transparencia Es de interés general para la sociedad y del solicitante en particular, conocer lo siguiente: 1. La estructura orgánica completa de la Comisión, incluyendo las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada persona servidora pública, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados. 2. El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, que brinden atención al público, incluyendo cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales. 3. El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, que manejen o apliquen recursos públicos incluyendo cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales. 4. El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, que realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base incluyendo cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales. 5. La remuneración mensual bruta y neta de todas las personas servidoras públicas de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración, en un formato que permita vincular a cada persona servidora pública con su remuneración. 6. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa. 7. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación. 8. La información curricular y perfil de los puestos de las personas servidoras públicas, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado.	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
24	JCBG	PONENCIA	2019-06-26 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1905/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	Se solicita atentamente que, quienes tengan competencia para responder la presente, informen; 1.- El edificio de la Alcaldía, que se ubica en Av. División del Norte No, 1611 colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310 a cuantas personas trabajadoras de base, eventual de honorarios y nómina 8 alberga? ¿Cuantos trabajan ahí? 2.- El artículo 203 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, hoy Ciudad de México textualmente señala: Artículo 203. La Secretaría y las Unidades de Protección Civil Delegacionales elaborarán por si o a petición de parte dictámenes técnicos de riesgo en materia de protección civil y el Instituto para la Seguridad de las Construcciones así como las áreas de obras de las delegaciones, elaborarán dictámenes técnicos de seguridad estructural de los sitios, inmuebles o actividades. Las observaciones que se realicen respecto a dicho estudio serán de cumplimiento obligatorio y deberán informarse al solicitante. Por lo anterior se solicita: a) Informar si la entonces delegación y/o la actual Alcaldía a cargo del C. Santiago Taboada Cortina, a través del área de Obras, elaboró el Dictamen técnico de estabilidad estructural del edificio indicado en el punto 1 de la presente solicitud, ya sea en razón de su obligación indicada en este artículo de la ley, y/o después del sismo del día 19 de septiembre del 2017; en caso positivo se solicita copia del dictamen técnico de estabilidad estructural del edificio en mención. b) Se solicita se informe si la Dirección Ejecutiva de Protección Civil y/o la Unidad de Protección Civil de la Alcaldía emitió y/o cuenta en sus archivos con el dictamen técnico de riesgo en materia de protección civil del edificio indicado en el puto 1 de la presente solicitud. En caso positivo informar los datos identificativos de este documento como su fecha de emisión, el área que la detenta y quien lo firma.	Revocar	POSITIVO	Obras y construcciones	Obras	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
25	ARGG	PONENCIA	2019-07-03 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1816/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"""SO: ALCALDÍA BENITO JUÁREZ

¿Qué solicitó el particular?: cual requirió en versión pública, se le informara de acuerdo con los resultados de los dictámenes de la sede de la Alcaldía Benito Juárez para comprobar la estabilidad de la estructura y su seguridad, después de lo ocurrido en el Sismo del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete: 
1. Se le informara si dicho edificio contaba con la estabilidad y seguridad estructural para su funcionamiento, y
2. Se le informara si cuenta con los equipos y medidas de seguridad para su funcionamiento que se indican en el Reglamento de Construcciones y sus normas técnicas complementarias, normas oficiales mexicanas, en aspectos como señalización, rutas de evacuación, extinguidores, mangueras hidrantes para combatir conatos de incendio, puertas con aditamentos o dispositivos para salidas de emergencia, programa interno de protección civil.

¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado? Proporciona información solicitada puede ser consultada de manera directa en sus oficinas, asimismo, refirió por medio de la Dirección de Ejecutiva de Protección Civil referente al segundo punto de la solicitud de información: 
• Que el inmueble cuenta con el número adecuado de extintores de acuerdo a los metros cuadrados de superficie con los que cuenta; 
• Que el inmueble cuenta con tuberías identificadas como: carga de alto voltaje, electricidad, fibra óptica y agua; 
• Que el inmueble cuenta con señalización y Avisos para Protección Civil, colocados de manera visible y cumplen las especificaciones de acuerde a la Norma Oficial correspondiente, se encontré también señalización correspondiente a: NO FUMAR y TELEFONOS DE EMERGENCIAS, las rutas de evacuación se encuentran totalmente libres de obstáculos y las puertas cuentan con barra de pánico.
En referencia al primero requerimiento de información la Dirección General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos, señaló que después de una búsqueda exhaustiva de la información en los archivos de dicha unidad administrativa no se encontró con la información solicitada.

¿Qué hizo el particular? RR señaló que la respuesta del Sujeto Obligado es ambigua e incongruente e incompleta, por la indebida fundamentación y motivación, en este sentido señaló que las unidades administrativas que a su dicho resultaban competentes señalaron no contar con la información, sin la declaratoria formal de inexistencia de la información.

¿Qué resuelve el Instituto? MODIFICA la respuesta emitida por el Sujeto Obligado, y se le ordena realice una búsqueda exhaustiva de la información en todas las unidades administrativas, y en caso de no contar con la información, emita por conducto de su Comité de Transparencia un acta en la cual confirme la inexistencia de la información solicitada por la particular, señalando de manera fundada y motivada las razones por las cuales no cuenta con la información, misma que deberá notificar al particular al medio señalado para recibir notificaciones.
Del estudio normativo realizado se observa que el objetivo de la constancia de revisión en materia de seguridad estructural es determinan la seguridad y el adecuado desempeño del edificio y que para la elaboración de las Constancias de Seguridad Estructural el propietario deberá seleccionar a un corresponsable con el con el nivel correspondiente al tipo de proyecto por diseñar estructuralmente.

En este sentido se observa que uno de los procedimientos que se realizan en materia de desarrollo urbano es el registro de constancias de seguridad estructural. 

En este sentido y del tratamiento realizado en la solicitud de información que nos compete se observa que la unidad administrativa señaló no contar con la información sin que se cumpliera con el procedimiento previsto en el artículo 217 de la Ley de Transparencia, referente a la obligación de notificar al recurrente un Acta del Comité de Transparencia del Sujeto Obligado, mediante la cual se fundara y motivara la inexistencia de la información.

Es importante señalar que la Ley de Transparencia, señala que los Sujetos Obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones. 

Asimismo, la Ley en la materia señala que en el supuesto de que la información no se encuentre en las áreas requeridas, el Comité de Transparencia deberá tomar las medidas necesarias para localizarla, y en el caso de que no sea localizada la información, deberá emitir una resolución fundada y motivada en la cual se confirme la inexistencia de la información solicitada, dicha determinación debe ser notificada al particular.
Es importante señalar que la función de la declaración de inexistencia es garantizar al solicitante que efectivamente se realizaron las gestiones necesarias para la ubicación de la información de su interés, y que éstas fueron las adecuadas para atender a la particularidad del caso concreto.

Por lo anterior se considera que el agravio manifestado por la recurrente es PARCIALMENTE FUNDADO.


Opinión.- De acuerdo con el sentido.""
"	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resoluciòn final		2019	
26	ARGG	PONENCIA	2019-07-03 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1921/2019	Alcaldia Xochimilco	Alcaldías	"SOLICITUD: “…
 Tras el sismo del 19 de septiembre de 2017, información en la que se detalle los inmuebles derrumbados localización metros cuadrados y propietario 
 
 Indicar si aun hay inmuebles afectados que necesiten derrumbarse, ubicación, metros cuadrados y propietario 
 
 Informar los decesos humanos ocurridos en xochimilco, edad, ubicación y motivo del deceso.
 …”(Sic).
 RESPUESTA: Oficio XOCH13-UTR-3072-2019
 
 “…
 Una vez analizado el contenido de su petición, le informo que ésta Alcaldía tiene como atribuciones dentro de sus respectivas jurisdicciones; temas de gobierno, administración, asuntos jurídicos, obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública, promoción, económica, cultural y deportiva respecto a la información que es de su competencia, es decir, aquella que fue generada por la misma. 
 
 Por lo anterior, se le notifica que la información respecto de la que requiere su acceso no obra en los archivos de esta Alcaldía ni pertenece al ámbito de su competencia, toda vez que el mismo no cuenta con atribuciones ni genera o detenta la información solicitada, lo que le impide pronunciarse expresa y categóricamente respecto de la misma; por lo que declara su notoria incompetencia.
 
 Ahora bien, con fundamento en los artículos 53 fracción XXIX y 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como el Numeral 10 fracción VII de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, su solicitud ha sido remitida a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado que se considera competente para atenderla, toda vez que requiere información de la cual deberá emitir pronunciamiento específico dentro del ámbito de sus atribuciones y facultades de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México,
 
 Por lo antes expuesto se informa el folio que le recayó a la remisión hecha vía Infornex: 
 Folio Sujeto Obligado 0117000039119 
 Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México 
 
 O bien, acudiendo a su Unidad de Transparencia, cuyos datos de contacto son los siguientes:
 
 Sujeto obligado: Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México 
 Domicilio Plaza de la Constitución No. 2, 3er Piso, oficina 320, Centro Histórico, C. P. 06068, Delegación Cuauhtémoc. Teléfono(s): 53458038 Ext, 126 
 Correo electrónico: ut.creconstruccion.cdmx@gmail.com
 …”(Sic).
 
 AGRAVIO: “…
 con el oficio XOCH13-UTR-3072-2019 transparencia Xochimilco me rechaza la solicitud, enviándola a la comisión para la reconstrucción, pero esos datos se encuentran en los archivos de protección civil Xochimilco.
 ...""(Sic).
 
 RESOLUCION: Modifica
 COMENTARIO: Dice “Alcandia”, Debe decir “las y los comisionados ciudadanos”, Quitar nombre del recurrente de la resolución, Pie de página no corresponde con el de la imagen del instituto previamente acordado, Ajustar formato de tamaño, tipo de letra y espaciado del documento a los previamente establecidos (notas pie de página, y transcripciones). Falta antecedente de turno de presidencia a ponencia. Precisar instrucción al SO respecto a que parte de la solicitud debe pronunciarse."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	NO	SÍ	NA	N/A	Realice una Nueva Busqueda		2019	
27	ARGG	PONENCIA	2019-07-03 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1786/2019	Procuraduria Social De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"SOLICITUD: “…
 Por medio de la presente solicitud de información pública, solicito a la Procuraduría Social de la Ciudad de México se me envíe la siguiente información: 
 
 1) Padrón de beneficiarios del Programa de Apoyo a la Autoorganización y Concertación Vecinal, incluyendo la dirección en dónde se llevó a cabo el apoyo y el tipo de apoyo en un formato de Microsoft Word o Microsoft Excel, incluyendo todos los datos que sean posibles: dirección, tipo de apoyo y fecha en la cual se recibió el apoyo para cada uno de los beneficiarios. 
 
 2) Lista de condominios inspeccionados por la Procuraduría Social (3200) indicando fecha de inspección y lugar de inspección para cada uno de los condominios inspeccionados. 
 
 3) Reporte de Actividades de Actos en U.H. y Condominios por el sismo del 19 de septiembre de 2017 del 19 de septiembre a la fecha de hoy, 3 de abril de 2019, incluyendo dirección, fecha, problemática por atender y servicio ofrecido, en un formato de Word o Excel. 
 
 4) Finalmente, con respecto a la publicación de los Lineamientos y Tabulador de Pagos de Proyectos de Rehabilitación y Reconstrucción para Inmuebles Afectados por el fenómeno sísmico del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete se establece que la Procuraduría Social de la Ciudad de México participará en las asambleas en las que se haga constar la selección de la persona física o moral que llevará a cabo el proyecto. Solicito se me envíe la lista completa, desde el 19 de septiembre de 2017 hasta el 3 de abril de 2019 la lista de todas las Asambleas Generales Ordinarias y las Asambleas Generales Extraordinarias, incluyendo día y dirección del condominio. Cabe señalar que en semanas pasadas llevé a cabo la misma solicitud de información, la cual no fue atendida por la instancia correspondiente, lo cual representa un incumplimiento de la normatividad correspondiente.
 …”(Sic).
 RESPUESTA: “…
 En relación al punto número 1 de su solicitud, hago de su conocimiento que esta Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio no ejerció u opero el ""Programa de Apoyo a la autoorganización y Concertación vecinal"", sin embargo, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal y articulo 11 de su Reglamento, colaboró y coadyuvó en la concertación de acuerdos de los predios enlistados en el Anexo 1, mediante las acciones de asesoría condominal, Acreditación de Convocatoria, Asesoría en Asamblea, Registro de Administrador. Se anexa al presento archivo electrónico denominado ""Anexo 1"", en formato Hoja de cálculo de Microsoft Excel (.xlsx) para su lectura.
 
 Por su parte, en relación al numeral 2 de su solicitud, se hace de su conocimiento que, con motivo del evento sísmico de fecha 19 de Septiembre de 2017, y ante la declaratoria del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, la Procuraduría Social a través de la Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio, dispuso la operación de acciones emergentes tendientes a conocer el estado de gravedad de los daños ocurridos a inmuebles, para ello, de manera presencial el personal de esta Unidad Administrativa, se inspeccionaron 3200 direcciones en las 16 delegaciones de la Ciudad de México, a efecto de recabar información objetiva que permitiera formular indicadores que auxilien a las distintas Entidades de la Administración Pública Local para realizar acciones concretas que desahoguen las necesidades extraordinarias provocadas por el temblor del día 19 de septiembre del 2017.
 
 A lo cual se captaron las necesidades descritas en el Anexo 2, anexo al presente archivo electrónico denominado ""Anexo 2"", en formato Hoja de cálculo de Microsoft Excel (.xlsx) para su lectura.
 
 En referencia al numeral 3 de su solicitud, las actividades realizadas en Materia de Reconstrucción se describen los anexos 3. Se Anexa al presente archivo electrónico denominado ""Anexo 3"" y ""Anexo 3.1"", en formato Hoja de cálculo de Microsoft Excel (xlsx) para su lectura.
 
 En lo que respectivo al numeral 4 de su solicitud, en término de la publicación de los Lineamientos denominados Lineamientos y Tabulador de Pagos de Proyectos de Rehabilitación y Reconstrucción para Inmuebles Afectados por el fenómeno sísmico del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, esta Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio colaboro en las Asambleas descritas en archivo electrónico anexo al presente.
 
 Se Anexa al presente archivo electrónico denominado ""Anexo 4"", en formato Hoja de cálculo de Microsoft Excel (.xlsx) para su lectura.
 …”(Sic).
 
 AGRAVIO: “…
 El día 10 de mayo de 2019 recibí respuesta a la presente solicitud de información. En el oficio adjunto firmado por el Lic. Ríos Figueroa se explica con detalles el tipo de respuesta y se refiere a varios archivos en Excel. Aunque parece ser que la respuesta es satisfactoria, los archivos adjuntos posiblemente se encuentren dañados, pues me fue imposible descargarlos del sistema (menciona un error de la red). Corroboré con otras solicitudes de información anteriores y no parece ser un problema de mi equipo, sino de los archivos. Por medio de este recurso de revisión les pido por favor me envíen por este medio o por correo electrónico los archivos correctos en los formatos que se mencionan en el oficio de respuesta. Sin más por el momento, agradezco mucho por su atención. Saludos
 ...""(Sic).
 
 RESOLUCION: Confirma
 COMENTARIO: Quitar nombre del recurrente en la resolución. Pie de página no corresponde con el de la imagen del instituto previamente acordado, Ajustar formato de tamaño, tipo de letra y espaciado del documento a los previamente establecidos (notas pie de página, y transcripciones). Falta antecedente de turno de presidencia a ponencia. Debe decir “las y los comisionados ciudadanos”"	Confirmar	NEGATIVO	Programas sociales	Programas sociales	SÍ	NO	NA	N/A	N/A		2019	
28	MASMR	PONENCIA	2019-07-17 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.1989/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"Sujeto Obligado.
 Alcaldía Benito Juárez
 ¿Qué solicitó el particular?
 “Al titular del área de Protección Civil 
 A la Directora General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos 
 A la Dirección General de Administración 
 ¿El edificio principal de la Alcaldía Benito Juárez, ubicado en Avenida División del Norte No. 1611 colonia Santa Cruz Atoyac reúne las condiciones mínimas que por ley debe tener, respecto de su seguridad estructural? 
 Favor de explicar y justificar detalladamente como tiene por acreditada la autoridad competente la seguridad estructural de este edificio y en que documentos se basa para tener por acreditado que es seguro el edificio para ser ocupado por sus trabajadores y visitantes 
 Otorgar el catálogo de conceptos y costo de cada uno de los trabajos y estudios técnicos realizados para reparar este edificio y sus instalaciones después de los daños ocasionados por el sismo del 19 de septiembre del 2017 
 Otorgar copia de los contratos y/o documentos con los cuales se da cuenta de los trabajos de reparación, remodelación, reforzamiento, estudios técnicos, proyectos realizados para, después del sismo del 19 de septiembre de 2017, rehabilitar este edificio para su posterior ocupación y funcionamiento como se encuentra actualmente ocupado y funcionando. 
 ¿Se hizo reclamación por los daños anteriores a alguna compañía de seguros? Indicar cual compañía aseguradora, números de pólizas de seguros, fechas de la reclamación, montos reclamados y montos pagados” (Sic)
 
 ¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
 “[…] En atención al oficio ABJ/CGG/SlPDP/UDT/854/19 de fecha 04 de abril de 2019, mediante petición registrada con el folio 0419000059519 de la información que a continuación se menciona:
 [Se reproduce la solicitud del particular]
 Al respecto, me permito informar lo siguiente:
 No se cuenta con el catálogo de los conceptos y costo de cada uno de los trabajos realizados para la reparación del edificio antes descrito.
 Por lo que respecta a los trabajos que se realizaron en el inmueble en cuestión. Fueron solamente estéticos y no de estructura, mismos que fueron absorbidos por la hoy Alcaldía; por lo que concierne a los trabajos de reforzamiento y estudios técnicos hasta el día de hoy, se sigue trabajando con la compañía aseguradora GMX y el despacho de CHARLES TAYLOR, S.A. DE. C.V. 
 Finalmente le informo que, con fecha 22 de septiembre de 2017, se realizó el reporte respecto a los daños ocasionados por el sismo del pasado 19 de septiembre de 2017, a la Compañía Aseguradora GRUPO MEXICANO DE SEGUROS S.A. DE C.V., con numero de póliza 01-2907000076-0000-01; por lo anterior, no se cuenta con un monto reclamado, ni pagado, toda vez que se continua en conciliación con el despacho de CHARLES TAYLOR, S.A DE C.V.[…]”.
 ¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad)
 “Se solicitó informar sobre los trabajos de reparación del edificio de la anterior delegación Benito Juárez, hoy Alcaldía y también informar detalladamente, como se tiene por acreditada la seguridad estructural del edificio, solicitando entregar copias de contratos y otros documentos que reflejen estas reparaciones y lo relacionado con la compañía aseguradora para la reclamación de pago de los daños, monto reclamado, monto pagado, etc.
 La respuesta es ambigua y no proporciona la información y copias requeridas, y esta indebidamente fundamentada y motivada, porque no puede ser que no tengan la información solicitada ya que se hicieron todos los trabajos de reparación del edificio y supuestamente sin contar con estudios técnicos y proyectos para estos trabajos y para solicitar el pago a la compañía aseguradora” (Sic) 
 Razones o motivos de la inconformidad
 “El dar información ambigua, incongruente, mal fundamentada y motivada, lesiona mi derecho de acceso a la información solicitada”. (Sic)
 
 ¿Qué resuelve el Instituto?
 MODIFICA la respuesta emitida por el sujeto obligado y se le ordena que emita una nueva
 Comentarios. Párrafo segundo pag 33, error de ortografía, formato de firmas"	Modificar	POSITIVO	Obras y construcciones	Información de una construcción	SÍ	SÍ	NA	N/A	Se entregue la información de los trabajos estéticos que se llevaron a cabo para reparar los daños ocasionados por el sismo del 19 de septiembre de 2017,		2019	
29	MASMR	PONENCIA	2019-08-07 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	"""RR.IP.2669/2019"	Centro De Comando, Control, Computo, Comunicaciones Y Contacto Ciudadano	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"""10) RR.IP. 2669/2019 CENTRO DE COMANDO, CONTROL…CIUDADANO
SOLICITUD: Descripción de la solicitud:
“copia del estudio de mercado , de la requisición del área usuaria , de la autorización del sub comité de adquisiciones y del caso con su expediente completo , revisión de bases que realizo las contralorías internas al respecto de esta nueva compra , compatibilidad que tiene la nueva tecnología con la anterior que se pagó en promedio 650 mil pesos por poste cámara equipo dVR y back Up, copia del expediente en la contraloría general por la compra de las cámaras existentes / en tanto a la agencia digital si solo fue simulación el laboratorio contra la corrupción que ha hecho su contraloría interna al respecto y qué interés tiene en participar o razones para intervenir en esta nueva compra , los postes podrían contar con alto parlantes tipo zunami o temblor para alto alcance , pagaran otra vez en dólares y con sobre precios multimillonarios estas nuevas cámaras o sus accesorios como ya sucedió y lo encubrió la contraloría general / ya se pusieron de acuerdo con seguritech para el nuevo pedido después de que hizo el mega fraude con las alarmas vecinales., al igual que el EDO rentando sus 10 mil cámaras en 630 mil pesos cada una hizo grande en guerrero y otros estados o delegaciones / estarán las bases direccionadas para no variar.” (Sic) 
RESPUESTA: “Estimado Usuario del Sistema 
P r e s e n t e
Le envío en anexo la respuesta a su solicitud.
Atentamente
Unidad de Transparencia del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.” (Sic) 
Adjunto a la respuesta, el sujeto obligado remitió oficio C5/CG/UT/865/2019, de fecha 17 de junio de 2019, dirigido al solicitante y suscrito por la Responsable de la Unidad Transparencia, a través del cual manifestó lo siguiente:
“[…] Al respecto, me permito informarle que mediante oficio C5/DGAF/CRMAS/599/2019 la Coordinación de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios, área adscrita a la Dirección General de Administración y Finanzas, informó a esta Unidad de Transparencia lo subsecuente:
“SOLICITUD
copia del estudio de mercado , de la requisición del área usuaria , de la autorización del sub comité de adquisiciones y del caso con su expediente completo , revisión de bases que realizo las contralorías internas al respecto de esta nueva compra , compatibilidad que tiene la nueva tecnología con la anterior que se pagó en promedio 650 mil pesos por poste cámara equipo dVR y back Up, copia del expediente en la contraloría general por la compra de las cámaras existentes / en tanto a la agencia digital si solo fue simulación el laboratorio contra la corrupción que ha hecho su contraloría interna al respecto y qué interés tiene en participar o razones para intervenir en esta nueva compra , los postes podrían contar con alto parlantes tipo zunami o temblor para alto alcance , pagaran otra vez en dólares y con sobre precios multimillonarios estas nuevas cámaras o sus accesorios como ya sucedió y lo encubrió la contraloría general
RESPUESTA
Después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Coordinación a mi cargo, se informa que, a la fecha no se ha iniciado procedimiento alguno para la adquisición de nuevas cámaras, por lo tanto no se cuenta con la información solicitada.
SOLICITUD
(…) en tanto a la agencia digital si solo fue simulación el laboratorio contra la corrupción que ha hecho su contraloría interna al respecto y qué interés tiene en participar o razones para intervenir en esta nueva compra
RESPUESTA
Dicha información no se encuentra dentro del ámbito de competencia de esta Coordinación a mi cargo.
SOLICITUD
(…) ya se pusieron de acuerdo con seguritech para el nuevo pedido después de que hizo el mega fraude con las alarmas vecinales., al igual que el EDO rentando sus 10 mil cámaras en 630 mil pesos cada una hizo grande en guerrero y otros estados o delegaciones / estarán las bases direccionadas para no variar
RESPUESTA
Se reitera que, a la fecha, este Centro no ha iniciado procedimiento alguno para la adquisición de nuevas cámaras. No obstante, en lo que respecta al ámbito de competencia de esta Coordinación a mi cargo, todo procedimiento que se llegue a efectuar para la adquisición de nuevas cámaras, se llevara a cabo conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.” (Sic)
Asimismo, la Dirección General de Administración de Tecnologías, mediante oficio C5/CG/DGAT/0445/2019 informó a esta Unidad de Transparencia lo siguiente:
“Al respecto la Dirección General de Administración de Tecnologías, en el marco de sus funciones y atribuciones informa lo siguiente:
Para dar atención al requerimiento de la solicitud que señala: “…compatibilidad que tiene la nueva tecnología con la anterior”… (Sic), me permito informarle que a la fecha no se ha adquirido nuevo equipo tecnológico (cámaras), por lo tanto, no se cuenta con la compatibilidad que tiene estas mismas con la tecnología anterior.
Para dar atención al requerimiento de la solicitud que señala: “…los postes podrían contar con alto parlantes tipo zunami o temblor para alto alcance” … (Sic), me permito informarle que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México cuenta con 15,310 Sistema Tecnológicos de Videovigilancia STV`s (cámara, botón de auxilia o altavoz) de los cuales 12,354 cuentan con altavoz, mismos por los que se transmiten distintos mensajes a la población, entre ellos, la señal de la alerta sísmica generada por el Sistema de Alerta Sísmica Mexicano.” (Sic)
Derivado de lo referido con antelación y por lo que hace a: “…revisión de bases que realizo las contralorías internas al respecto de esta nueva compra… copia del expediente en la contraloría general por la compra de las cámaras existentes / en tanto a la agencia digital si solo fue simulación el laboratorio contra la corrupción que ha hecho su contraloría interna al respecto y qué interés tiene en participar o razones para intervenir en esta nueva compra…” (Sic), corresponde a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, así como a la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, por ser un asunto que se encuentra dentro del ámbito de su competencia, es así que en términos del artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se orienta a que presente su solicitud a las Unidades de Transparencia de la Secretaría de la Contraloría General y a la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México.
A efecto de que sea atendida su solicitud por dicho sujeto obligado, se le envían los siguientes datos de contacto:
[Se insertaron datos de contacto de los sujetos obligados referidos]
[…]” (Sic)

AGRAVIO: “1 Todo lo SOLICITADO de la administración pasada y de esta, sobre las compras de cámaras de poste y su equipamiento no procede su reserva ni su oculta miento y eso incluye las nuevas de la central de abasto que licito el C5, de la revisión de bases ya sabemos que su contralora interna de jefatura no las hizo indebidamente y ya está denunciada. 2 Donde se encuentran las cámaras no se solicitó la dirección exacta de cada una, solo un mapa para determinar por alcaldía cuantas hay. 3 La marca y modelo y costo, a simple vista se ve en las cámaras 2 modelo, lo interesante es que si valen 4,403 DÓLARES cada una se instalaran 5 por cada poste, estamos con que en cada poste a ese precio y del equipo interno un DVD, modem y Back Up son públicos los precios de estos en la calle, más lo que no nos puede explicar cómo es que estos nos costaron 19 mil dólares cada uno, si en Veracruz costaron 150 mil pesos cada poste cámara y todo 4 las cámaras que reporta son de la segunda compra, olvido informar de la primera compra 5 las bocinas encada poste tipo steren cuanto nos costaron porque no funcionan y no informo 6 Entrego solo información e incompleta de la administrador pasada y de esta oculta todos sobre las cámaras licitadas del C5 para la central de abasto 7 véase el doc adjunto, NOTA: por lo tanto procede el recurso” (sic)

El recurrente acompañó a su recurso lo siguiente:

• Oficio de respuesta relativo a la solicitud con número de folio 0303100006713.
• Oficio de respuesta a la solicitud de información de mérito, cuyo contenido fue referido previamente.

RESOLUCION: Desechamiento por improcedente
COMENTARIO: El sujeto obligado señalado en los rubros de las páginas así como el número de expediente no corresponde con el señalado en la resolución que nos atiende. Los antecedentes se tratan como Resultandos lo cual no es lenguaje ciudadano. Este asunto debió haberse desechado mediante acuerdo pero previa prevención realizada al recurrente y no mediante resolución, por lo que se viola la garantía de audiencia y debido proceso del recurrente.
""
"	Desechar	DESECHAR	Na	N/A	NA	NA	NA	N/A	Desechar		2019	
30	ARGG	PONENCIA	2019-09-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.2851-2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"Conforme a un oficio específico otorgado en respuesta de la solicitud de información 0419000059519, relativa al edificio principal de la Alcaldía Benito Juárez, y los
daños después del sismo del 19 de septiembre de 2017, así como sus reparaciones, costos y reclamación a la compañía de seguros contratada para pagar daños en este edificio:
1.- Listado de cada uno de los conceptos de los trabajos efectuados para reparar el edificio principal de la Alcaldía, indicando unidades de medida de obra ejecutada, cantidad de obra ejecutada en cada concepto, precio unitario e importe en pesos.
2.- ¿A cuánto ascendió el costo de los trabajos de reparación indicados en el punto anterior?
3.- Informar a detalle en qué consisten los trabajos, acciones, reclamaciones o información, en relación con la compañía aseguradora GMX y el despacho Charles Taylor, S.A. de C.V., y otorgar copia de la documentación que acredite esa información.
4.-Copia del reporte respecto de los daños ocasionados por el “sismo del 19 de septiembre de 2019” (Sic)."	Revocar	POSITIVO	Reconstruccion	Inmuebles dañados	NO	SÍ	NA	N/A	Revocar la respuesta		2019	
31	EBPH	PONENCIA	2019-09-25 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3173/2019	Secretaria De Salud	Administración Pública Central	"""Sujeto Obligado.
Secretaría de Salud
¿Qué solicitó el particular?
“…
toda la información del portal de la secretaría de salud esta actualizada? 
favor de incluir las politicas de transparencia proactiva realizadas y su vinculacion con sus redes sociales. …” (Sic)
¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
“…
Respecto a """"toda la información del portal de la secretaria de salud esta actualizada? Se informa que el Portal de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México se encuentra en permanente actualización respecto a datos, noticias e información de la dependencia, así como de las actividades que ésta realiza. Hay secciones y apartados que aún se encuentran en proceso de actualización y reajuste. 

En relación a """"favor de incluir las políticas de transparencia proactiva realizadas y vinculación con sus redes sociales."""" se informa que las políticas de transparencia proactiva, la Oficina de Enlace de Comunicación Social de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México difunde, comparte y genera información de acuerdo a los """"Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público, y para la emisión y evaluación de las políticas de Transparencia Proactiva"""" establecidos en el Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT18/03/2016-04, que se puede encontrar en el siguiente enlace electrónico,  del  Diario  Oficial  de  Federación: 
http://www.doLgob.mx/D0Fmobile/nota_detalle_popup.php?codigo=5433279, 
con fundamento en los artículos 31, fracción I, de la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. El Dictamen que emite la Comisión de Gobierno Abierto y Transparencia Proactiva del Sistema Nacional de Transparencia sobre dichos lineamientos fue presentado, sometido a discusión y aprobado en la primera Sesión Extraordinaria, celebrada el 18 de marzo de 2016. 

Ahora bien, su vinculación con las redes sociales la transparencia proactiva se establece mediante la estrategia de difusión para proporcionar información a la población de la Ciudad de México de forma preventiva o de acciones de relevancia de esta dependencia, toda vez que la utilización de las redes sociales digitales (Facebook, Twitter, Instagram o YouTube) por su gran efectividad costo -beneficio así como la prontitud de respuesta multidireccional tanto con instituciones como con las personas usuarias de las mismas. 

Cabe destacar que, de acuerdo a los mencionados Lineamientos, se establece como transparencia proactiva: 

El conjunto de actividades que promueven la identificación, generación, publicación y difusión de información adicional a la establecida con carácter obligatorio por la Ley General, que permite la generación de conocimiento público útil con un objeto claro enfocado en las necesidades de sectores de la sociedad determinados o determinables. 

En ese tenor de ideas, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México. entre las publicaciones se destaca la información preventiva, como recomendaciones por parte de profesionales de la salud que ayudan a la población a evitar alguna enfermedad o situación que la puedan provocar como el frío, las lluvias o el calor; acciones de política pública, se comparten eventos donde participen funcionarios de la SEDESA que tengan relación con administración de recursos, convenios con otras instituciones o instrucciones de la Jefa de Gobierno, esto para tener una postura clara de lo que realiza la actual administración, incluso para convocar a las campañas permanentes a nivel local y federal tales como las Semanas Nacionales de Salud; situaciones de emergencia, se mantiene constante monitoreo de otras instituciones relacionadas con la prevención de desastres naturales como el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM EX), el Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, Centro de Instrumentación y Registro Sísmico, A. C. (SASMEX), El Meteorológico Nacional, la Coordinación Nacional de Protección Civil o la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. 

Lo anterior con el objetivo de enlazar las acciones preventivas y de acción en dado caso de ser necesario ante algún desastre natural; también se usan para conmemorar fechas de relevancia para la secretaría como efemérides mundiales (declaradas por la Organización Mundial de la Salud) o locales; asimismo, su utilización de redes sociales se encamina en la resolución de problemas y acercamiento con la ciudadanía desde quejas hasta solicitudes de información de interés como horarios de atención. Todo esto en cumplimiento del mandato de la Jefa de Gobierno, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, quien lo dio por manifiesto durante su discurso de toma de protesta el 5 de diciembre de 2018, donde se debe tener un gobierno transparente y cercano a la gente. 

La coordinación de las estrategias de todas las secretarías del actual gobierno de la Ciudad de M éxico se realiza desde la Dirección de Comunicación Ciudadana donde se evalúa el contenido y el apoyo mutuo entre las dependencias para enlazar a las personas usuarias y fortalecer el vínculo institucional. 

El marco legal de actuación está respaldado por la modificación de los Numerales Octavo, Décimo Primero, Décimo Quinto y Décimo Sexto de los """"Lineamientos para Determinar los Catálogos y Publicación de Información de Interés Público"""" del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales publicadas el 23 de enero de 2018. Se establece que: 

Punto 22. """"[...] uno de los principios que deben regir los procedimientos en materia del derecho de acceso a la información es la expedites, dentro de lo cual es claro que debe estar incluido el procedimiento a través del cual se apruebe que cierta información cumple con las características de interés público, de tal forma que amerite su publicación como obligación de transparencia porque finalmente, más allá de los trámites que deban seguirse, constituirán insumos con los cuales se contribuirá a garantizar el derecho de acceso de información a las personas, ahondando en el principio de publicidad y de máxima publicidad"""". 

Punto 23. """"[...] a la característica de expedites que deben reunir los procedimientos de acceso a la información, agrega la sencillez, que implica que el procedimiento no ofrezca dificultad alguna. Por tanto, por analogía, los procedimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, también deben sujetarse a ese mismo espíritu"""".

Punto 28, """"Que resulta importante que dentro de tos supuestos con los que cuentan los sujetos obligados para identificar información de interés públicos se incorpore a los mecanismos de participación ciudadana, como instrumentos para promover e impulsar la participación social que permita la identificación de información relevante o beneficiosa para la sociedad y que resulte útil para el público en general respecto a las actividades de los sujetos obligados
. 
De igual manera, se entiende el Gobierno Abierto como """"un es un esquema de gestión y de producción de políticas públicas orientado a la atención y la solución colabora tiva de los problemas públicos con base en colegiados plurales y, en cuyo trabajo, convergen la transparencia y la participación ciudadana como criterios básicos, en un ambiente de rendición de cuentas e innovación social"""", desde la perspectiva del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos °NAO, con la intención de garantizar la transparencia y la participación ciudadana en un ambiente de rendición de cuentas e innovación social con las fases implementadas por dicha institución: 

• Detección de información mediante la implementación de mecanismos de participación de la población; • Definición del tema, población a la que se dirige, problemática que atiende, demanda o necesidad de información que resuelve; • Identificación de contenidos existentes o cuya construcción es necesaria; • Acopio, sistematización y categorización de la información; • Generación, publicación y difusión de conocimiento público útil; • Diseño de herramientas e indicadores de medición de reutilización e impacto de la información proactiva; y • Verificación. 

El marco normativo también corresponde a los Artículos Octavo, Noveno y Décimo Segundo de la Ley General de Comunicación Social: 

Artículo 8°.- Las Campañas de Comunicación Social, deberán: 
I. Promover la difusión y conocimiento de los valores, principios y derechos constitucionales; 
III. Informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones legales, de aspectos relevantes del funcionamiento de los sujetos obligados, y de las condiciones de acceso y uso de los espacios y servicios públicos; 
VI. Difundir las lenguas nacionales y el patrimonio histórico de la Nación; 

Artículo 9°.- Además de lo previsto en el artículo 21 de esta Ley, no se podrán difundir Campañas de Comunicación Social, cuyos contenidos: 
II. Incluyan mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales; 

Artículo 12'.- Se procurará que las Campañas de Comunicación Social se transmitan en versiones y formatos accesibles para personas con capacidades diferentes. 

Las Campañas de Comunicación Social deberán considerar el uso de la Lengua de Señas Mexicanas por medio de un intérprete, subtitulaje, así como de textos o tecnologías que permitan el acceso a los contenidos de Comunicación Social en televisión a las personas con discapacidad auditiva.

En comunidades indígenas, se procurará que las Campañas de Comunicación Social se difundan en la lengua o las lenguas correspondientes. 

Esto con la intención de satisfacer los requerimientos de la población de información mediante las redes sociales digitales, que los mensajes sean claros, incluyentes y accesibles para personas con discapacidad. Para lo cual, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), estableció un Manual de Lenguaje Incluyente para facilitar la redacción de mensajes para las áreas de Comunicación Social o equivalentes que se aplica en comunicados, boletines, tarjetas informativas y, claro, redes sociales. 

Finalmente, por instrucciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con base en el expediente de Amparo en Revisión 1005/2018, se enuncia: el bloqueo de cuentas de civiles (Facebook, Twitter, Instagram, YouTube u otras) por parte de personas servidoras públicas """"atenta contra los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de la ciudadanía""""; recomendación que se aplica a nivel Federal y local. 
…"""" (Sic).
¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad)
“…
mal redactaron un monton de párrafos que son paja, para no decir absolutamente nada 
Razones o motivos de la inconformidad
si solicito información es porque la necesito, porque planeo utilizarla, pero si no me la dan limitan mis actividades y la posibilidad de generar participación ciudadana (pedí se me dieran y explicaran sus políticas de transparencia proactiva, información relevante de esa institución, así como su vinculación con sus redes sociales). es una lástima que existan este tipo de respuestas mal hechas y negligentes 
…” (Sic)
¿Qué resuelve el Instituto?
Modifica
""
"	Revocar	POSITIVO	Acceso a documentos	Transparencia y acceso a la información	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
32	EBPH	PONENCIA	2019-10-16 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3463/2019	Instituto Local De La Infraestructura Fisica Educativa De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	SOLICITUD: el particular solicitó diversa información referente a la reparación, dictámenes de seguridad estructural, fecha fijada para el regreso a clases, entre otras, de la primaria Grecia ubicada en la Alcaldía de Xochimilco	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Protección civil	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
33	JCBG	PONENCIA	2019-10-23 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3465/2019	Instituto Local De La Infraestructura Fisica Educativa De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"1.Se informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de lasafectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.2.Los dictámenes de seguridad estructural posteriores al 19 de septiembre de2017 a la fecha.3.Se de a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las
reparaciones de la escuela.
4.La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel.
5.El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones.
6.El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de lacomunidad escolar.
7.El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela.
8. Se informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado
algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías.
Finalmente, señaló que en caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada, se realizara la entrega de la documentación en versión pública digitalizada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico señalado para tales efectos."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Reconstrucción	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
34	JCBG	PONENCIA	2019-10-31 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3695/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"SOLICITUD:1.        Dictamen de Seguridad Estructural de la escuela particular Instituto Ovalle Monday, plantel Torres Lindavista, derivado del temblor sucedido el pasado diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, en la que se señale el número de alumnos. 2.        Si es facultad de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de la Alcaldía Gustavo A. Madero o de quién es facultad corroborar el número de alumnos que consta en el permiso de la Secretaría de Educación Pública. /RESPUESTA: •        Las facultades de la Comisión se encuentran delimitadas en los artículos 4, 5, 6 7, 8, 9 y 10, de la Ley para la Reconstrucción de la Ciudad de México, en ese sentido no cuenta con la facultad de emitir Dictámenes de Seguridad Estructural.

•        No obstante lo anterior, con la finalidad de cumplir con el principio de máxima publicidad y exhaustividad, después de una búsqueda en los archivos de esta comisión, se le informa que en la Plataforma CDMX de la Comisión para la Reconstrucción que puede ser consultado en la siguiente liga electrónica https://www.plataforma.cdmx.gob.mx/censos/censo-de-planteles-educativos-afectados-sep-sedu, obtiene acceso de manera libre al Censo de Plateles Educativos afectados por el sismo del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, tal y como se describe a continuación con las siguientes capturas de pantalla de dicho portal. •        La información se encuentra en formato amigable, es decir en PDF mismo que podrá ser descargado de manera directa en la siguiente la electrónica https://www.plataforma.cdmx.gob.mx/storage/app/archivos/paginaid-5/catid151/828f720439cefaeb3acc7a7babce0a28abaa07a3.pdf.

•        Sin embargo, la Comisión de Reconstrucción no cuenta con el dictamen de dicha institución educativa ni documento que coincida en sentido y naturaleza con lo solicitado por lo que se le orienta al peticionario que acuda a la Unida de Transparencia del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México, lo anterior con fundamento en el artículo 5 fracción XVIII, de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones ente encargado de emitir y administrar dicha información, con los siguientes datos de contacto:

Responsable de la Unidad de Transparencia. Lic. Lucina Durán Calero.
Dirección: José María Izazaga Número 89, Mezzanine, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090 /RECURSO: •        No se está de acuerdo con la respuesta, ya que tanto la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda como la Alcaldía Gustavo A. Madero, respondieron que es competencia de la Comisión proporcionar el dictamen solicitado, por lo que nuevamente solicita el Dictamen de Seguridad Estructural de la escuela particular Instituto Ovalle Monday, plantel Torres Lindavista, derivado del sismo sucedió el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, en el que se señale el número de alumnos.   /RESOLUCIÓN:Confirma: Al respecto, de la revisión practicada a la respuesta, se desprende que el Sujeto Obligado actuó acorde con lo señalado en el párrafo que antecede, toda vez que orientó a la parte recurrente a efecto de presentar su solicitud ante la Unidad de Transparencia del Instituto para la Seguridad de las Construcciones, proporcionando los datos de contacto para tal efecto.
 /COMENTARIOS : ¿No le faltó remitir? Al ser plantel de educación privada no procede orientar al ILIFE, pero ¿no procedería orientar también a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México que supervisa a las escuelas privadas? Revisar :https://www2.aefcm.gob.mx/normateca/disposiciones_normativas/AEFCM/Oficio_Circular_AEFCM_004_2018.pdf"	Confirmar	NEGATIVO	Obras y construcciones	Reconstrucción	SÍ	NO	NA	N/A	N/A		2019	
35	JCBG	PONENCIA	2019-11-06 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3775/2019	Alcaldia Xochimilco	Alcaldías	Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito: 1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017. 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha. 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia. 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia. Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com	Sobreseer	POSITIVO	Reconstruccion	Afectaciones del sismo 2019	SÍ	SÍ	NA	N/A	N/E		2019	
36	JCBG	PONENCIA	2019-11-06 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3770/2019 Y ACUMULADOS	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito: 1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017. 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha. 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia. 4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia. 7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia. 8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías. Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Afectaciones del sismo 2019	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
37	MASMR	PONENCIA	2019-11-13 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	"""RR.IP. 3749-2019 """	Alcaldia Xochimilco	Alcaldías	""" “Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito: 1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017. 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha. 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia. 4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia. 8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías. Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: (…)” (Sic) """	Sobreseer	POSITIVO	Reconstruccion	Educación	NO	SÍ	NA	N/A	N/A		2019	
38	JCBG	PONENCIA	2019-11-13 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4100/2019	Instituto De Vivienda De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Requirió el padrón de beneficiarios del programa Entrega de Apoyos a laOcupación Temporal parala Reconstrucción de Viviendas Dañadas, del año 2017.	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Padrones entrega de programas	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
39	MCNP	PONENCIA	2019-11-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	3747	Secretaria De Educacion, Ciencia, Tecnologia E Innovacion	Administración Pública Central	Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito://1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.//2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha.//3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia.//4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. //5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones.//6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia.//7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia.//8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías.//Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico://wrathchild@me.com	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resoluciòn final		2019	
40	EBPH	PONENCIA	2019-11-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3798/2019	Alcaldia Iztacalco	Alcaldías	Solicite la lista de unidades habitacionales que la directora de desarrollo social valido de octubre adiciembre de 2018 para que fueran beneficiadas, los requisitos que cumplieron y presupuesto asignado,ubicacióndecada unidad y trabajos realizados	Revocar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Unidad habitacional	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
41	EBPH	PONENCIA	2019-11-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3813/2019	Alcaldia Miguel Hidalgo	Alcaldías	Solicite la lista de unidades habitacionales que la directora de desarrollo social valido de octubre adiciembre de 2018 para que fueran beneficiadas, los requisitos que cumplieron y presupuesto asignado,ubicacióndecada unidad y trabajos realizados	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	Unidad habitacional	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolucion final		2019	
42	MCNP	PONENCIA	2019-11-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	3772	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"""Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito:71. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017./2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha./3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia./4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. /5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones./6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia./7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia./8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías./Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com """	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
43	JCBG	PONENCIA	2019-11-20 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4110/2019	Secretaria Del Trabajo Y Fomento Al Empleo	Administración Pública Central	El padrón de beneficiarios del programa Entrega de Apoyos a laOcupación Temporalpara la Reconstrucción de Viviendas Dañadas, delaño 2017.	Ordenar y dar vista	POSITIVO	Reconstruccion	Padrones	SÍ	SÍ	NA	N/A	Entregar la información solicitada		2019	
44	MASMR	PONENCIA	2019-12-04 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4429/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"4429
Solicitud: “En apego a la ley de transparencia, solicito saber el monto destinado a la reconstrucción de viviendas afectadas por el sismo de septiembre de 2017 y el total de donaciones que recibió el gobierno de la Ciudad de México en ese año por motivo del sismo.” (Sic)

Acto que se recurre:
“La Ciudad de México no respondió a mi solicitud en el tiempo indicado, tampoco 
pidió prórroga. Dado que la información que solicité es pública y de interés público, solicito se de revisión al asunto y que el organismo correspondiente de respuesta a mi solicitud.” (Sic).

Se desecha por nompresentar desahogo de prevención"	Desechar	DESECHAR	Na	N/A	NA	NA	NA	N/A	N/A		2019	
45	MCNP	PONENCIA	2019-12-04 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3752	Secretaria De Gestion Integral De Riesgos Y Proteccion Civil	Administración Pública Central	"""Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito:/ 1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017./ 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha./ 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia./ 4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. / 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones./6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia./7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia./8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías./Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com """	Sobreseer	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
46	EBPH	PONENCIA	2019-12-18 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3753/2019	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	"""Solicitud:
Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito:
1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.
2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha.
3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia.
4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel.
5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones.
6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia.
7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia.
8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías.
Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico.

Respuesta:
El sujeto obligado informó que informa que después de hacer una búsqueda exhaustiva y razonable en los archivos de este sujeto obligado,  no se encontró información alguna que  coincidiera con la naturaleza y sentido a la solicitud de información.

Recurso de revisión:
La persona recurrente señaló que el sujeto obligado no acreditó haber realizado una búsqueda exhaustiva.

Resolución:
Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado y se le ordena emita una nueva en la que:

• Realice una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas a efectos de emitir un pronunciamiento debidamente fundamentado y motivado en el que informe a la parte recurrente lo siguiente:
 
a) El estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.
b)  Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha.
c) El avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia.
d) La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel.
e) El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 
f) El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia.
g) El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia.
h)  Informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, entregue copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías

• Remita la solicitud de información pública a través de los correos institucionales a los  siguientes Sujetos Obligados: Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Gobierno, Jefatura de Gobierno y  Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y de cuenta de la remisión al medio indicado por la parte recurrente para oír y recibir notificaciones."""	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resoluciòn final		2019	
47	MASMR	PONENCIA	2019-12-18 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4409/2019	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	"""Solicitud:
Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito:
1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.
2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha.
3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia.
4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel.
5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones.
6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia.
7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia.
8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías.
Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico.

Respuesta:
El sujeto obligado informó que informa que después de hacer una búsqueda exhaustiva y razonable en los archivos de este sujeto obligado,  no se encontró información alguna que  coincidiera con la naturaleza y sentido a la solicitud de información.

Recurso de revisión:
La persona recurrente señaló que el sujeto obligado no acreditó haber realizado una búsqueda exhaustiva.

Resolución:
Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado y se le ordena emita una nueva en la que:

• Realice una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas a efectos de emitir un pronunciamiento debidamente fundamentado y motivado en el que informe a la parte recurrente lo siguiente:
 
a) El estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017.
b)  Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha.
c) El avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia.
d) La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel.
e) El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 
f) El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia.
g) El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia.
h)  Informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, entregue copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías

• Remita la solicitud de información pública a través de los correos institucionales a los  siguientes Sujetos Obligados: Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Gobierno, Jefatura de Gobierno y  Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y de cuenta de la remisión al medio indicado por la parte recurrente para oír y recibir notificaciones."""	Sobreseer	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	NO	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
48	EBPH	PONENCIA	2019-12-18 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.3773/2019 Y RR.IP.4776/2019	Alcaldia Xochimilco	Alcaldías	"RR.IP.3773/2019 y ACUMULADOS
Sujeto Obligado.
Alcaldía Xochimilco
¿Qué solicitó el particular?
“…
Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito: 1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017. 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha. 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia. 4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia. 7. El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela Grecia. 8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las separaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías. 
Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la 
entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com
…” (Sic)
3776

“…
Con relación a la escuela Primaria Grecia ubicada en la calle Tercera Cerrada de Mariano Abasolo, Colonia Santa Mara Tepepan, Alcaldía de Xochimilco con Clave CCT 09DPR2076R solicito:

1. Se me informe el estatus de las reparaciones de la escuela derivadas de las afectaciones de los sismos del 19 de septiembre de 2017. 2. Los dictámenes de seguridad estructural de la escuela Grecia posteriores al 19 de septiembre de 2017 a la fecha. 3. Me den a conocer el avance (expresado en términos porcentuales) de las reparaciones de la escuela Grecia. 4. La fecha en que cualquier autoridad tenga programado el regreso de la comunidad educativa al plantel. 5. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de la atención de las reparaciones. 6. El nombre y datos de contacto del servidor público responsable de autorizar o decidir sobre el regreso de la comunidad escolar a la escuela Grecia. 7, El monto en moneda nacional de la inversión realizada para hacer las reparaciones y/o rehabilitación de la escuela 
Grecia. 8. Se me informe si alguna autoridad con facultades de supervisión y control ha realizado la inspección, supervisión, vigilancia y en su caso, si ha practicado algún tipo de auditoría para constatar que los recursos destinados a las reparaciones de la escuela Grecia se hayan aplicado a dichos fines. En caso afirmativo, solicito copia de los resultados de dichas inspecciones o auditorías. Para el caso de que alguno de los documentos solicitados tuviera información confidencial o reservada solicito la entrega de la documentación en versión pública y que su versión digitalizada me sea entregada por la Plataforma Nacional de Transparencia o, en su defecto, a través del correo electrónico: wrathchild@me.com
…” (Sic)

¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
“…
Una vez analizado el contenido de su petición, le informo que ésta Alcaldía tiene como atribuciones dentro de sus respectivas jurisdicciones; temas de gobierno, administración, asuntos jurídicos, obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública, promoción económica, cultural y deportiva respecto a la información que es de su competencia, es decir, aquella que fue generada por la misma. 

Por lo anterior, se le notifica que la información respecto de la que requiere su acceso no obra en los archivos de esta Alcaldía ni pertenece al ámbito de su competencia, toda vez que el mismo no cuenta con atribuciones ni genera o detenta la información solicitada, lo que le impide pronunciarse expresa y categóricamente respecto de la misma; por lo que declara su notoria incompetencia. 

Ahora bien, con fundamento en los artículos 53 fracción XXIX y 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como el Numeral 10 fracción VII de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, su solicitud ha sido remitida a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado que se considera competente para atenderla, toda vez que requiere información de la cual deberá emitir pronunciamiento específico dentro del ámbito de sus atribuciones y facultades del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México 

Por lo antes expuesto se informa el folio que le recayó a la remisión hecha vía Infomex:

FOLIO        SUJETO OBLIGADO
0315600031219        Instituto para la Seguridad de las Construcciones
0117000059119        Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México
0107500053519        Secretaria de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil 
…”(Sic)
3776
“…
Una vez analizado el contenido de su petición, le informo que ésta Alcaldía tiene como atribuciones dentro de sus respectivas jurisdicciones; temas de gobierno, administración, asuntos jurídicos, obras, servicios, actividades sociales, protección civil, seguridad pública, promoción económica, cultural y deportiva respecto a la información que es de su competencia, es decir, aquella que fue generada por la misma. 

Por lo anterior, se le notifica que la información respecto de la que requiere su acceso no obra en los archivos de esta Alcaldía ni pertenece al ámbito de su competencia, toda vez que el mismo no cuenta con atribuciones ni genera o detenta la información solicitada, lo que le impide pronunciarse expresa y categóricamente respecto de la misma; por lo que declara su notoria incompetencia. 

Por lo que con fundamento en los artículos 53 fracción XXIX y 200, párrafo primero de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se le sugiere presentar una nueva solicitud, dirigida a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado competente para atender su requerimiento, toda vez que requiere información de la cual deberá emitir pronunciamiento específico dentro del ámbito de sus atribuciones y facultades de la Secretaria De Educación Pública.

En este mismo sentido es importante precisar que, la presente solicitud fue canalizada anteriormente por la Sectaria de Obras y Servicios, sin embargo no es información generada, obtenida o adquirida por este sujeto obligado, por lo que se le recomienda realizar una nueva solicitud de información al sujeto obligado competente anteriormente mencionado
…”(Sic)

¿Qué hizo el particular? (Recurso de inconformidad)
“…
Acto o resolución que recurre.
Descripción de los hechos 
Se describe en el documento adjunto
Razones  o motivos de inconformidad
Se describe en el documento adjunto
¿Qué resuelve el Instituto?
Modifica
Comentarios: Ortografía pag 28
"	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	escuelas	SÍ	SÍ	NA	N/A	Pendiente		2019	
49	EBPH	PONENCIA	2019-12-18 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4438/2019	Sistema De Aguas De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"""Solicitud:  Total de recursos económicos expresados en dinero otorgados, por parte del gobierno de la Ciudad de México a través de cualquiera de sus órganos de gobierno, a empresas privadas o personas morales privadas con motivo de las concesiones en materia hídrica otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente o por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México. 

1.-a.-Se solicita que se informe los recursos que le han sido otorgados o pagados a Proactiva Medio Ambiente; Industrias del Agua de la Ciudad de México; Tecnología y Servicios del Agua y Agua de México, del año 2010 a la fecha, desglosados por año y por rubros: es decir, señalar cuáles recursos han sido pagados con motivo de los servicios relacionados con la facturación, cuáles han sido pagados con motivo de la sustitución o reparación de Infraestructura hidráulica, etc.

1.b.-Dichos rubros deberán separarse de acuerdo a las actividades que les permite llevar a cabo sus respectivos títulos de concesión o convenios administrativos. 

1.-c.-Se solicita conocer además el total de recursos económicos expresados en dinero que las empresas previamente citadas  le han pagado al gobierno de la Ciudad con motivo de las concesiones o convenios administrativos en el mismo período de tiempo, es decir, del año 2010 a la fecha.

1.-d.- Se solicita que dicha información se desglose por rubros de acuerdo a las actividades que tienen permitido llevar a cabo.

1.-f.- Se solicita conocer además el total de recursos económicos que las empresas citadas han obtenido como ganancias en el mismo período de tiempo, con motivo de las concesiones o convenios administrativos descritos en el presente apartado (bajo el numeral 1). 

2. Se solicita conocer el total de recursos económicos expresados en dinero que han recibido -por parte del gobierno le la Ciudad de México a través de cualquiera de sus órganos de gobierno- las empresas privadas o personas morales privadas con motivo de las concesiones para plantas de tratamiento, entre las cuales se encuentran las otorgadas a las empresas señaladas o cualquier otra empresa que lleve a cabo tareas relacionadas con concesiones o convenios -realizados con el Sistema de Aguas de la Ciudad de México o con la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México) para la operación de plantas de tratamiento, en el período de tiempo del año 2010  a la fecha. 

2.a.- Se solicita que dicha información se desglose por rubros de acuerdo a las actividades que tienen permitido llevar a cabo 

2.-b.-Se solicita conocer además el total de recursos económicos expresados en dinero que las empresas previamente citadas le han pagado al gobierno de la Ciudad con motivo de las concesiones o convenios administrativos en el sismo Período de tiempo. es  decir, del año 2010 a la fecha. 
2.-c.- Se solicita que dicha información se desglose por rubros de acuerdo a las actividades que tienen permitido llevar a cabo ,

2.-d.-se solicita conocer además el total de recursos económicos que las empresas citadas han obtenido como ganancias en el mismo período de tiempo, con motivo de las concesiones o convenios administrativos descritos en el presente apartado (bajo el numeral 2). 

2.f.-Se solicita que dicha información se desglose por rubros de acuerdo a las actividades que tienen permitido llevar a cabo"	Modificar	POSITIVO	Convenios y contratos	Adjudicaciones, concesiones y licitaciones	SÍ	SÍ	NA	N/A	Sin resolución final		2019	
50	MCNP	PONENCIA	2020-01-22 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.4587/2019	Auditoria Superior De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	"Solicito saber, conocer y obtener la siguiente información: 
1.- respecto de la obra denominada Reconstrucción del mercado Santiago Zapotitlán, con clave programática 02D138058, contratado con recursos de Deuda, deseo conocer la bitácora de obra del proyecto.
a)El Proyecto ejecutivo.
b)las Estimaciones Pagadas
C) las Transferencias electronicas hechas al proveedor contratista.
d) Los generadores autorizados por la Secretaria de Obras.
e) El catalogo de conceptos y sus precios estimados en función del Sistema de Precios Unitarios emitido por la Secretaria de Obras (SIPU)
f)la Poliza de vicios ocultos
g)la Fianza del contrato adjudicado.
H) el número de caso con el que se presento en el subcomité de obras de la Alcaldía de Tláhuac.
i) el acta del Subcomité de Obras donde se presento el caso
j)la justificación de por que se adjudico de manera directa y la presentación del caso
k) la lista de asistencia del subcomité de obras de la Alcaldía Tláhuac.
2.- Saber y conocer el informe y evaluación que se hizo con respecto de la cuenta pública por parte del Órgano de control Interno de la Alcaldía de Tláhuac.
a)conocer las recomendaciones que respecto de este contrato de obra realizo la contraloría Interna en Tláhuac.
b)las sanciones, denuncias, presentadas por esta obra y sus resoluciones en dado caso que se hayan concluido, en el supuesto que aun no se encuentren concluidas, saber el estado que guardan, asi como el número de expediente asignado.
3.-de la revisión de la cuenta publica hecha por la Auditoria Superior de la Ciudad de México, conocer:
a) el número de expediente y estado que guarda.
b) las recomendaciones hechas derivadas de la revisión de la cuenta Publica.
c)las sanciones a que se hayan hecho acreedores las unidades ejecutoras del gasto y los servidores públicos inmersos.
4.- Conocer el Dictamen de Riesgo estructural que se emitió después del Sismo de Septiembre de 2017 del mercado Zapotitlán.
5.- Saber la Opinión de la Secretaria de Gestión _Integral De riesgos antes Protección civil, o en su defecto de protección civil de la alcaldía, sobre las instalaciones del mercado.
6.-Conocer el Programa Interno de Protección Civil del Mercado Zapotitlán.
7.- conocer el Programa Interno de Protección Civil de la Zona que se habilitará para que de manera temporal se instalen locatarios del mercado en comento.
8.-saber cuantos avisos para desocupar los locales del mercado Zapotitlán se han emitido por parte de la Alcaldía, saber las fechas exactas, el instrumento o medio de notificación en su caso los acuses, el listado de _locatarios notificados.
9.- saber cuales son los acuerdos a los que se ha llegado con los locatarios del Mercado Zapotitlán y las minutas de trabajo correspondientes."	Modificar	POSITIVO	Obras y construcciones	N/A	SÍ	SÍ	N/A	INFORMACION INCOMPLETA	Entrega de la información solicitada via correo electrónico		2020	
51	ARGG	PONENCIA	2020-02-12 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.5016/2019	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"Por este medio solicito copia simple y/o certificada de los dictámenes de seguridad estructural post-sísmicos números:
S-DRO-2118, S-DRO-8188, S-DRO-926, S-DRO-171, S-DRO-5066, SEDUVI S-DRO-1240, SEDUVI S-DRO-5329
emitidos por el Director Responsable de Obra o Corresponsable en Seguridad Estructural, tal como lo señalan los artículos 19, 21, 22, 32 y 37 de Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México. En particular, el artículo 19 de dicha ley señala que: [Transcribe artículo]
Por lo que, al contar con la posesión de esta información, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones es el sujeto obligado para entregar estos dictámenes, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley de Transparencia...Asimismo, solicito que esta información sea proporcionada, en la manera de lo posible, en una base de datos en formato abierto y el contenido de cada uno de los dictámenes en formato PDF, tal como lo señala el artículo 24 y 129 de la Ley General de Transparencia… y el artículo 208 de la Ley de Transparencia…, el cual señala que se privilegiará la entrega en formato abierto. …”(Sic).
Asimismo, adjuntó a su solicitud lo siguiente:
“…base de datos correspondiente a los inmuebles afectados por el sismo del 19 de septiembre de 2017 y que se encontraba disponible en la plataforma.cdmx.gob.mx”
¿Qué/cómo respondió el sujeto obligado?
“…[Transcribe normatividad referente a las atribuciones del Sujeto Obligado]…
Los oficios emitidos por este Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal y dirigidos al Comité de Emergencias de Protección Civil de la Ciudad de México, responden a la Nomenclatura: ISCDF-DG-XXXX-XXXX, como se desprende del documento denominado, censo de inmuebles dañados que se encuentra en la plataforma administrada por la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad, en una CDMX cada vez más Resiliente, en la columna séptima contada de izquierda a derecha refiere la fuente, en el caso de los documentos emitidos por este Instituto la fuente se señala como ISC, por su parte los oficios por usted solicitados tienen como fuente SEDUVI ( Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda) y también se considera están en posesión de la referida Comisión pues integró el censo; en consecuencia, cuenta con esa información. Conforme a lo expuesto, se remite la solicitud a los sujetos obligados estimados competentes, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, así como a la Comisión citada, en términos de lo previsto por el artículo 200 de la Ley de Transparencia…, y el numeral 10, fracción VII, primer párrafo de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México."	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	N/A	NO	SÍ	N/A	INCOMPETENCIA	Instruye nueva búsqueda		2020	
52	MASMR	PONENCIA	2020-02-26 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.5344/2019	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"5344-MASMR 
SO: Alcaldía Benito Juárez 
 
¿Qué solicitó el particular?: 
“SE SOLICITA ENVIAR LAS ESTIMACIONES PARCIALES ELABORADAS Y FIRMADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE, AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO COMPETENTE, AVLADAS POR LA SUPERVISIÓN Y LAS COPIAS DEL DOCUMENTO DONDE CONSTE EL PAGO DE LAS CANTIDADES LIQUIDADAS O PAGADAS A LA EMPRESA CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR QUE CELEBRARON CON LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ DE: 
OBJETO DEL CONTRATO: ‘ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA PARA LOS TRABAJOS DE DEMOLICIÓN, RETIRO DE ESCOMBROS Y REPARACIONES DE ZONAS AFECTADAS EN VÍA PUBLICA DERIVADOS DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE’.”"	Modificar	MODIFICAR	Reconstruccion	N/A	SÍ	SÍ	N/A	INFORMACION INCOMPLETA	Emita respuesta a solicitud y proceda conforme al procedimiento para la elaboración de la versión pública de conformidad con la Ley de la materia adjuntando el Acta correspondiente emitida por su Comité de Transparencia		2020	
53	EBPH	PONENCIA	2020-03-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0828/2020	Alcaldia Tlalpan	Alcaldías	"Mujeres damnificadas del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la CDMX, es un edificio de alto riesgo y queremos saber si cuenta con la documentación en regla y legal, el edificio está ubicado en la Calle Cerrada de Bosques, Colonia Vistas del Pedregal, Código Postal 14737 en la Alcaldía de Tlalpan, la documentación que solicitamos a los sujetos obligados y a las dependencias seleccionadas es la siguiente: Constancia de Alineamiento y Número Oficial, Certificado Único de Zonificación de uso de suelo, Constancia de adeudo de agua, Constancia de Adeudo de Predial, Declaratoria de Cumplimiento Ambiental en su Modalidad de Obra Nueva, Factibilidad de servicio de agua y drenaje, Aprobación al Sistema Alternativo, Vo. Bo. INBA, Vo.Bo. INAH, Vo.Bo. Salvamento, Vo.Bo. SEDUVI, Programa Interno de Protección Civil, Proyecto Estructural, Póliza de la búsqueda realizada en la base de datos y archivo de la Dirección de Desarrollo Urbano, Cálculo de Derechos, Registro de Manifestación, Informe de la Fusión de Predios Relacionados con el Colegio, Copia Certificada del Libro de Bitácora que se llevó acabo en la edificación del inmueble señalado por el Director Responsable de Obra; de igual forma los planos del proyecto estructural, la memoria de diseño de la cimentación y estructura; la memoria y los planos del proyecto urbano, planos del proyecto arquitectónico, memoria de diseño con sus respectivos planos del proyecto de instalaciones, remita oficio de terminación de obra respecto del oficio de terminación de obra del inmueble señalando el cual fue emitido en su oportunidad en términos de lo que establece el capítulo IV, del Reglamento de Construcciones de la CDMX, Memoria de Cálculo, Licencias y Permisos de Construcción, Oficio de contestación que va pasar con este edificio que varias autoridades gubernamentales autorizaron o permitieron esta construcción irregular, Documentos que Avalen un estudio de Mecánica del Suelo, Constancias de Seguridad Estructural, Registro ante la Procuraduría Social, Registro de Constancias de Seguridad Estructural, Constancia de Seguridad Estructural, Visto Bueno de seguridad y operación, expedientes de verificación administrativa, Director Responsable de Obra, Corresponsable de Obra, Planos Arquitectónicos elaborados por un arquitecto reconocido ante la Secretaría de Educación Público, Licencias para ejecutar la obra de construcción y con el visto bueno de la Dirección General de Obras de la Alcaldía de Tlalpan, el apego al Reglamentos y Normas de la Ciudad de México para la construcción de dicho inmueble como marca en sus artículos correspondientes, licencia de inicio de la obra, licencia por ampliación de obra ya que invadió las áreas comunes y edifico más niveles de los permitidos ya que solo estaba proyectado para dos niveles siempre y cuando tirara la estructura de alto riesgo. La Dra. Claudia Sheimbaum tiene conocimiento de la problemática de este edificio, ya que al realizar el recorrido por la zona cuando ocurrió el sismo y se dio cuenta que fue el único edificio dañado, por el alto riesgo de la mala estructura, ya que se edificó sobre una barda vieja a flor de piso mal hecha que era únicamente para abrir calle y un taller viejo que fue construido con tabiques de diferentes colores y tamaños mal pegado. Construyeron los imputados 5 niveles y 8 departamentos invadiendo las áreas comunes. Existen sellos de suspensión de obra y actividades porque siguen los imputados construyendo en las áreas comunes, lo usan de pensión de autos y enrejo un departamento que esta demandado por fraude porque lo vendió doble vez, los imputados tienen 25 demandas ante tribunales y 11 en el Ministerio de Tlalpan.
 A raíz del sismo lo declaran inhabitable y nos tuvimos que salir. Solo esta resguardado por los imputados. Existen dos demandas una que por indicaciones de la Dra. Claudia Sheimbaum iniciamos. Y otra la inicia la Alcaldía de Tlalpan ante FEDAPUR en el área jurídica la carpeta de investigación de la Alcaldía de Tlalpan es CI-FEDAPUR/A/U-1 C/D/01735/11-2017 POR DELITO CONTRA EN AMBIENTE (ILICITAMENTE REALICE CAMPIO DEL SUO DEL SUELO) DOLOSAMENTE HAGA UN USO DISTINTO AL PERMITIDO DEL USO DEL SUELO U OBTENGA UN BENEFICIO ECONOMICO, RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA Y CORRESPNSABLES-AUTORICEN O PERMITAN EL DESARROLLO DE UNA CONSTRUCCIÓN SIN APEGO A LA LICENCIA. Y nuestra carpeta de investigación la iniciamos por daños en propiedad y después por fraude nuestra carpeta es FTL/TPL-1UI3C/D/00015/01-2018 a dos años y meses existe un proceso viciado y corrupto en estas carpetas de investigación lo cual le hicimos patente por escrito a la procuradora. Ya que fue declarado inhabitable por protección civil por la Alcaldía de Tlalpan y desde que ocurrió el sismo lo tuvimos que desalojar, solo esta resguardado por los IMPUTADOS . PUNTO UNICO.- SOLICITAMOS TODA LA INFORMACION ARRIBA MENCIONADA PARA INTEGRARLA A NUESTRO EXPEDIENTE. MUCHO AGRADECERMOS SE NOS PROPORCIONE DE MANERA RAPIDA Y EXPEDITA."	Ordenar y dar vista	ORDENAR Y DAR VISTA	Reconstruccion	N/A	NO	SÍ	N/A	FALTA DE RESPUESTA	Emitir una respuesta y dar vista		2020	
54	ARGG	PONENCIA	2020-03-19 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	RR.IP.0256/2020	Procuraduria Social De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"SOLICITUD:
“Entorno al derecho a la vivienda y su regularización legal, hago las siguientes preguntas: 
 
1.- De acuerdo a la página web de la procuraduría social de la ciudad de México, la constitución del régimen de propiedad en condominio, es el acto jurídico formal que el propietario o propietarios de un inmueble, instrumentarán ante Notario Público, declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento, y en el que, dos o más personas teniendo un derecho privado, utilizan y comparten áreas o espacios de uso y propiedad común, asumiendo condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades de acuerdo al uso del inmueble, en forma conveniente y adecuada para todos y cada uno, sin demérito de su unidad de propiedad privativa. 
 
Entonces la pregunta es, ¿Siendo un derecho privado la constitucion del regimen de propiedad en condominio, las Unidades Habitacionales populares con viviendas de interés social, conocidas como predios, tienen carácter privado, independientemente de su origen particular o financiero por adquisición en programas públicos, créditos o compra-venta? 
 
2.- ¿En las Unidades Habitacionales populares con viviendas de interés social, conocidas como predios, cuando las viviendas fueron adquiridas en programas públicos, puede comprenderse de alguna manera que estas viviendas son propiedad publica o propiedad del gobierno en algún sentido legal?. 
 
3.- En la pagina web de la procuraduria social de la ciudad de Mexico, dice que la Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio será instrumentada por un Notario Público, por manifiesto de un propietario o propietarios de un inmueble, quienes declaren su voluntad de establecer esa modalidad para su mejor aprovechamiento, quien les expedirá su escritura constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, la cual el mismo notario o el condómino, pueden llevarla a inscribir ante el Registro Público de la Propiedad. 
 
Entonces la preguntas es ¿la procuraduría social de la ciudad de México, tiene convenios con el colegio de notarios para llevar a cabo trámites de escrituras de inmuebles, tramites testamentarios o para algún trámite relacionado con un notario público y para disminuir los costos económicos de estos trámites?. 
 
4.- ¿En las Unidades Habitacionales populares con viviendas de interés social, conocidas como predios, la procuraduría social de la ciudad de México, puede intervenir o asesorar en trámites de sucesiones testamentarias o intestamentarias, independientemente que la vivienda haya sido adquirida por medio de alguna institución, como por ejemplo el Infonavit, fovissste, invi, fonhapo, etc?. 
 
5.- ¿Las asesorías jurídicas de la procuraduría social de la ciudad de México, son consideradas por esta institución, como una intervención inmediata en el caso, es decir, la asesoría jurídica puede convertirse en una intervención en el caso de manera automática o solo se considera como una orientación pública? 
 
6.- En la página web de la procuraduría social de la ciudad de México, dice que el Programa Social “Rescate Innovador y Participativo en Unidades Habitacionales” (RIPUH), es para conjuntos de interés social y popular, adquiridos a través de un organismo público como fovissste, infonavit, fonhapo, imss, etc. con 20 años de antigüedad o que fueron reconstruidas a raíz del sismo del 1985. 
 
Pero la preguntas es ¿los beneficiarios de este programa deben ser los propietarios originales de las viviendas o pueden ser familiares del propietario que habiten en la vivienda o pueden ser personas ajenas al propietario original, que de alguna u otra manera están habitando en la vivienda?. 
 
7.- ¿La procuraduría social de la ciudad de México, tiene información de las Unidades habitacionales con viviendas de interés social o popular, que fueron construidas o reconstruidas, por causa del sismo de 1985? 
 
En espera de respuesta a estas preguntas. 


RESPUESTA:
El SO remitio la solicitud de información.

Emitio los siguientes oficios:
Oficio JUDCAO/020/2020 
 
“… 
 
En atención a su petición me permito dar contestación al mismo en los siguientes términos: 
Por lo que respecta a la pregunta número 1, al ser asignadas por las Instituciones Públicas a los particulares pasan a ser a carácter privado, en el número 2 son propiedad pública cuando son adquiridas por el gobierno sin embargo al transmitirse los derechos a los particulares pasan a ser propiedad privada, en el numeral 3 Si existe convenio de colaboración con el colegio de Notarios y Procuraduría Social a efecto de que los trámites sean a bajo costo, en el punto 4. No cuenta con dicha facultad ésta Unidad Departamental, concerniente al punto 5 únicamente son consideradas orientaciones públicas, numeral 6 ésta información no se general en esta unidad administrativa por Io que dicha petición deberá dirigir al titular del programa RIPUH, 7 ésta información no se general a esta Unidad Departamental por Io que dicha petición la debe realizar a la comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México de conformidad con los artículos 4, 18 y 16, 19 de la Ley de Reconstrucción. 
…” 
 
Oficio CGAJ/090/2020 
 
“… 
Sobre el particular, con el objeto de atender en tiempo y forma la Solicitud de Información que nos ocupa, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 212 primer párrafo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que la información solicitada no recae en alguno de los supuestos que marca el Articulo 2 y 3 de la Ley de la materia como Información Pública, asimismo se hace la invitación que la misma Información sea ingresada de manera directa a la Oficialía de Partes de esta Coordinación General de Asuntos Jurídicos, como una Opinión Jurídica para que esta le sea contestada de forma directa, Io anterior para efectos legales que haya lugar. 
 
…” 
 
Oficio CGPS/030/2020 
 
Con fundamento en los artículos 1, 8, 21, 22 y 24 fracción II, 31, 32, 33, 304, 205, 206 y 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016 y en atención a la solicitud de información 0319000000320 entregada el 02 de enero del año en curso a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, que a la letra dice: 
 
 ...6.- En la página web de la procuraduría social de la ciudad de México, dice que el Programa Social ""Rescate Innovador y Participativo en Unidades Habitacionales"" (RIPUH), es para conjuntos de interés social y popular, adquiridos a través de un organismo público como fovissste, infonavit, fonhapo, imss, etc. con 20 años de antigüedad o que fueron reconstruidas a raiz del sismo del 1985 Pero la preguntas es ¿los beneficiarios de este programa deben ser los propietarios originales de las viviendas o pueden ser familiares del propietario que habiten en la vivienda o pueden ser personas ajenas al propietario original, que de alguna u otra manera están habitando en la vivienda?.. 
En lo que respecta a esta Coordinación General de Programas Sociales, no es necesario que sean propietarios del departamento, mientras en la Asamblea Ciudadana presenten su identificación Oficial (INE o IFE), así como un comprobante de domicilio que acredite que tiene voz y votó para seleccionar el proyecto ganador y elegir a los integrantes de los comités. 
 


AGRAVIO:
“…Solicito recurso de revisión para la solicitud de acceso a la información numero 0319000000320, por los siguientes motivos: 
 
a. La respuesta para la pregunta 1, no fundamenta o especifica lo que refiere con el texto; “asignadas por las instituciones públicas a los particulares”. 
b. La respuesta para la pregunta 2, no fundamenta o especifica lo que refiere con el texto; “son propiedad pública cuando son adquiridas por el gobierno sin embargo al transmitirse los derechos a los particulares pasan a ser propiedad privada”. En qué sentido legal se refiere con ¿adquiridas por el gobierno? y ¿transmitirse los derechos a los particulares? 
c. La respuesta para la pregunta 3, indica que la procuraduría social tiene convenios con el colegio de notarios para la creación del régimen de propiedad en condominio, pero no señala cual es la competencia o función de la procuraduría social en relación a los trámites testamentarios y la labor notarial. 
d. Para la pregunta 4, no se localiza la respuesta. 
e. La respuesta para la pregunta 5, señala que “únicamente son considerados orientaciones públicas, pero no señala en que momento puede intervenir la procuraduría social en los casos. 
f. La respuesta para la pregunta 6, no fundamenta o específica los requisitos de los beneficiarios o integrantes del comité para participar en el programa RIPUH. Por ejemplo, ¿Cuánto tiempo deben tener habitando en el domicilio los beneficiarios o integrantes que participan en el programa RIPUH? 
g. La respuesta para la pregunta 7, indica que la petición se debe realizar a la comisión para la reconstrucción de la Ciudad de México, sin embargo el sujeto obligado no vinculo la esta solicitud de acceso a la información a la dependencia que señala."	Sobreseer y modificar	POSITIVO	Reconstruccion	N/A	NO	SÍ	N/A	INFORMACION INCOMPLETA	Realice una nueva búsqueda exhaustiva en los archivos de todas las unidades administrativas competentes para conocer de la solicitud atendiendo el procedimiento previsto en los artículos 177, 180, 182, 186, y 216 de la Ley de la materia		2020	
55	JCBG	PONENCIA	2020-10-07 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	930	Secretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda	Administración Pública Central	"""•	“Mujeres damnificadas del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 en la CDMX, es un edificio de alto riesgo y queremos saber si cuenta con la documentación en regla y legal, el edificio está ubicado en la Calle Cerrada de Bosques, Manzana 287, Lote 1 Colonia Vistas del Pedregal, Código Postal 14737 en la Alcaldía de Tlalpan, la documentación que solicitamos a los sujetos obligados y a las dependencias seleccionadas es la siguiente: Constancia de Alineamiento y Número Oficial, Certificado Único de Zonificación de uso de suelo, Constancia de adeudo de agua, Constancia de Adeudo de Predial, Declaratoria de Cumplimiento Ambiental en su Modalidad de Obra Nueva, Factibilidad de servicio de agua y drenaje, Aprobación al Sistema Alternativo, Vo. Bo. INBA, Vo.Bo. INAH, Vo.Bo. Salvamento, Vo.Bo. SEDUVI, Programa Interno de Protección Civil, Proyecto Estructural, Póliza de la búsqueda realizada en la base de datos y archivo de la Dirección de Desarrollo Urbano, Cálculo de Derechos, Registro de Manifestación, Informe de la Fusión de Predios Relacionados con el Colegio, Copia Certificada del Libro de Bitácora que se llevó acabo en la edificación del inmueble señalado por el Director Responsable de Obra; de igual forma los planos del proyecto estructural, la memoria de diseño de la cimentación y estructura; la memoria y los planos del proyecto urbano, planos del proyecto arquitectónico, memoria de diseño con sus respectivos planos del proyecto de instalaciones, remita oficio de terminación de obra respecto del oficio de terminación de obra del inmueble señalando el cual fue emitido en su oportunidad en términos de lo que establece el capítulo IV, del Reglamento de Construcciones de la CDMX, Memoria de Cálculo, Licencias y Permisos de Construcción, Oficio de contestación que va pasar con este edificio que varias autoridades gubernamentales autorizaron o permitieron esta construcción irregular, Documentos que Avalen un estudio de Mecánica del Suelo, Constancias de Seguridad Estructural, Registro ante la Procuraduría Social, Registro de Constancias de Seguridad Estructural, Constancia de Seguridad Estructural, Visto Bueno de seguridad y operación, expedientes de verificación administrativa, Director Responsable de Obra, Corresponsable de Obra, Planos Arquitectónicos elaborados por un arquitecto reconocido ante la Secretaría de Educación Público, Licencias para ejecutar la obra de construcción y con el visto bueno de la Dirección General de Obras de la Alcaldía de Tlalpan, el apego al Reglamentos y Normas de la Ciudad de México para la construcción de dicho inmueble como marca en sus artículos correspondientes, licencia de inicio de la obra, licencia por ampliación de obra ya que invadió las áreas comunes y edifico más niveles de los permitidos ya que solo estaba proyectado para dos niveles siempre y cuando tirara la estructura de alto riesgo. La Dra. Claudia Sheimbaum tiene conocimiento de la problemática de este edificio, ya que al realizar el recorrido por la zona cuando ocurrió el sismo y se dio cuenta que fue el único edificio dañado, por el alto riesgo de la mala estructura, ya que se edificó sobre una barda vieja a flor de piso mal hecha que era únicamente para abrir calle y un taller viejo que fue construido con tabiques de diferentes colores y tamaños mal pegado. Construyeron los imputados 5 niveles y 8 departamentos invadiendo las áreas comunes. Existen sellos de suspensión de obra y actividades porque siguen los imputados construyendo en las áreas comunes, lo usan de pensión de autos y enrejo un departamento que esta demandado por fraude porque lo vendió doble vez, los imputados tienen 25 demandas ante tribunales y 11 en el Ministerio de Tlalpan 1 los imputados son JOSE LUIS TOLEDO LUNA, JOSE MANUEL TOLEDO LUNA ALICIA ROMERO CORTEZ, MARIA MARTHA LILIA CONTRERAS GRANADOS Y VICTOR RAMON ROSAS HERNANDEZ. A raíz del sismo lo declaran inhabitable y nos tuvimos que salir. Solo esta resguardado por los imputados. Existen dos demandas una que por indicaciones de la Dra. Claudia Sheimbaum iniciamos con el licenciado Oscar Ramírez Serna Colaborador de la Dra. Y otra la inicia la Alcaldía de Tlalpan ante FEDAPUR en el área jurídica por la Maestra Valeria de la Tapia la carpeta de investigación de la Alcaldía de Tlalpan es CI-FEDAPUR/A/U-1 C/D/01735/11-2017 POR DELITO CONTRA EN AMBIENTE (ILICITAMENTE REALICE CAMPIO DEL SUO DEL SUELO) DOLOSAMENTE HAGA UN USO DISTINTO AL PERMITIDO DEL USO DEL SUELO U OBTENGA UN BENEFICIO ECONOMICO, RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA Y CORRESPNSABLES-AUTORICEN O PERMITAN EL DESARROLLO DE UNA CONSTRUCCIÓN SIN APEGO A LA LICENCIA. Y nuestra carpeta de investigación la iniciamos por daños en propiedad y después por fraude nuestra carpeta es FTL/TPL-1UI3C/D/00015/01-2018 a dos años y meses existe un proceso viciado y corrupto en estas carpetas de investigación lo cual le hicimos patente por escrito a la procuradora. Ya que fue declarado inhabitable por protección civil por la Alcaldía de Tlalpan y desde que ocurrió el sismo lo tuvimos que desalojar, solo esta resguardado por los IMPUTADOS . PUNTO UNICO.- SOLICITAMOS TODA LA INFORMACION ARRIBA MENCIONADA PARA INTEGRARLA A NUESTRO EXPEDIENTE. MUCHO AGRADECERMOS SE NOS PROPORCIONE DE MANERA RAPIDA Y EXPEDITA.” (Sic)"""	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	N/A	SÍ	SÍ	N/A	N/A	NA		2020	
56	JCBG	PONENCIA	2020-10-07 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	960	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	Levantamiento e Informe de Daños, Datos para la aprobación del monto, plazos de ejecución que forma parte del acuerdo a lo redensificado y aprobado en el Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México. para el inmueble de calle Rancho el Encanto No. 114, Colonia Santa Cecilia, Alcaldia Coyoacan, C.P. 04930.	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	N/A	SÍ	SÍ	N/A	N/A	NA		2020	
57	JCBG	PONENCIA	2020-10-07 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	745	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"“SE SOLICITA ENVIAR POR CORREO ELECTRÓNICO COPIA CON LA LEYENDA INDICADA EN EL ARTICULO 177 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MEXICO, DE LOS DOCUMENTOS QUE SE ENCUENRAN EN EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DGA/S-097-D03/2017 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA PARA LOS TRABAJOS DE DEMOLICIÓN, RETIRO DE ESCOMBROS Y REPARACIÓN DE ZONAS AFECTADAS EN VÍA PÚBLICA, DERIVADO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2017 EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CELEBRADO ENTRE LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ Y LA EMPRESA EDG INGENIERIA ESPECIALIZADA, S.A. DE C.V., LAS COPIAS SOLICITADAS CON DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
 
 
 
 A) CONFORME A LAS CLAUSULAS CUARTA Y SÉPTIMA DEL MENCIONADO CONTRATO, PRORCIONAR COPIA DEL DOCUMENTO DONDE CONSTA LA SUPERVISIÓN A EFECTO DE VERIFICAR QUE SE CUMPLIÓ CON LOS SOLICITADO, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO POR LAS PARTES.
 
 
 
 B) CONFORME A LA CLAUSULA CUARTA DEL MENCIONADO CONTRATO, PRORCIONAR COPIA DE LA FACTURA O LAS FACTURAS CORRESPONDIENTES, DEBIDAMENTE VALIDADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE, DONDE SE REFLEJE EL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL.
 
 
 
 C) SE SOLICITA LA DRECCIÓN COMPLETA DE LOS 18 INMUEBLES EN LOS CUALES SE REALIZÓ LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO, QUE, CONFORMAE A LA CALUSULA CUARTA DEL CONTRATO FUERON ASIGNADAS POR LA CONTRATANTE (DELEGACIÓN, AHORA ALCALDÍA BENITO JUAREZ)
 
 
 
 D) COPIA DEL ANEXO 1 Y/O ANEXTO TÉCNICO SEÑALADOS EN LA CLAUSULA PRIMERA Y DECIMO QUINTA NUMERAL 1 DEL CONTRATO 
 
 
 
 E) COPIA DE LA CARATULA DE LA PÓLIZA DE FIANZA SEÑALADA EN LA CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA., ASI COMO DE LA PRIMERA HOJA.”(Sic)"	Revocar y dar vista	REVOCAR Y DAR VISTA	Acceso a documentos	N/A	SÍ	SÍ	N/A	N/A	NA		2020	
58	JCBG	PONENCIA	2020-10-07 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	825	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	"“SE SOLICITA ENVIAR POR CORREO ELECTRÓNICO COPIAS CON LA LEYENDA INDICADA EN EL ARTICULO 177 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE LOS DOCUMENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DGA/S-096-D03/2017 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA PARA LOS TRABAJOS DE DEMOLICIÓN, RETIRO DE ESCOMBROS Y REPARACIÓN DE ZONAS AFECTADAS EN VÍA PÚBLICA, DERIVADO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2017 EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CELEBRADO ENTRE LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ Y LA EMPRESA VARTUR, S.A. DE C.V., LAS COPIAS SOLICITADAS SON DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
 
 
 
 A) LA PARTE DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE AL CASO 3.65 , AUTORIZADO EN LA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ DELEGACIONAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, CELEBRADA EL 22 DE DICIEMBRE DEL 2017.
 
 
 
 B) DE LA SOLICITUD DE SERVICIO S-513 INDICADA EN EL CAPÍTULO DE DECLARACIONES NUMERAL 1.4 (pag. 2) DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR.
 
 
 
 C) CONFORME A LAS CLAUSULAS CUARTA Y SÉPTIMA DEL MENCIONADO CONTRATO, PRORCIONAR COPIA DEL DOCUMENTO DONDE CONSTA LA SUPERVISIÓN A EFECTO DE VERIFICAR QUE SE CUMPLIÓ CON LOS SOLICITADO, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO POR LAS PARTES.
 
 
 
 D) CONFORME A LA CLAUSULA CUARTA DEL MENCIONADO CONTRATO, PROPORCIONAR COPIA DE LA FACTURA O LAS FACTURAS CORRESPONDIENTES, DEBIDAMENTE VALIDADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE, DONDE SE REFLEJE EL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL.”(Sic)"	Revocar y dar vista	REVOCAR Y DAR VISTA	Acceso a documentos	N/A	SÍ	SÍ	N/A	N/A	NA		2020	
59	ARGG	PONENCIA	2020-10-21 00:00:00	RR.IP. ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA	0936/20	Comision Para La Reconstruccion, Recuperacion Y Transformacion En Una Ciudad Mas Resiliente	Administración Pública Central	Damnificados piden datos sobre el avance en la reconstrucción de un predio ubicado en Tlalpan que se vio afectado por el terremoto del 2017	Modificar	POSITIVO	Reconstruccion	N/A	NO	SÍ	N/A	NO CORRESPONDE CON LO SOLICITADO	Realice una nueva busqueda		2020	
60	JCBG	Ponencia	2021-04-28 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0460/2021	Secretaria De Gestion Integral De Riesgos Y Proteccion Civil	Administración Pública Central	1.-¿SemeinformesicuentaconpersonaladscritoquecuenteconunaespecialidadenCalculoEstructural?2.-¿SemeinformesicuentaconpersonaladscritoquecuenteconunaespecialidadenGeotécnica?3.-¿CuántosperitosenmateriadecálculoestructuralyGeotécnicaseencuentranadscritosadichaSecretaría?4.-¿SemeinformesicuentaconpersonalquetengaconocimientosparainspeccionartrabajosdemitigaciónenmateriadeProtecciónCivil?5.-¿Losespecialistasadscritosataldependencia,cuentanconlascapacidadesyaptitudestécnicasparadeterminarsiseestállevandoacabounamedidademitigación?6.-¿Quétipodedictámenespuedeemitir,yencasodequepuedaemitiralgúntipodedictamen,¿cuálessonsusefectosjurídicos?7.-¿CuáleslaintervenciónyresponsabilidadquetienelaSecretaría,enunaconstrucciónqueseencuentraendesarrollo?8.-¿Quéaccionesdebetomar,cuandotienenconocimientodequeunaexcavaciónounaobraenprocesodeconstrucciónpresentaalgúndañoestructuralyrepresentaunriesgoparalospredioscolindantes?9.-¿Quéaccionesdebetomar,cuandotieneconocimientodequeunaobraseencuentraenriesgo?10.-¿Quéresponsabilidadasume,cuandoselehahechodesuconocimientoqueunaobrarepresentaunriesgoparalospredioscolindantes?11.-¿Cuáleslametodologíaqueutiliza,paraemitirunaopiniónodictamentécnico?12.-¿Quedocumentacióny/oestudiosdebetomar,paradarunaopinióntécnica?13.-¿Semeinformesienelmesdeagostode2020,serealizaroninspeccionestécnicasenmateriaderiesgos?	Sobresee improcedente		Reconstruccion	No	NO	No		N/A	N/A		2021	
61	LLER	Ponencia	2021-09-15 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1276/2021	Comision Para La Reconstruccion	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	“ … - - - tesolicitudatentamenterequierodelasautoridadesseñaladaslasiguienteinformaciónrelacionadaconlareconstrucciónelinmuebleafectadoporelsismode2017, elcualtienelossiguientesdatosdeidentificaciónDirección: CALLEEJECENTRALLAZAROCARDENAS, NUM. EXT: 720, ***: PORTALESSUR, ALCALDÍA: BENITOJUAREZCódigodevivienda: BJ02 - 40Cuadrante: BJ02Delasautoridadesatentamentesolicitolainformaciónqueintegraelexpedienteúnicodedichaviviendaenreconstrucción, lacualdeacuerdoalplanintegralparalareconstruccióneslasiguiente: 1. IdentificaciónoficialyCURPdelapersonadamnificadaposesionarioocausahabientequeiniciolasolicituddereconstrucciónasícomolaSolicituddedichoiniciodetrámite. 2. ComprobantesdeDomicilio: dePredioydeAgua. 3. Documentoqueacreditepropiedadoposesiónlegítimadelinmueble. 4. DeclaraciónNotarialJurada, ensucaso. 5. ConstanciadedañoydictamenenzonadegrietasdeGeotecnistay / oDirectorResponsabledeObra, ensucaso. 6. Proyectoejecutivoomemoriadecálculo. 7. Solicituddeapoyoarenta, ensucaso. 8. ConveniodeAplicacióndeRecursos. 9. Contratosdeejecucióndeobraysupervisión, contratodedemoliciónensucaso, y / odeestudioscomplementarios, estudiosdegeotecniayDirectorResponsabledeObrabinomio. 10. ConstanciadeReconstrucción, ensucaso. 11. Actaentrega - recepción, ensucaso … ” Sic	Sobresee improcedente		Reconstruccion (sismo)	No	No	No		Falta de respuesta	N/A		2021	
62	MASMR	Ponencia	2021-09-15 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1109/2021	Comision Para La Reconstruccion	Administración Pública Central	informensiesqueexisteunanuevamodalidadparabrindarelapoyoparalaspersonasafectadasporelpasadosismodeseptiembre-2017enlacdmxyquesusinmueblesfueronafectadospordañosestructuralesNomerefieroalosquetienenquedemoleryvolveraconstruirsinomasbienalosinmueblescondañosyquenecesitanalgúnreforzamientoenlaslozas	Ordenar y dar vista		Reconstruccion (sismo)	No	No	Sí		No corresponde información con lo solicitado	"ORDENAR al sujeto obligado que emita respuesta en atención a la solicitud de acceso a la información pública de mérito, en la que no deberá omitirse al referido oficio. 
Dar vista a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México"		2021	
63	ARGG	Ponencia	2021-11-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1777/2021	Fideicomiso Para La Reconstruccion	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	¿Cuándoseconcluyólaobradereconstruccióndelinmueble?,¿Cuálfueelcostototaldelaobradereconstruccióndelinmueble?,¿Deesecostototalquécantidadprovinoderecursospúblicosyquécantidadprovinoderecursosprivadossiloshubo?,¿Cuántasunidadesprivativasdepropiedaddelinmueblehansidoentregadasapersonasdamnificadasalafecha?…elcontratocelebradoconDESARROLLOINTEGRALDEINMUEBLESS.A.DEC.V.,enformatodigital	Revoca		Reconstruccion	N/A	Sí	Sí		No corresonde a lo solicitado	"Emita una nueva en la que se pronuncie sobre todos los puntos de la solicitud de manera fundada y motivada a través de una búsqueda exhaustiva de la información en todas las áreas competentes a efecto de que se pronuncien respecto de los conceptos y montos expresamente solicitados por la recurrente, y 



Remita vía correo electrónico la solicitud a la Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, a efecto de que se pronuncie respecto de la información de su competencia y lo notifique debidamente a la recurrente."		2021	
64	LLER	Ponencia	2021-12-15 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2006/2021	Comision Para La Reconstruccion	Administración Pública Central	Eldictamendedañoestructuralocomoledenominen,paraelinmuebleubicadoenÁlvaroObregón186Bis,laComisiónemitióesedictamenporloquenopuedennegarloybueno,supongoquelaAlcaldíatambiénlotiene.Esindispensableobtenerlopuesestánhaciendounaobraadosprediosdedistanciaqueestámoviendodrásticamentelaconstrucciónynoséquédañospuedacausar,ademásesdeinminenteinteréspúblicosaberelestadoqueguardanlosinmueblesafectadosporelúltimotembloraefectodequesetomenlaspertinentesmedidas.	Sobresee quedar sin materia		Reconstruccion	N/A	N/A	Sí		Incompetencia	N/A		2021	
65	JCBG	Ponencia	2022-01-19 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.M.0005/2021	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Quiero, por favor, el dictamen de daño estructural o como le denominen, para el inmueble ubicado en Álvaro Obregón 186Bis, la Comisión emitió ese dictamen por lo que no pueden negarlo y bueno, supongo que la Alcaldía también lo tiene. Es indispensable obtenerlo pues están haciendo una obra a dos predios de distancia que está moviendo drásticamente la construcción y no sé qué daños pueda causar, además es de inminente interés público saber el estado que guardan los inmuebles afectados por el último temblor a efecto de que se tomen las pertinentes medidas.	Modificar		Obras y construcciones	N/A	No			Inexistencia	El Sujeto Obligado deberá turnar de nueva cuenta la solicitud ante la Dirección de Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes con el objeto de informar a la parte recurrente los motivos y razones de la no localización de la información, tal como lo hizo al emitir sus alegatos ante este Instituto.	Sí	2022	
66	LLER	Ponencia	2022-01-19 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.M.0006/2021	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"Quiero, por favor el dictamen de daño estructural o como se le denomine, para el inmueble ubicado en Álvaro Obregón 186 Bis, la Comisión emitió ese dictamen por lo que no pueden negarlo y bueno, supongo que la Alcaldía también lo tiene. Es indispensable obtenerlo pues están haciendo una obra a dos predios de distancia que está moviendo drásticamente la construcción y no sé qué daños pueda causar, además es de inminente interés público saber el estado que guardan los inmuebles afectados por el último temblor a efecto de que se tomen las pertinentes medidas. Muchas gracias.
"	Modificar		Obras y construcciones	N/A	No			Inexistencia	El sujeto obligado deberá realizar una nueva búsqueda exhaustiva razonable, fundada y motivada, e las unidades administrativas competentes, que incluya las estructuras administrativas de la Dirección Dictámenes de Seguridad Estructural de Edificaciones Existentes, así como, de la Dirección de Revisión de Seguridad Estructural, respecto a lo solicitado por la parte recurrente, a efecto, de que le proporcione una nueva respuesta que le brinde certeza respecto al contenido de la misma.	Sí	2022	
67	LLER	Ponencia	2022-02-10 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0186/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	informe quien o quienes elaboraron el proyecto de reforzamiento estructural autorizado por parte de esta comisión para la reconstrucción de la Ciudad de México para los trabajos del inmueble ubicado en la calle Cozumel número 52, Colonia Roma Norte, CDMX y solicito se me informe si es el único proyecto autorizado o bien si hay otros más	Sobreseer por quedar sin materia y dar vista		Reconstruccion	N/A	No			Falta de respuesta	N/A	Sí	2022	
68	ARGG	Ponencia	2022-02-10 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0062/2022	Secretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda	Administración Pública Central	Solicito me indique el procedimiento a seguir para solicitar la actualización de las características patrimoniales de un predio en el sistema CiudadMX. El predio en cuestión se encuentra ubicado en la calle Ámsterdam No. 270, col. Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, y con cuenta catastral 027-151-05, el cual se encuentra considerado como “inmueble afecto al patrimonio cultural urbano de valor patrimonial por la Secretaría de Desarrollo y Vivienda dentro de los polígonos de Área de Conservación Patrimonial”, sin embargo, derivado de sismo del 19 de septiembre de 2017, el inmueble existente en dicho predio fue severamente dañado, por lo que después de la realización del Dictamen estructural ocular de Alto Riesgo de colapso, emitido por el Instituto para la Seguridad de las Construcciones, con fecha 10 de noviembre de 2017, se determinó como medida urgente la demolición del mismo con recursos propios del titular del inmueble, mediante el acuerdo CESPC/E18122017/02 dictado por el Comité de Emergencias de Protección Civil de la Ciudad de México. Por lo anterior y en virtud de la demolición realizada y que actualmente el predio mencionado se encuentra baldío, se requiere de la modificación de las características patrimoniales establecidas en el sistema CiudadMX de la SEDUVI	Sobreseer por quedar sin materia y dar vista		Acceso a documentos	N/A	No			Falta de respuesta	N/A	Sí	2022	
69	LLER	Ponencia	2022-02-16 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2651/2021	Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico	Poder Judicial	"cualquier oficio, dictamen, expediente, legajo o documento generado con motivo del sismo del 19 de septiembre de 1985, generado con motivo del daño a edificios e infraestructura de la que fuera propiedad o que estuviera en posesión del Tribunal, así como daño o perdida de expedientes. 
En caso de no tenerlo en medios electrónicos, solicito que me precisen el tipo de documento, descripción y cantidad de fojas que se me pondría a disposición, así como si incluye anexos.
"	Modificar		Acceso a documentos	N/A	No			Inexistencia	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
70	LLER	Ponencia	2022-03-16 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0371/2022	Secretaria De Gestion Integral De Riesgos Y Proteccion Civil	Administración Pública Central	documente la información relativa cómo se realiza una queja o denuncia cuando en un inmueble habitacional de la CDMX existan muebles colocados por vecinos o terceras personas en los pasillos que sirven para evacuar el edificio en caso de incendio, temblor, fugas de gas, etcétera, ya que esto pone en riesgo la vida e integridad de las personas, así como su fundamento legal.	Modificar		Tramites y servicios	N/A	No			Incompetencia	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
71	MCNP	Ponencia	2022-04-20 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1123/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	Saber si derivado del dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, donde se requirieron acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017, el Comité Técnico presentó alguna denuncia o queja y ante qué autoridad para que se investigara el ejercicio de los recursos del fideicomiso y donde se hayan investigado las actividades del entonces comisionado César Cravioto para el deslinde de responsabilidades. Toda la documentación relacionada con esta solicitud, sea cualquiera la denominación que tenga.	Desechar		Na	N/A	N/A			N/A	N/A	N/A	2022	
72	MASMR	Ponencia	2022-04-27 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0909/2022	Secretaria De Gestion Integral De Riesgos Y Proteccion Civil	Administración Pública Central	"""Proporcionar copias de documentos e información que contesten la siguientes preguntas, por favor:
1.- ¿Cuántos edificios e inmuebles en la Ciudad de México necesitan ser demolidos por daños o fallas estructurales que dejó el sismo del 19 de septiembre de 2017?
2.- ¿En qué dirección, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que necesitan ser demolidos por fallas estructurales o daños en la Ciudad de México a raíz del sismo del 19 de septiembre de 2017?
3.- ¿Por qué motivo no han sido demolidos esos edificios e inmuebles que presentan fallas estructurales o daños por el sismo del 19 de septiembre de 2017?
4.- ¿Cuántos edificios e inmuebles están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México?
5.- En qué direcciones, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México?
6.- ¿Cuántos edificios e inmuebles en la Ciudad de México necesitan ser demolidos por daños o fallas estructurales que dejó el sismo del 19 de septiembre de 1985?
7.- ¿En qué dirección, calles, colonias y alcaldías se ubican los edificios e inmuebles que necesitan ser demolidos por fallas estructurales o daños en la Ciudad de México a raíz del sismo del 19 de septiembre de 1985?
8.- ¿Por qué motivo no han sido demolidos los edificios e inmuebles que presentan fallas estructurales o daños por el sismo del 19 de septiembre de 1985?
9.- ¿Cuántos edificios e inmuebles están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 1985 en la Ciudad de México?
10.- ¿En qué direcciones, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 1985 en la Ciudad de México?"	Sobreseer por quedar sin materia		Estadisticas	N/A	No			Respuesta incompleta	N/A	Sí	2022	
73	MASMR	Ponencia	2022-04-27 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1639/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	"""Proporcionar copias de documentos e información que contesten la siguientes preguntas, por favor:
 1.- ¿Cuántos edificios e inmuebles tienen fallas estructurales o daños por el sismo del 19 de septiembre de 2017 que requieran ser demolidos en la Ciudad de México?
 2.- ¿En qué dirección, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que necesitan ser demolidos por fallas estructurales o daños en la Ciudad de México a raíz del sismo del 19 de septiembre de 2017?
 3.- ¿Por qué motivo no han sido demolidos esos edificios e inmuebles que presentan fallas estructurales o daños por el sismo del 19 de septiembre de 2017?
 4.- ¿Cuántos edificios e inmuebles están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México?
 5.- En qué direcciones, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México?
 6.- ¿Cuántos edificios e inmuebles presentan fallas estructurales o daños debido al sismo del 19 de septiembre de 1985 que requieran ser demolidos en la Ciudad de México?
 7.- ¿En qué dirección, calles, colonias y alcaldías se ubican los edificios e inmuebles que necesitan ser demolidos por fallas estructurales o daños en la Ciudad de México a raíz del sismo del 19 de septiembre de 1985?
 8.- ¿Por qué motivo no han sido demolidos los edificios e inmuebles que presentan fallas estructurales o daños por el sismo del 19 de septiembre de 1985?
 9.- ¿Cuántos edificios e inmuebles están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 1985 en la Ciudad de México?
 10.- ¿En qué direcciones, calles, colonias y alcaldías se ubican esos edificios e inmuebles que están en riesgo de colapsar o de caer debido a daños que les dejó el sismo del 19 de septiembre de 1985 en la Ciudad de México?"""	Ordenar y dar vista		Acceso a documentos	N/A	Sí			Falta de respuesta	Se ordena emitir una respuesta	Sí	2022	
74	LLER	Ponencia	2022-05-04 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0941/2022	Alcaldia Iztacalco	Alcaldías	"Respecto a el cambio de semáforo que se implementó en la ciudad de México, así como en sus diversas alcaldías, solicito en materia de recursos humanos de la alcaldía Iztacalco específicamente de la subdirección de gestión integral de riesgos y protección civil, así como de sus unidades administrativas que le conforman lo siguiente:
-	Listado por horario día y mes el estado de fuerza con que conto y que ha proyectado para atender las diversas amenazas de evolución súbita y manifestación intensiva que pudieran presentarse.
-	Alcance en la preparación para el manejo y respuesta de acuerdo a sus planes de intervención y programas especiales por tipo de riesgo y amenazas en desarrollo para estos tres meses enero, febrero, y marzo, ya sea amenazas socio naturales climático o si bien prefiere llamarles estacionales que no es adecuado y las antroposociales.
-	Cálculo de perdidas proyectado en caso de un sismo de 8.3 grados de intensidad y su manifestación socio territorial.
-	Cálculo de perdidas en caso de faya sistémica en líneas de vida y cuáles son los elementos de alto riesgo para su atención proyectada en escenarios prospectivas, proporcione número de escenarios, clasificación de acuerdo al tipo de amenaza y los elementos de cálculo para esta clasificación y copia de su cronograma de amenazas destacando niveles de intensidad mediante gradientes de color en la calendarización.
-	Me facilite copia de sus planes de intervención en formato digital o me indique en donde puedo descargarlos.
-	Me proporcione copia de la correspondencia interna para los recursos financieros, materiales, equipo e instalaciones; desde las fases de previsión y reparación"	Modificar y se da vista		Acceso a documentos	N/A	No			Repuesta incompleta	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
75	LLER	Ponencia	2022-05-04 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1126/2022	Alcaldia Coyoacan	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento	Modificar		Reconstruccion	N/A	Sí			Incompetencia	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
76	MCNP	Ponencia	2022-05-04 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1138/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	"Las transferencias electrónicas o los documentos donde consten la entrega de recursos públicos por parte del fiduciario a favor de las personas damnificadas y/o terceros relacionados con los trabajos para la reconstrucción y rehabilitación integral de la Ciudad de México, lo anterior durante la administración de César Cravioto en 2020, mismas que como Secretario Técnico debió dar seguimiento puntual a cada
una
"	Modificar		Reconstruccion	N/A	Sí			Cambio de modalidad	"•	Habilite un mayor número de horas y días para que el particular pueda revisar la información, considerando el volumen de la información. Asimismo, una vez realizada la consulta directa,  vuelva a ofrecer la opción de que el particular elija las documéntales de las cuales requiera copia simple o certificada."	Sí	2022	
77	JCBG	Ponencia	2022-05-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1125/2022	Alcaldia Benito Juarez	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento.	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Incompetencia	El Sujeto Obligado deberá turnar la solicitud ante la Dirección General de Administración y la Dirección General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos, para que previa búsqueda exhaustiva y razonada en sus archivos, se pronuncié y atienda la solicitud de información.	Sí	2022	
78	MCNP	Ponencia	2022-05-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1478/2022	Alcaldia Venustiano Carranza	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Información incompleta	"•        El sujeto obligado turne de nueva cuenta la solicitud a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, realice una búsqueda exhaustiva de la información solicitada y emita un pronunciamiento debidamente fundado y motivado respecto a los requerimientos identificados con los numerales 3 y 4.
•        En lo que respecta a la información del ""Plan Integral para la Construcción de lo Ciudad de México"", remita la solicitud a la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México y aI Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, para que en el ámbito de su competencia se pronuncien.
"	Sí	2022	
79	LLER	Ponencia	2022-05-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1021/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	Los documentos que requirió el Comité Técnico al entonces Comisionado César Cravioto respecto del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, donde se requirieron acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017, es decir, donde haya dado seguimiento a estas acusaciones por parte del Congreso y en consecuencia, los documentos que entregó César Cravioto para justificarse	Confirmar		Acceso a documentos	N/A	No			Incompetencia	N/A	NO	2022	
80	JCBG	Ponencia	2022-05-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.0995/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	Las expresiones documentales donde consten las transmisiones a la Personas Damnificadas, a título gratuito u oneroso, de los inmuebles resultantes de los procesos de reconstrucción, como se refiere del supuesto establecido en el segundo párrafo del artículo 41 de la Ley Para La Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, las que se hayan efectuado durante la administración de César Cravioto en 2019.	Revocar		Reconstruccion	N/A	Sí			Falta de trámite a la solicitud	"El Sujeto Obligado deberá de emitir una respuesta fundada y motivada sobre la información solicitada y entregar los documentos señalados en la solicitud de información; para lo cual deberá de turnar la solicitud a todas sus unidades administrativas con la finalidad de obtener los documentos interés del particular de la temporalidad requerida por el recurrente y posteriormente clasificar la información necesaria como confidencial o reservada conforme a la normatividad en la materia, entregando el Acta del Comité de Transparencia.
 
 Ahora bien, para el caso de que no se encuentre la documentación se deberá declarar la inexistencia de la información conforme a la normatividad, remitiendo dicha Acta de inexistencia al recurrente como anexo a la respuesta fundada y motivada adecuadamente.
 
 Aunado a lo anterior, deberá remitir la solicitud de información al Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México y la Secretaría de Administración y Finanzas, generando un folio de la remisión y notificándolo al recurrente."	Sí	2022	
81	JCBG	Ponencia	2022-05-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1135/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion Integral De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Las transferencias electrónicas o los documentos donde consten la entrega de recursos públicos por parte del fiduciario a favor de las personas damnificadas y/o terceros relacionados con los trabajos para la reconstrucción y rehabilitación integral de la Ciudad de México, lo anterior durante la administración de César Cravioto en 2019, mismas que como Secretario Técnico debió dar seguimiento puntual a cada una	Modificar		Reconstruccion	N/A	Sí			Cambio de modalidad	"Deberá de señalar nuevos días y horas suficientes para la celebración de la consulta directa a efecto de que la parte recurrente pueda revisar la versión pública de la información, considerando el volumen que constituye la misma. 
 
 En la nueva respuesta que emita deberá de informarle a la parte recurrente que, para el caso de que requiera de la reproducción en copia simple, las primeras 60 fojas serán expedidas de manera gratuita, mientras que a partir de la 61 en adelante deberá de informarle que conllevan un costo por tratarse de versión pública. Asimismo, deberá de informarle a quien es recurrente que, para el caso de la reproducción de copia certificada el costo por la reproducción de cada foja se realizará de conformidad con el Código Fiscal de la Ciudad de México
 
 La nueva respuesta que emita deberá de estar fundada, motivada."	Sí	2022	
82	JCBG	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1360/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	“Que se entregue la información que como entonces Comisionado de la Dependencia, César Cravioto, en su carácter de Secretario Técnico del Comité Técnico del Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, recibió respecto de todos los listados de las personas damnificadas que fueron sujetas a apoyo, así como los proyectos para llevar a cabo la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, durante su administración en 2021.” Sic	Revocar y dar vista		Reconstruccion	N/A	No			Cambio de modalidad	"Entregar preferentemente en la modalidad elegida (electrónica), los listados de las personas damnificadas que fueron sujetas a apoyo, así como los proyectos para llevar a cabo la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, durante ejercicio del año 2021.
 
 En caso de no encontrarse en posibilidades de entregar la información en la modalidad solicitada, bajo su más estricta responsabilidad, deberá exponer de manera fundada y motivada las razones que justifican la puesta disposición de la información requerida en consulta directa, señalando, fechas, horarios, ubicación, unidad administrativa, puesto y nombre la persona servidora pública que atenderá la consulta directa y asegurar que esta se lleve a cabo remitiendo el soporte documental que sustente su realización.
 
 Por otra parte, en el supuesto de que la documentación a entregar contenga información confidencial, deberá otorgar el acceso a la versión pública, previa intervención del Comité de Transparencia de conformidad con lo establecido en los artículos 180 y 216 de la Ley de Transparencia, entregando a la parte recurrente la resolución respectiva."	Sí	2022	
83	JCBG	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1335/2022	Secretaria De La Contraloria General	Administración Pública Central	Si tuvo conocimiento del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017 y en su caso, ¿qué acciones tomó sobre estos hechos, si los investigó, no hizo nada, no supieron y si dejaron como si nada al ex comisionado César Cravioto?	Revocar		Reconstruccion	N/A	No			Falta de trámite a la solicitud	"El Sujeto Obligado deberá de someter al Comité de Transparencia la clasificación en la modalidad de confidencial del pronunciamiento: Si tuvo conocimiento del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017 y en su caso, ¿qué acciones tomó sobre estos hechos, si los investigó, no hizo nada, no supieron y si dejaron como si nada al ex comisionado César Cravioto?, respetando el procedimiento establecido para ello, en términos del 169, 186, 216 y demás relativos aplicables de la Ley de Transparencia.
 
 Una vez hecho lo anterior, deberá de remitir a la parte recurrente la respectiva Acta del Comité Transparencia."	Sí	2022	
84	ARGG	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1367/2022	Secretaria De La Contraloria General	Administración Pública Central	Los mecanismos que ha implementado para la vigilancia del ejercicio correcto de los recursos públicos destinados a la rehabilitación y reconstrucción de la vivienda unifamiliar y multifamiliar, en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México, esto durante la gestión de César Cravioto.	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Incompetencia	"Deberá realizar la búsqueda exhaustiva e informar cuáles son los mecanismos que ha implementado para la vigilancia del ejercicio correcto de los recursos públicos destinados a la rehabilitación y reconstrucción de la vivienda unifamiliar y multifamiliar o si no ha implementado ninguno, durante el periodo de la gestión referida. 

"	Sí	2022	
85	LLER	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1466/2022	Secretaria De La Contraloria General	Administración Pública Central	Saber si derivado del dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, donde se requirieron acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017, el Comité Técnico presentó alguna denuncia o queja y ante qué autoridad para que se investigara el ejercicio de los recursos del fideicomiso y donde se hayan investigado las actividades del entonces comisionado César Cravioto para el deslinde de responsabilidades. Toda la documentación relacionada con esta solicitud, sea cualquiera la denominación que tenga	Confirmar		Reconstruccion	N/A	No			Información confidencial	N/A	NO	2022	
86	MCNP	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1338/2022	Alcaldia Cuajimalpa De Morelos	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento	Revocar		Reconstruccion	N/A	No			Inexistencia de Información	"•	Realice una búsqueda congruente y exahustiva dentro de los archivos de sus áreas competentes para conocer de la información, dentro de la que no podrá faltar la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, a efecto de que localicen la información requerida y le sea proporcionado al particular.
•	Remita la solicitud al correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México.
"	Sí	2022	
87	MCNP	Ponencia	2022-05-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1333/2022	Secretaria De La Contraloria General	Administración Pública Central	Si se tienen en trámite o concluidas investigaciones relacionadas con el manejo inadecuado de recursos públicos relacionados con el fondo a través del cual se destinaban recursos relacionados con la rehabilitación de las viviendas del sismo de CDMX de 2017 y en específico del entonces Comisionado César Cravioto durante toda su gestión, se entregue la información estadística al respecto y el vínculo donde puedan consultarse las sanciones impuestas, lo anterior, desde el citado sismo y hasta la creación del fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México.	Modificar		Reconstruccion	N/A	Sí			Clasificación como confidencial	"• Turne la solicitud de información a TODAS sus unidades administrativas que pudieran resultar competentes, en especial a su Dirección General de Coordinación de Órganos Internos de Control Sectorial, a su Órgano Interno de Control en la Jefatura de Gobierno y a su Órgano Interno de Control en la Secretaría de Administración y Finanzas, para que previa búsqueda exhaustiva y razonable en sus archivos, emita pronunciamiento debidamente fundado y motivado respecto al requerimiento 1 consistente en: Información estadística de investigaciones en trámite o concluidas, respecto al manejo inadecuado de recursos públicos relacionados con el fondo a través del cual se destinaban recursos relacionados con la rehabilitación de las viviendas del sismo de CDMX de 2017.
 
 • Haga entrega del Acta completa emitida por su comité de Transparencia donde se clasifica la información en su modalidad de confidencial respecto al requerimiento 2."	Sí	2022	
88	MCNP	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1473/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	El link o vínculo electrónico que dirija al portal donde se detalla el destino y la utilización de cada peso de los recursos públicos que se han destinado a las distintas acciones, aportaciones y el gasto público ejercido y en ejercicio por concepto de Reconstrucción, tal como se dispone en el párrafo segundo del artículo 37 de la Ley para la Reconstrucción de la Ciudad de México, por lo que deberá incluir las alertas donde se notifican los montos y acciones autorizadas respetando en cada momento el derecho a la información veraz, completa y clara. Asimismo, también se requiere el acceso a cada documento del que se habla en el artículo 38 de dicha ley. Esta información en específico se requiere respecto de la actualización informativa que haya brindado César Cravioto durante su administración como Comisionado	Confirma y se da vista		Reconstruccion	N/A	No			No corresponde a lo solicitado	N/A	NO	2022	
89	JCBG	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1475/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	Las expresiones documentales que den cuenta de que se llevaron a cabo las difusiones de las acciones del proceso de reconstrucción a través de lonas en los predios, reuniones informativas de Personas Damnificadas en los pueblos, barrios, colonias y unidades habitacionales durante la administración de César Cravioto en 2019, tal como lo establece el artículo 39 de la Ley para la Reconstrucción de la Ciudad de México.	Sobreseer por quedar sin materia y dar vista		Reconstruccion	N/A	No			Respuesta incompleta	Dar vista al OIC	Sí	2022	
90	MCNP	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1678/2022	Secretaria De Administracion Y Finanzas	Administración Pública Central	"En su calidad de fideicomitente del Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México informar y entregar las expresiones documentales donde consten las revisiones contables, administrativas, legales y de cualquier otra índole que haya instruido llevar a cabo a dicho fideicomiso donde se advierta a través de qué persona física o moral se hicieron. De lo anterior, se requiere conocer además las irregularidades que se hayan detectado de la gestión de César Cravioto o los indicios de irregularidades que se tuvieran y en qué concluyeron. Lo anterior del ejercicio 2019. Si no se realizó ninguna revisión, si no conocieron irregularidades de las señaladas durante ese periodo, así informarlo.
Lo anterior de conformidad con la cláusula Sexta del contrato de dicho fideicomiso."	Confirmar		Reconstruccion	N/A	No			Incompetencia	N/A	NO	2022	
91	LLER	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1681/2022	Secretaria De Administracion Y Finanzas	Administración Pública Central	En su calidad de fideicomitente del Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México informar y entregar las expresiones documentales donde consten las revisiones contables, administrativas, legales y de cualquier otra índole que haya instruido llevar a cabo a dicho fideicomiso donde se advierta a través de qué persona física o moral se hicieron. De lo anterior, se requiere conocer además las irregularidades que se hayan detectado de la gestión de César Cravioto considerando revisiones posteriores a su ejercicio y de las revisiones que hayan hecho cuando abandonó el cargo o los indicios de irregularidades que se tuvieran y en qué concluyeron. Lo anterior por lo que va del ejercicio 2022. Si no se realizó ninguna revisión, si no conocieron irregularidades de las señaladas durante ese periodo, así informarlo. Lo anterior de conformidad con la cláusula Sexta del contrato de dicho fideicomiso.	Confirmar		Reconstruccion	N/A	No			Incompetencia	N/A	NO	2022	
92	JCBG	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1555/2022	Alcaldia Azcapotzalco	Alcaldías	“…El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento…” Sic	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Incompetencia	El sujeto obligado, con fundamento en el artículo 200 de la Ley de Transparencia deberá de remitir, en vía correo electrónico, la solicitud ante la Unidad de Transparencia de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, proporcionando al recurrente el Acuse de remisión de la solicitud correspondiente, y los datos contacto de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado antes citado, para efectos de que pueda dar seguimiento a la gestión de su solicitud de información.	Sí	2022	
93	ARGG	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1527/2022	Alcaldia Milpa Alta	Alcaldías	"""El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento"""	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Respuesta incompleta	"Deberá realizar la búsqueda exhaustiva de la información solicitada en el requerimiento 3 y remitirla a quien es recurrente. 
En caso de no haber sostenido comunicaciones oficiales con el entonces Titular de la Comisión, así informarlo. 
Remitir la información adjunta que adjuntó en vía de alegatos a quien es recurrente."	Sí	2022	
94	MCNP	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1573/2022	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	Toda la información que se haya generado como antecedente y seguimiento respecto del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017 no se requiere el dictamen, ese ya lo tenemos, esto es, en relación con las irregularidades durante la gestión de César Cravioto como Comisionado de dicho ente	Modificar		Acceso a documentos	N/A	No			Respuesta incompleta	"•	Proporcione al particular toda la información que se haya generado como antecedente y seguimiento respecto del Dictamen en mención, en su caso, de funde y motive el cambio de modalidad, contemplando la puesta a disposición para consulta directa, habilitando días y horas suficientes para el particular pueda revisar la información, asimismo, ofrezca todas las opciones de reproducción de la información que sen posibles."	Sí	2022	
95	JCBG	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1575/2022	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	Que se entreguen las documentales donde conste si el entonces Comisionado César Cravioto fue citado y se presentó en comparecencia ante ese Órgano Legislativo explique las deficiencias durante su administración, relacionado con el TERCER punto de acuerdo del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017. Si no se citó y saber la razón y si se citó y no acudió conocer si existió alguna investigación o sanción por desacato o qué hizo ese congreso al respecto.	Modificar		Personas servidoras publicas	N/A	No			No corresponde a lo solicitado	"El Sujeto Obligado deberá de realizar una nueva búsqueda de la información en sus áreas competentes a efecto de que realicen una búsqueda exhaustiva de lo peticionado con una interpretación más amplia y en favor de la parte recurrente sobre todas las comparecencias que haya tenido el servidor público de mérito ante el Congreso, derivada de la cual deberá de remitir a quien es solicitante las documentales donde conste si el entonces Comisionado César Cravioto fue citado y se presentó en comparecencia ante ese Órgano Legislativo explique las deficiencias durante su administración. Lo anterior, salvaguardando los datos personales, así como la información de carácter reservada que pudiera contener.
 
 Asimismo, de conformidad con el artículo 200 de la Ley de Transparencia deberá de remitir la solicitud de información, vía correo oficial, a la Secretaría de la Contraloría General, para efectos de que atienda la solicitud de información dentro de sus atribuciones, proporcionando al recurrente el Acuse de remisión de la solicitud correspondiente, y los datos contacto de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado antes citado, para efectos de que pueda dar seguimiento a la gestión de su solicitud de información."	Sí	2022	
96	MASMR	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1359/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	“Que se entregue la información que como entonces Comisionado de la Dependencia, César Cravioto, en su carácter de Secretario Técnico del Comité Técnico del Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, recibió respecto de todos los listados de las personas damnificadas que fueron sujetas a apoyo, así como los proyectos para llevar a cabo la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, durante su administración en 2020.”	Revocar y dar vista		Reconstruccion	N/A				Cambio de Modalidad	el sujeto obligado debe entregar la información que se solicita, ya que la misma, a través de las diligencias para mejor proveer, se pudo constatar que obra en un medio digital, al ser este en formato PDF, por lo que, deberá solicitar a la persona recurrente, un medio de almacenamiento a fin de poder proporcionar la información solicitada, sin dejar de observa que la misma se ajuste a lo establecido en la Ley de la materia por tratarse de una obligación de transparencia.	Sí	2022	
97	MASMR	Ponencia	2022-05-25 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1469/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	Las expresiones documentales *** den cuenta *** *** reuniones *** trabajo diarias *** debieron sostenerse *** *** administración *** *** *** en diciembre *** 2018, *** *** *** trata el artículo 15 *** *** *** para *** Reconstrucción *** *** Ciudad *** México donde conste *** participación *** consejo consultivo, *** representantes *** *** dependencias, personas damnificadas y el Congreso.	Modificar		Reconstruccion	N/A				Falta de respuesta	Declare, por conducto de su Comité de Transparencia, la inexistencia de la información solicitada y entregue la resolución correspondiente a la persona recurrente, de conformidad con los artículos invocados en el cuerpo de la presente resolución.	Sí	2022	
98	LLER	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1331/2022 Y INFOCDMX/RR.IP.1336/2022 ACUMULADOS	Secretaria De La Contraloria General	Administración Pública Central	"1.1. Solicitud 1: “…Los documentos donde consten las investigaciones que ha iniciado en contra del entonces Comisionado César Cravioto, derivado de resultados de una verificación, control interno y/o auditoría en términos de las atribuciones que le confiere el Plan para la Reconstrucción de la Ciudad de México, en 2021…”. Sic
1.2. Solicitud 2:“…Se solicita se informe si el Órgano Interno de Control de la dependencia realizó algún seguimiento, inició procedimiento, o realizó alguna acción derivada de las protestas de los integrantes del colectivo Damnificados Unidos de la Ciudad de México que tuvieron verificativo en junio de 2020, respecto de la destitución de César Cravioto y los documentos relacionados con este hecho…”. Sic
"	Revocar		Reconstruccion	N/A	No			Clasificación como Confidencial	Realice una nueva clasificación de la infomración	Sí	2022	
99	JCBG	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1715/2022	Secretaria De Obras Y Servicios	Administración Pública Central	"1. El número de obras que se encuentran involucradas en “esa Alcaldía” derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. -Requerimiento 1-
 2. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. -Requerimiento 2-
 3. Las comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con César Cravioto donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento. -Requerimiento 3-"	Modificar		Reconstruccion	N/A	Sí			Incompetencia	"El Sujeto Obligado, de conformidad con el artículo 200 de la Ley de Transparencia deberá de remitir la solicitud de información, vía correo electrónico oficial, ante las 16 Alcaldías de la Ciudad de México.
 
 Ahora bien, de conformidad con el artículo 211 de la Ley de Transparencia el Sujeto Obligado deberá de turnar la solicitud ante todas sus áreas competentes a efecto de que realicen una búsqueda exhaustiva de la información en relación con “Las comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con César Cravioto donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento”. -Requerimiento 3-. Una vez hecho lo anterior, deberá de remitir lo solicitado en la vía idónea para ello a quien es recurrente o, en su caso, deberá de realizar las aclaraciones pertinentes. Lo anterior, siempre salvaguardando los datos personales y la información reservada que pudiera contener."	Sí	2022	
100	JCBG	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1675/2022	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Entregue el registro que lleva de los proyectos estructurales de rehabilitación o reconstrucción de viviendas con que cuente desde 2019 y hasta 2021-A-, específicamente de proyectos iniciados y concluidos durante la administración de César Cravioto como Comisionado y como Secretario Técnico del Fideicomiso para la Reconstrucción de la CDMX, en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México. -B-	Confirmar		Reconstruccion	N/A	Sí			Información incompleta	N/A	NO	2022	
101	MASMR	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1679/2022	Secretaria De Administracion Y Finanzas	Administración Pública Central	En su calidad de fideicomitente del Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México informar y entregar las expresiones documentales donde consten las revisiones contables, administrativas, legales y de cualquier otra índole que haya instruido llevar a cabo a dicho fideicomiso donde se advierta a través de qué persona física o moral se hicieron. De lo anterior, se requiere conocer además las irregularidades que se hayan detectado de la gestión de César Cravioto o los indicios de irregularidades que se tuvieran y en qué concluyeron. Lo anterior del ejercicio 2020. Si no se realizó ninguna revisión, si no conocieron irregularidades de las señaladas durante ese periodo, así informarlo. Lo anterior de conformidad con la cláusula Sexta del contrato de dicho fideicomiso.	Confirmar		Reconstruccion	N/A				Incompetencia	N/A	NO	2022	
102	MASMR	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1524/2022	Alcaldia Cuauhtemoc	Alcaldías	“El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento.” sic	Revocar		Reconstruccion	N/A				No corresponde con lo solicitado	"*Realice una búsqueda de la información en los archivos físicos y electrónicos en todas las unidades administrativas que puedan conocer de la información, entre las cuales no podrá omitir a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Servicios Urbanos, y proporcione al particular la información solicitada. 
 * Vía correo electrónico, turne la solicitud del particular ante la Comisión de Reconstrucción de la Ciudad de México, para que, con base en sus atribuciones, atiendan la solicitud del particular. Respecto a este punto, el sujeto obligado deberá hacer las gestiones para proporcionar al particular el nuevo folio de su solicitud para el seguimiento correspondiente."	Sí	2022	
103	MASMR	Ponencia	2022-06-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1574/2022	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	Conocer y que se entregue la información que presentó o respuesta que dio el entonces Comisionado César Cravioto respecto de la emisión del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017. Lo anterior respecto de cada punto de acuerdo al que se llegó en dicho dictamen	Sobreseer por quedar sin materia		Reconstruccion	N/A				Información incompleta	N/A	Sí	2022	
104	LLER	Ponencia	2022-06-08 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1471/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	“ Las expresiones documentales *** den cuenta *** *** reuniones *** trabajo diarias *** debieron sostenerse *** *** administración *** *** *** *** 2020, *** *** *** trata el artículo 15 *** *** *** para *** Reconstrucción *** *** Ciudad *** México donde conste *** participación *** consejo consultivo, *** representantes *** *** dependencias, personas damnificadas y el Congreso	Revocar		Reconstruccion	N/A	No			No corresponde a lo solicitado	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
105	JCBG	Ponencia	2022-06-08 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2455/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	"Solicito todos los documentos y gestiones de trámites relacionadas al edificio de reconstrucción ubicado en el domicilio Toluca 28, Roma Sur, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, con relación a la solicitud hecha ante la CFE de ""presupuesto de cargos por obras especificas y de ampliación"", con número de solicitud: 00000122/2022, con número de oficio 0175/2022. Todos los documentos emitidos y los documentos enviados a la comisión para la reconstrucción de la Ciudad de México con relación al trámite, correos electrónicos, minutas de reuniones, entre otros."	Ordenar y dar vista		Reconstruccion	N/A	No			Falta de respuesta	Ordena emitir respuesta y se da vista al OIC	Sí	2022	
106	LLER	Ponencia	2022-06-08 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1576/2022	Congreso De La Ciudad De Mexico	Poder Legislativo	“… Saber si además del Dictamen que presenta la Comisión de Reconstrucción en sentido positivo con modificaciones respecto al punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a realizar acciones inmediatas derivadas de su obligación con la transparencia y rendición de cuentas y con los ciudadanos afectados por el sismo de 2017, se emitieron por parte de ese Órgano Legislativo otros documentos de análisis en relación con el uso y destino de recursos públicos relacionados con el fondo y después fideicomiso que se creó al respecto y en concreto con la gestión de César Cravioto tanto como Comisionado de la Comisión para la Reconstrucción y como Secretario Técnico del Comité del Fideicomiso que lleva similar nombre	Modificar		Reconstruccion	N/A	No			Respuesta incompleta	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
107	MASMR	Ponencia	2022-06-08 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1834/2022	Alcaldia Iztapalapa	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX. Lo anterior, indicando si la obra fue iniciada en esos años en específico, si actualmente se encuentra proceso o en qué año concluyó, incluyendo las direcciones físicas de cada obra. Si no se hicieron obras en ninguno de esos años favor de manifestarlo y si se pararon y no se les dieron continuidad también mencionarlo incluyendo la razón, por ejemplo si ya no se destinaron recursos para su conclusión. Finalmente, se quiere conocer la relación que se tenía con el ex comisionado para los trabajos de las obras que se hicieron en esas alcaldías y si guardan comunicaciones oficiales de archivo que se hayan establecido con él donde se mencionen obras, recursos públicos o apoyos de cualquier tipo relacionados con las atribuciones de la Comisión en comento.	Modificar		Reconstruccion	N/A				No corresponde a lo solicitado	"· Realice una nueva búsqueda exhaustiva y turne la solicitud a las unidades administrativas competentes para conocer, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Obras y Servicios y la Dirección General de Administración, a fin de que se manifiesten respecto de:
 § El estatus en el que se encuentran las obras y, en su caso, la razón por la que no han concluido. 
 § La relación del ex titular de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México con la Alcaldía y si existen comunicaciones oficiales en las que se mencionen obras, recursos o apoyos con dicha Comisión."	Sí	2022	
108	MASMR	Ponencia	2022-06-08 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.1784/2022	Instituto Para La Seguridad De Las Construcciones En La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	Los mecanismos necesarios para el ejercicio correcto de los recursos públicos destinados a la rehabilitación y reconstrucción de la vivienda unifamiliar y multifamiliar, en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México. Lo anterior respecto de los mecanismos creados de 2019 a 2021 durante la administración de César Cravioto y si estos tienen algún resultado o emitieron algún comentario sobre la gestión de dicho personaje.	Revocar		Reconstruccion	N/A				Incompetencia	"Realice una nueva búsqueda de la información solicitada e informe al particular el resultado de esta, realizando las aclaraciones pertinentes y entregando, en su caso, la documentación solicitada.
 • Remita la solicitud de información a las Unidades de Transparencia de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Secretaría de la Contraloría General, realizando todas las gestiones necesarias para verificar que se generen los folios correspondientes, los cuales también deberán hacerse del conocimiento de la persona recurrente."	Sí	2022	
109	LLER	Ponencia	2022-06-15 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2531/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	"""Solicito información referente al siguiente inmueble: CALLE EMILIANO ZAPATA , NUM.EXT: 56 , COLONIA: PORTALES SUR , ALCALDÍA: BENITO JUAREZ
¿Cuál es el nombre de la empresa constructora?.
¿Cuándo iniciará obra de reconstrucción?
¿Cuánto tiempo tardará el proyecto de obra?
¿Cuántas unidades privativas se van a construir en dicha obra?
¿Derivado del proceso de expropiación, la titularidad del inmueble de Zapata 56 ya se traslado a las personas damnificadas como propietarios?.
De la carpeta de investigación CI-FBJ/BJ-2/UI-2/C/D/01366/09-2017 D01 ¿Cuál es el estatus de la empresa Canada Building Systems S.A de C.V.?   """	Sobreseer por quedar sin materia y se da vista		Reconstruccion	N/A	No			Falta de respuesta	N/A	Sí	2022	
110	ARGG	Ponencia	2022-06-15 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2052/2022	Alcaldia La Magdalena Contreras	Alcaldías	El número de obras que se encuentran involucradas en la jurisdicción de esa alcaldía derivadas de acciones de reconstrucción de su competencia, entre ellas, las relacionadas con la rehabilitación o recuperación de vialidades secundarias, de espacios públicos y aquellas obras necesarias para alcanzar una reconstrucción integral de las zonas afectadas, lo anterior en términos de las atribuciones que le confiere el Plan Integral para la Construcción de la Ciudad de México y desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2021, lo anterior, específicamente durante la gestión de César Cravioto como entonces Comisionado para la Reconstrucción de la CDMX.	Modificar		Reconstruccion	N/A	RE			No corresponde a lo solicitado	"*Realice una búsqueda de la información en los archivos físicos y electrónicos en todas las unidades administrativas que puedan conocer de la información, entre las cuales no podrá omitir a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Servicios Urbanos, y proporcione al particular la información solicitada. 
 * Vía correo electrónico, turne la solicitud del particular ante la Comisión de Reconstrucción de la Ciudad de México, para que, con base en sus atribuciones, atiendan la solicitud del particular. Respecto a este punto, el sujeto obligado deberá hacer las gestiones para proporcionar al particular el nuevo folio de su solicitud para el seguimiento correspondiente."	Sí	2022	
111	ARGG	Ponencia	2022-08-03 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.3007/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	"""sobre el presupuesto que ha recibido la Comisión para la Reconstrucción 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022: 1. ¿Cuánto es el presupuesto que ha recibido?: 2. ¿Cuánto de ese presupuesto se ha destinado para la reconstrucción o rehabilitación de casas, edificios e inmuebles dañados por el sismo del 19 de septiembre de 2017?; y 3. ¿Cuánto de ese presupuesto fue para el pago de nóminas y operación?""."	Confirmar		Asignacion y ejercicio del gasto publico	N/A	No			No corresponde información con lo solicitado	• De manera fundada y motivada remita la solicitud vía correo electrónico a la Unidad de Transparencia de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, a efecto de que se pronuncie como en derecho corresponda.	NO	2022	
112	JCBG	Ponencia	2022-09-14 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.3835/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	"Solicito amablemente que, de acuerdo con el listado de empresas y personas físicas contratadas para la reconstrucción, disponible en el portal https://reconstruccion.cdmx.gob.mx/, y el cual adjunto en esta solicitud, me otorgue la siguiente relación:
 - Nombre de la empresa en relación con la ubicación del inmueble a reconstruir, demoler, reparar o cualquier otra intervención para la que haya sido contratada en el proceso de reconstrucción. Indicar fecha del contrato otorgado, concepto de contratación, monto del contrato, si hubo o no convenio modificatorio, vigencia del contrato, si el contrato sigue activo o si la persona física o moral ya concluyó la obra asignada."	Revocar		Reconstruccion	N/A	Sí			entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante	Entregue la información solicitada en la modalidad elegida por el solicitante o funde y motive el cambio de modalidad	Sí	2022	
113	ARGG	Ponencia	2022-09-14 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.3937/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	Solicitó el nombre de la empresa en relación con la ubicación del inmueble a reconstruir, demoler, reparar o cualquier otra intervención para la que haya sido contratada en el proceso de reconstrucción. Indicar fecha del contrato otorgado, concepto de contratación, monto del contrato, si hubo o no convenio modificatorio, vigencia del contrato, si el contrato sigue activo o si la persona física o moral ya concluyó la obra asignada. Además, requirió el vínculo electrónico otorgado en respuesta a otra solicitud de información por no estar disponible de manera legible.	Sobreseer por quedar sin materia		Reconstruccion	N/A	Sí			Falta de respuesta	N/A	Sí	2022	
114	MASMR	Ponencia	2022-10-12 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.4669/2022	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	Conocer todos los códigos de vivienda por domicilio completo y código respecto de los cuales la empresa Ingeniería y Construcciones Gabe, S.A. de C.V. haya realizado o esté realizando trabajos de demolición, reconstrucción o reforzamiento	Sobreseer por quedar sin materia		Reconstruccion	N/A	No			Respuesta incompleta	N/A	Sí	2022	
115	LLER	Ponencia	2022-11-03 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.5496/2022	Alcaldia Cuauhtemoc	Alcaldías	"Con fundamento en la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de datos personales, ambas de la Ciudad de México y en relación al cumplimiento a la Ley Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México se solicita información para fines académicos y estadísticos se pregunta lo siguiente:
1. Esa Institución realiza simulacros previos al simulacro nacional previsto para el día 19 de septiembre de 2022, con que periodicidad.
2. Se cuenta con plan de continuidad de operaciones.
3. Si cuentan con varios edificios, se pide la información del edificio donde se lleva a cabo su principal gestión, se tiene dictamen de evaluación del riesgo.
4. Se tiene contabilizado de manera nominativa el personal que se encuentra en dicho edificio.
5. En caso de evacuación del edificio por algún desastre tienen protocolo para evacuar a visitantes, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
6. Tienen contabilizados cuantos visitantes por día acuden al edificio principal 
7. Se tiene un manual, protocolo o cualquier marco normativo que regule protección civil en su edificio principal, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
8. Cuentan con alarmas sísmica dentro del edificio, cada cuando se les proporciona mantenimiento.
9. Cuenta el edificio con extinguidores y cuantos; que empresa realiza la verificación y mantenimiento de estos y cada cuando.
10. La institución cuenta con Unidad de Protección Civil.
11. La institución cuenta con brigadistas, proporcionar nombre, cargo y horario de sus labores.
12. Existe un documento donde se formaliza el nombramiento de brigadistas

1. Existe documento donde se compare tiempos de evacuación en los simulacros realizados en esa institución, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
2. Las instalaciones del edificio principal ha sido evaluado por la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México.
3. Existe algún dictamen o evaluación por escrito realizado por la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México a su edificio, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
4. Existe en su institución procedimiento, protocolos para enfrentar un desastre como temblor o sismo, incendio, amenaza de bomba, antes, durante y después, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
5. Existe plan de evacuación.
6. Según la Ley de gestión en su Artículo 117. “Las acciones de preparación son aquellas dirigidas a mantener una capacidad de respuesta adecuada ante los Fenómenos Perturbadores y a disminuir los daños y pérdidas causados por éstos en la población, sus bienes y su entorno, y de manera enunciativa más no limitativa, son las siguientes: I. Equipamiento de los integrantes del Sistema; II. Equipamiento de
los sistemas de evaluación temprana de daños; III. Mejoramiento de los cuerpos de Emergencia en cantidad, profesionalización y equipo; IV. Financiamiento para el equipamiento permanente de los integrantes del Sistema; V. Capacitación permanente de brigadistas comunitarios, cuerpos de emergencia, servidores públicos y a la población en general; y VI. Realización de simulacros con diversas hipótesis, de conformidad con lo que establezcan la Ley y el Reglamento” ¿con cuantos cumple esa institución?
7. Se ha realizado alguna gestión para dar cumplimiento al artículo 107. De la LEY GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO que dice: “La Secretaría coordinará campañas permanentes de capacitación y concientización en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, con la intervención que corresponda de los sectores público, social y privado.” De ser el caso la última fecha de capacitación para concientización de la Gestión de Riesgos y protección civil."	Desechar		Na	N/A	N/A			N/A	N/A	N/A	2022	
116	LLER	Ponencia	2022-11-03 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.5541/2022	Fideicomiso Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Fondos Y Fideicomisos	"Solicito a esta dependencia se me indique el listado de las edificaciones afectadas por el sismos 19 septiembre de 2017. 
 Monto de la partida presupuestal entregada a la comisión en de reconstrucción en el 
 ejercicio fiscal 2017 
 ejercicio fiscal 2018 
 ejercicio fiscal 2019 
 ejercicio fiscal 2020 
 ejercicio fiscal 2021 
 ejercicio fiscal 2022 
 Solicito se me indique el presupuesto designado a cada inmueble por cada ejércicio fiscal. 
 Así también como el tiempo de entrega del inmueble […] así como el presupuesto otorgado en los ejercicios fiscales 
 2018 
 2019 
 2020 
 2021 
 2022"	Desechar		Na	N/A	N/A			N/A	N/A	N/A	2022	
117	MCNP	Ponencia	2022-11-09 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.5498/2022	Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico	Poder Judicial	Diversos requerimientos como: . Esa Institución realiza simulacros previos al simulacro nacional previsto para el día 19 de septiembre de 2022, con que periodicidad. 2. Se cuenta con plan de continuidad de operaciones. 3. Si cuentan con varios edificios, se pide la información del edificio donde se lleva a cabo su principal gestión, se tiene dictamen de evaluación del riesgo. 4. Se tiene contabilizado de manera nominativa el personal que se encuentra en dicho edificio. 5. En caso de evacuación del edificio por algún desastre tienen protocolo para evacuar a visitantes, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf. 6. Tienen contabilizados cuantos visitantes por día acuden al edificio principal. 7. Se tiene un manual, protocolo o cualquier marco normativo que regule protección civil en su edificio principal, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf. 8. Cuentan con alarmas sísmica dentro del edificio, cada cuando se les proporciona mantenimiento. 9. Cuenta el edificio con extinguidores y cuantos; que empresa realiza la verificación y mantenimiento de estos y cada cuando. 10. La institución cuenta con Unidad de Protección Civil.	Modificar		Seguridad	N/A	Sí			Incompetencia	Entregue el oficio de alegatos para conocimiento de la persona recurrente	Sí	2022	
118	LLER	Ponencia	2022-11-24 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.5406/2022	Alcaldia Xochimilco	Alcaldías	Solicito la lista de edificios daños por el sismo del 2017 en la ciudad de México, que cuenten con “dictamen de estructurares Alto riesgo de colapso”, ALTO RIESGO y RIESGO MEDIO. dividido por Alcaldía y colonia.	Revocar		Reconstruccion (sismo)	N/A	No			Incompetencia	Deberá realizar la remisión, vía correo electrónico institucional, de la solicitud de la parte recurrente, al Instituto para la Seguridad de las Construcciones y la Comisión de Reconstrucción de la Ciudad de México a efecto, de que la atiendan y le den acceso a la información pública de su interés, asimismo, le deberá proporcionar los datos de contacto a la parte recurrente de las Unidades de Transparencia de ambos sujetos obligados.	Sí	2022	
119	ARGG	Ponencia	2022-11-24 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.5497/2022	Alcaldia Coyoacan	Alcaldías	"1. Esa Institución realiza simulacros previos al simulacro nacional previsto para el día 19 de septiembre de 2022, con que periodicidad. 
 2. Se cuenta con plan de continuidad de operaciones.
 3. Si cuentan con varios edificios, se pide la información del edificio donde se lleva a cabo su principal gestión, se tiene dictamen de evaluación del riesgo.
 4. Se tiene contabilizado de manera nominativa el personal que se encuentra en dicho edificio.
 5. En caso de evacuación del edificio por algún desastre tienen protocolo para evacuar a visitantes, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
 6. Tienen contabilizados cuantos visitantes por día acuden al edificio principal.
 7. Se tiene un manual, protocolo o cualquier marco normativo que regule protección civil en su edificio principal, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
 8. Cuentan con alarmas sísmica dentro del edificio, cada cuando se les proporciona mantenimiento.
 9. Cuenta el edificio con extinguidores y cuantos; que empresa realiza la verificación y mantenimiento de estos y cada cuando.
 10. La institución cuenta con Unidad de Protección Civil.
 11. La institución cuenta con brigadistas, proporcionar nombre, cargo y horario de sus labores.
 12. Existe un documento donde se formaliza el nombramiento de brigadistas
 1. Existe documento donde se compare tiempos de evacuación en los simulacros realizados en esa institución, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
 2. Las instalaciones del edificio principal ha sido evaluado por la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México.
 3. Existe algún dictamen o evaluación por escrito realizado por la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México a su edificio, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
 4. Existe en su institución procedimiento, protocolos para enfrentar un desastre como temblor o sismo, incendio, amenaza de bomba, antes, durante y después, de ser el caso adjuntar en formato Word o pdf.
 5. Existe plan de evacuación.
 6. Según la Ley de gestión en su Artículo 117. “Las acciones de preparación son aquellas dirigidas a mantener una capacidad de respuesta adecuada ante los Fenómenos Perturbadores y a disminuir los daños y pérdidas causados por éstos en la población, sus bienes y su entorno, y de manera enunciativa más no limitativa, son las siguientes: I. Equipamiento de los integrantes del Sistema; II. Equipamiento de los sistemas de evaluación temprana de daños; III. Mejoramiento de los cuerpos de Emergencia en cantidad, profesionalización y equipo; IV. Financiamiento para el equipamiento permanente de los integrantes del Sistema; V. Capacitación permanente de brigadistas comunitarios, cuerpos de emergencia, servidores públicos y a la población en general; y VI. Realización de simulacros con diversas hipótesis, de conformidad con lo que establezcan la Ley y el Reglamento” con cuantes cumple esa institución?
 7. Se ha realizado alguna gestión para dar cumplimiento al artículo 107. De la LEY GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO que dice: “La Secretaría coordinará campañas permanentes de capacitación y concientización en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, con la intervención que corresponda de los sectores público, social y privado.” De ser el caso la última fecha de capacitación para concientización de la Gestión de Riesgos y protección civil.
 8. Existe salida o escaleras de emergencia en el exterior del edificio y que tipo de escalera son
 9. Se tiene destinado un presupuesto para protección civil y que partida es
 10. Se cuenta con Comité de identificación de riesgos.
 11. En la institución existe sancion por incumplimiento a la ley"	Modificar		Otros	N/A	Sí			Respuesta incompleta	Instruye nueva búsqueda	Sí	2022	
120	ARGG	Ponencia	2023-01-11 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.6142/2022	Secretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda	Administración Pública Central	"En la pagina https://paot.org.mx/micrositios/riesgo-sismico/revisados_paot.html se publica el Documento PANORAMA DE RIESGO SÍSMICO/ Daños del 19 de septiembre de 2017/Edificios de riesgo revisados por el grupo interinstitucional donde participó la PAOT. donde se menciona que en el 2017 se crearon comisiones integradas con personal de la PAOT, SEDUVI, PROTECCIÓN CIVIL, entre otras y realizaron un diagnóstico. el cual señala: “Derivado de una primera etapa de evaluación realizada en las delegaciones: Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa y Tlalpan, se obtuvo que 68 inmuebles presentan “Alto Riesgo”.

Dentro de ese reporte se mencionan 68 inmuebles y entre ellos de la Unidad Habitacional Fuentes Brotantes se encuentran: En la Manzana 1, edificio 1J, en el Bloque B los edificios B13 y B14 y en el Bloque D, Todos los edificios, no especifican en qué consiste ese “ALTO RIESGO” y tampoco se especifica las acciones a emprender para eliminar ese “Alto Riesgo”. 
solicitamos:
1.-Solicitamos copia simple de las cedulas de evaluación donde se diagnosticaron los inmuebles de Tlalpan, Unidad Habitacional Fuentes Brotantes como de ALTO RIESGO.
2.- Bitácoras de las visitas realizadas por estas instituciones a la Unidad Habitacional Fuentes Brotantes para realizar los diagnósticos.
3.-Nombre de los funcionarios públicos de las tres dependencias responsables de esas verificaciones.
4.-Copias de los oficios o memorandums donse se hable de la situación de ALTO RIESGO de los edificios de la Unidad Habitacional Fuentes Brotantes.
5.-Copia simple del Documento ""PANORAMA DE RIESGO SÍSMICO/ Daños del 19 de septiembre de 2017/Edificios de riesgo"	Revocar		Reconstruccion (sismo)	N/A	Sí	Sí	N/A	Incompetencia	Remisión al Instituto para la Seguridad de las Construcciones como a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México	N/A	2023	Positivo
121	ARGG	Ponencia	2023-01-18 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.6637/2022	Instituto De Vivienda De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	El listado de condonación del programa Crédito Emergente para Reparación de Vivienda sobre el apoyo tramitado por INVI debido a la afectación del sismo ocurrido el día 10 de septiembre del 2017 para la reparación de viviendas	Desechar		Na	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	2023	NP
122	LLER	Ponencia	2023-03-01 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.6776/2022 (reencauzado)	Alcaldia Tlahuac	Alcaldías	"""A) De acuerdo al informe de Cuenta Pública del año 2017, localizable en la página electrónica https://servidoresx3.finanzas.cdmx.gob.mx/egresos/cp2017_19/ respecto a las ADS, Ayudas, Donativos y subsidios identificables en la foja marcada con el número de folio ochenta y cuatro (084), siguientes:
 • Rehabilitación de unidades habitacionales en la Delegación Tláhuac
 • Materiales para ayudar por única ocasión, a la población afectada, tras el sismo del 19 de
 septiembre de 2017
 Solicito me proporcione la información siguiente:
 1.- De Cada uno de los subsidios, donativos, apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A). Solicito me informe que categoría tiene cada uno de ellos, es decir si es Ayuda, Donativo, apoyo o subsidio, la cantidad monetaria ejercida por cada uno de ellos, el nombre o denominación que le recayó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de cada uno de ellos y la partida presupuestal a la que pertenecen.
 2- Solicito me informe en qué fecha fueron publicadas las reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como el número que le recayó de cada una de los subsidios, donativos, apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A), con la finalidad de leerlas.
 3.- Me informe en qué fecha fue publicado el padrón de beneficiarios en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como el número de Gaceta que le recayó, de cada uno de los subsidios, donativos apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A), con la finalidad de conocerlos.
 4.- De Cada uno de los subsidios, donativos apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A), en caso de que se haya manejado por medio de convocatoria abierta solicito me informe la fecha en que se publicó y el número que le recayó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con la finalidad de leerlas
 5.- En caso de que algún o algunos de los donativos, subsidios, apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A), se haya otorgado excepcionalmente a persona física o moral, solicito me proporcione copia de la autorización del titular delegacional, en la que se justifique la procedencia del otorgamiento.
 6.-Solicito me informe solicito me informe la fecha se publicó y el número que le recayó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a las evaluaciones internas de todos y cada uno de los subsidios, donativos, apoyos o ayudas contemplados en las fojas del inciso A), con las finalidad de leerlas.
 B) De acuerdo al informe de Cuenta Pública del año 2017, localizable en la página electrónica https://servidoresx3.finanzas.cdmx.gob.mx/egresos/cp2017_19/ De los SAP Programas que Otorgan Subsidios y Apoyos a la Población identificables en las fojas marcadas con el número de folio ochenta y uno, ochenta y dos, ochenta y tres (080, 081, 082 y 083)."""	Modificar		Acceso a documentos	N/A	Sí	Sí	N/A	Respuesta incompleta	Entregar la información	N/A	2023	Positivo
123	LLER	Ponencia	2023-05-10 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2316/2023	Secretaria De Obras Y Servicios	Administración Pública Central	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX . [Sic.]	Desechar		Na	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	2023	Improcedente
124	MCNP	Ponencia	2023-05-17 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2318/2023	Secretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda	Administración Pública Central	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX .	Desechar		Na	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	2023	NP
125	MCNP	Ponencia	2023-05-17 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2253/2023	Alcaldia Azcapotzalco	Alcaldías	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX .	Desechar		Na	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	2023	NP
126	ARGG	Ponencia	2023-05-17 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2252/2023	Servicio De Transportes Electricos De La Ciudad De Mexico	Organismos Desconcentrados, Descentralizados, Paraestatales Y Auxiliares	"""Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX"" (Sic)"	Desechar		Reconstruccion (sismo)	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	N/A	2023	NP
127	MASMR	Ponencia	2023-05-24 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2319/2023	Alcaldia Iztacalco	Alcaldías	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX.	Revocar		Obras y construcciones	N/A	No	No	N/A	No corresponde con lo solictado	"Revocar- • Proporcione al particular la información proporcionada en su oficio de alegatos, junto con sus anexos correspondientes. 
 
 • Vía correo electrónico, turne la solicitud del particular ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, al Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México, a la Secretaría de Obras y Servicios, a la Secretaría de la Contraloría General, a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México y al Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, para que, con base en sus atribuciones y de acuerdo al análisis realizado en la presente resolución, atiendan los requerimientos de lo solicitado. Respecto a este punto, el sujeto obligado deberá hacer las gestiones para proporcionar al particular los nuevos folios de sus solicitudes para el seguimiento correspondiente."	N/A	2023	Positivo
128	LLER	Ponencia	2023-05-24 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2256/2023	Alcaldia Álvaro Obregon	Alcaldías	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX	Modificar		Personas servidoras publicas	N/A	No	Sí	N/A	incompetencia	"Asuma competencia y realice una búsqueda exhaustiva en sus archivos, específicamente en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y emita una nueva respuesta.
 - Realice la remisión del folio de la solicitud 092073823000954 a los siguientes sujetos obligados competentes: Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, Secretaría de la Contraloría General, Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México, Secretaría de Obras y Servicios y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.T23"	N/A	2023	Positivo
129	MASMR	Ponencia	2023-05-24 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2254/2023	Alcaldia Tlahuac	Alcaldías	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX.	Modificar		Obras y construcciones	N/A	No	Sí	N/A	No corresponde con lo solictado	Modificar-• Vía correo electrónico, turne la solicitud del particular ante al Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México, a la Secretaría de Obras y Servicios, a la Secretaría de la Contraloría General, a la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México y al Fideicomiso para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, para que, con base en sus atribuciones y de acuerdo al análisis realizado en la presente resolución, atiendan los requerimientos de lo solicitado. Respecto a este punto, el sujeto obligado deberá hacer las gestiones para proporcionar al particular los nuevos folios de sus solicitudes para el seguimiento correspondiente.	N/A	2023	Positivo
130	MCNP	Ponencia	2023-05-31 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.3233/2023	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	La persona solicitante requirió le informaran si derivado de las perdidas o afectaciones en inmuebles por los sismos de 2017, existe un programa emergente para damnificados por los sismos de ese año, saber si existen programas sociales que otorguen subsidios por 50% sobre créditos hipotecarios, si se encuentra vigente aún el Programa Nacional de Reconstrucción, entre otros cuestionamientos.	Ordenar y dar vista		Reconstruccion (sismo)	N/A	No	No	Sí	Falta de respuesta	ORDENAR al sujeto obligado que emita respuesta en atención a la solicitud de acceso a la información pública de mérito	N/A	2023	Positivo
131	JCBG	Ponencia	2023-05-31 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2255/2023	Alcaldia Venustiano Carranza	Alcaldías	Del DRO 1883 …, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibió para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro número de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX.	Modificar		Obras y construcciones	N/A	Sí	Sí	N/A	Respuesta incompleta	Realizar una nueva búsqueda de la información y entregar lo solicitado	N/A	2023	Positivo
132	ARGG	Ponencia	2023-06-21 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2517/2023	Comision Para La Reconstruccion De La Ciudad De Mexico	Administración Pública Central	Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX .	Modificar		Reconstruccion (sismo)	N/A	Sí	Sí	N/A	Inexistencia	"•	Deberá remitir la solicitud vía correo electrónico oficial al Instituto para la Seguridad de las Construcciones, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y la Fiscalía General de Justicia dela Ciudad de México, marcando copia de conocimiento a quien es recurrente para que pueda dar seguimiento a su solicitud."	N/A	2023	Positivo
133	ARGG	Ponencia	2023-06-21 00:00:00	RR.IP. Acceso a información pública	INFOCDMX/RR.IP.2317/2023	Secretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda	Administración Pública Central	"Del DRO 1883 Rodolfo Sánchez Zaragoza, obras que autorizo, en proceso construcción, denuncias en su contra, recursos que recibio para el pago de DROs para la reconstrucción después del sismo, obras que autorizo para el cartel inmobiliario, y porque usa otro numero de DRO el 1860 a nombre de Rubén Prado Camacho ; expedientes completos de los 2 en SEDUVI denuncias en la Contraloría General y la actual secretaria .-. carpetas en la PGJDF y FGJCDMX .
"	Modificar		Reconstruccion (sismo)	N/A	Sí	Sí	N/A	Incompetencia	"1.- Por medio de la Dirección de Verificación Administrativa, realizar una nueva búsqueda exhaustiva de la información sobre las visitas de verificación administrativas, realizadas en la dirección señalada en la solicitud y referir sobre la existencia de estas, el resultado de dicha búsqueda deberá ser comunicado a la persona recurrente al medio señalado para recibir notificaciones, y
2.- Por medio de su Comité de Transparencia emitir una resolución que confirme la clasificación de la información en su modalidad reservada, y notificar la misma a la persona recurrente al medio señalado para recibir notificaciones."	N/A	2023	Positivo
